DECRETO 164 2024
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS OBJETIVOS Y ACCIONES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - DIRECCIÓN GENERAL COMPRAS Y CONTRATACIONES - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO -DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL PRESUPUESTO Y TESORERÍA - DIRECCIÓN GENERAL RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS
Publicación:
17/04/2024
Sanción:
16/04/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos Nros. 684/09 y sus modificatorios y 387/23 y sus
modificatorios, el Expediente Electrónico N° 14114757-GCABA-DGTALMHF/24, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de
Dirección General;
Que por el Decreto N° 684/09, y sus modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 5° del Decreto N° 387/23 estableció que los cargos del Régimen
Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2023, permanecerán vigentes hasta tanto
se apruebe la estructura orgánico funcional del referido Régimen en cada jurisdicción o
hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones de
designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del
mencionado Decreto;
Que en función a lo establecido, y atento a razones operativas, deviene necesario
aprobar el Régimen Gerencial correspondiente al Ministerio de Hacienda y Finanzas y,
en consecuencia modificar su estructura organizativa;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de abril de 2024, la estructura organizativa del
Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-14357389-GCABA-
MHFGC) y II (Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones) (IF-2024-14357335-
GCABA-MHFGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente
Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.
Artículo 2°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General
Compras y Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa; de
las Direcciones Generales Planificación y Control Operativo y Desarrollo del Servicio
Civil dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos; de las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Tesorería
dependientes de la Subsecretaría de Hacienda y de la Dirección General
Relocalización y Gestión Integral de Edificios del Gobierno dependiente de la
Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles, todas dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Artículo 4°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Hacienda y Finanzas deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de
la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y Subgerencias Operativas, en
virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,
archívese. MACRI - Arengo Piragine - Grindetti