DECRETO 161 2024

Síntesis:

MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGÁNICA - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - MODIFICA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIRECCIÓN GENERAL ARTICULACIÓN PÚBLICO PRIVADA - JEFATURA DE GOBIERNO - ORGANIGRAMA

Publicación:

12/04/2024

Sanción:

11/04/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos Nros. 684/09, 387/23 y sus modificatorios, el

Expediente Electrónico N° 12483790-GCABA-DGTALMDHYHGC/24, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que mediante el Decreto N° 684/09 y modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo el

mismo de aplicación a los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Desarrollo Humano y

Hábitat;

Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General;

Que el artículo 5° del citado Decreto, estableció que los cargos del Régimen Gerencial

existentes a la fecha fijada en el artículo 1°, permanecerán vigentes hasta tanto se

apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o

hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones de

designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del

mencionado Decreto;

Que en función de lo expuesto, atento a razones operativas y a efectos de una mejor

gestión de gobierno, deviene necesario modificar la estructura del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat, como así también el Régimen Gerencial en sus dos

niveles, correspondiente citado Ministerio;

Que en atención a lo indicado, resulta necesario dictar el acto administrativo

pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de abril de 2024, la estructura organizativa del

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

acuerdo a lo establecido en los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-13153370-GCABA-

MDHYHGC) y II (Responsabilidades Primarias y Descripción de Acciones) (IF-2024-

13153593-GCABA-MDHYHGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante

del presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.

Artículo 2°. Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General

Articulación Público Privada de la Subsecretaría Desarrollo del Potencial Humano del

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.

Artículo 3°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat deberá informar, en un plazo de 30 días, a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y

Subgerencias Operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente

Decreto.

Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo

Humano y Hábitat, de Hacienda y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.

Cumplido, archívese. MACRI - Mraida - Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6851- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6851- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 161/24 modifica la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando así al Decreto N° 387/23.</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Articulación Público Privada de la Subsecretaría Desarrollo del Potencial Humano.</p>