RESOLUCIÓN 789 2021 SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO
Síntesis:
SE APRUEBAN MECANISMOS DE IMPLEMENTACIÓN - PROGRAMA IMPULSO A LA INSERCIÓN LABORAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - RESOLUCIÓN N° 170-MDEPGC/21 - POLÍTICAS PÚBLICAS - EMPLEO - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO
Publicación:
09/09/2021
Sanción:
07/09/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO
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VISTO: Las Leyes N° 265, 6.292 (texto consolidado por Ley N°6.347) y 6.393, los
Decretos N° 88- GCABA/01, N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, la Resolución
Nro. 170-GCABA-MDEPGC/21, el EX-2021-26508271-GCABA-DGEMP y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 265 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se establecen las
competencias de la Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, entre las cuales se encuentra la de elaborar políticas tendientes a la
capacitación y recalificación de los trabajadores, como así también programas de
incentivos y promoción de empleo;
Que por el Decreto N° 88-GCABA/01 se instituyó a la entonces Subsecretaría de
Trabajo y Empleo como Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires en los términos de la Ley N° 265;
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción;
Que mediante Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, encontrándose la Subsecretaría de
Trabajo, Industria y Comercio bajo la órbita del citado Ministerio;
Que por el mencionado Decreto, se estableció entre las responsabilidades primarias
de esta esta citadaSubsecretaría la de "Asesorar al Ministro en materia de cuestiones
vinculadas con el trabajo en todas sus formas, en el ejercicio del poder de policía en
materia laboral, y en la determinación de las políticas de empleo y seguridad social"
así como también la de "Entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a
promover la generación de empleo en las empresas de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires";
Que la Ley N° 6.393 creó el Régimen Especial de Prácticas de Formación para el
Empleo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual tiene por
objetivo, mejorar las competencias y destrezas de personas mayores de 18 años, sin
empleo, en situación de vulnerabilidad laboral y/o social a través del desarrollo de
prácticas formativas en ambientes de trabajo, complementarias de procesos de
fortalecimiento y tendientes a mejorar sus condiciones de empleabilidad;
Que, entre otras cosas, establece las condiciones que deben cumplir las entidades
públicas o privadas para ser consideradas entidades formadoras y las especificaciones
que debe tener el proceso formativo que se someta a la aprobación de la Autoridad de
Aplicación, entre el que se encuentra el número de practicantes que incorporará en
relación de dependencia por tiempo indeterminado como consecuencia del proceso
formativo, que en ningún caso podrá ser inferior al 20% del total de participantes del
mismo;
Que por su parte, por Resolución N° 170-GCABA-MDEPGC/21 se creó el "Programa
Impulso a la Inserción Laboral de la Ciudad de Buenos Aires", con el objetivo de
generar políticas públicas tendientes a mejorar las tasas de empleo informal e impulsar
la inserción laboral;
Que el Programa mencionado consistirá en otorgar una asistencia económica dirigida
a solventar de modo parcial y por tiempo determinado, el pago de las remuneraciones
de los trabajadores y trabajadoras, que inicien una relación de trabajo con aquellos
empleadores interesados en adherir al presente programa, con posterioridad a su
creación, bajo los términos y condiciones establecidos en su reglamentación;
Que el beneficio contenido en el Programa alcanza a quienes hayan adquirido el
carácter de entidad formadora en los términos de la Ley N° 6.393, y a aquellas
empresas del sector privado que acrediten, entre otros requisitos que se establecerán
en la reglamentación, no haber efectuado despidos sin causa de su planta de
trabajadores y trabajadoras en los seis (6) meses anteriores a la solicitud de adhesión
al programa, en una cantidad que supere el quince por ciento (15 %) de su nómina,
encontrarse inscripto en el Registro de Empleadores de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que en su artículo 3°, la mencionada Resolución designa como Autoridad de
Aplicación del Programa a esta Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio y la
faculta para el dictado de todos los actos administrativos que resulten necesarios para
la implementación del mencionado programa;
Que por lo expuesto, resulta pertinente la emisión del correspondiente acto
administrativo a los fines de establecer los mecanismos de implementación del referido
"Programa Impulso a la Inserción Laboral de la Ciudad de Buenos Aires".
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas,
Artículo 1°.- Apruébanse los mecanismos de implementación del "Programa Impulso a
la Inserción Laboral de la Ciudad de Buenos Aires" creado por Resolución N° 170-
GCABA-MDEPGC/21 que, como Anexo I (IF-26649317-GCABA- SSTIYC) forma parte
integran de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Empleo y a la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Jarvis