DISPOSICIÓN 656 2024 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Síntesis:

AUTORIZA EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL N° 33 SABE LA TIERRA - DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Publicación:

09/04/2024

Sanción:

04/04/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS


VISTO: las Leyes N° 5.122 y N° 6.684, los Decretos N° 491-GCABA/16, N° 387-

GCABA/23, N°91-GCABA/24 y N°152-GCABA/24, las Disposiciones N° 682-

DGFYME/10, N° 314-DGFYME/16, N° 1007-DGFYME/16, N° 363-DGFER/19 y el

expediente electrónico N° 12929395-GCABA-DGCDPU/24, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de

entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y

diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como entender en

lo relativo al uso del espacio público;

Que, por Decreto N° 387-GCABA/23 y su modificatorio N° 91-GCABA/24, se aprobó la

estructura orgánica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo

dentro de la Órbita del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección

General Permisos y Ferias con responsabilidad primaria para "Planificar, administrar y

supervisar las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial FIAB en coordinación con

las áreas competentes" (..);

Que, por la Ley N° 5.122 se autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto reglamentario N° 491-GCABA/16

estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual continuadora institucional, la

Dirección General de Permisos y Ferias (DGPF), es la autoridad de aplicación de la

citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas complementarias, aclaratorias y

operativas que fueren necesarias para su aplicación;

Que, por Disposición N° 682-DGFYME/10 se aprobaron las características

constructivas de los tráilers para FIAB y por Disposición N° 314-DGFYME/16 se

prohibió la entrega de sobres y bolsas plásticas no biodegradables comúnmente

denominadas "de camiseta" en la comercialización de productos en FIAB;

Que, por Decreto N°152-GCABA/24 se me designó como Directora General a cargo de

la Dirección General Permisos y Ferias;

Que, la Disposición N° 1007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, es prioritario para esta Dirección General, llegar con estas ferias a la mayor

cantidad de vecinos, garantizando productos de calidad y a precios accesibles,

brindando condiciones de higiene y seguridad alimentaria;

Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento

la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N°33 Feria Sabe la Tierra en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Comunicación Oficial N°13004409-GCABA-DGCDPU/24 se informó a

la Junta Comunal N° 4 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de

Abastecimiento Barrial N°33 Feria Sabe la Tierra para el dia Sábado 6 de abril de

2024;

Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 12 hs hasta las 20 hs,

contemplando el armado cuatro horas antes del horario de inicio de la feria y el

desarmado cuatro horas posterior al cierre de la feria;

Que, habiendo verificado la documentación obrante en las presentes actuaciones se

constata el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa del visto,

corresponde dictar el correspondiente acto administrativo que autorice el mentado

emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial N°33 Feria Sabe la

Tierra;

Que, a través del Informe N°12985566-GCABA-DGCDPU/24ha tomado intervención la

Gerencia Operativa Mercados, propiciando el dictado de la presente por encuadrar en

las previsiones de la Ley N° 5.122;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL PERMISOS

Y FERIAS

DISPONE:

Artículo 1°.- Autorizarse el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial de tipo orgánico o especial N°33 Feria Sabe la Tierra conforme detalle obrante

en el Anexo (IF-2024-12997860-GCABA-DGCDPU), que forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones

correspondientes. Cumplido, archívese. Fiore


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1°de la Disposicion 656-DGPF-24 autoriza el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento<br />Barrial de tipo orgánico o especial N°33 Feria Sabe la Tierra creada por Disposicion 363-DGFER-19.</p>