RESOLUCIÓN 147 2024 SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 224-SSGEFYAR -2020- CONSTITUYE LA UNIDAD EJECUTORA DE LA LEY N° 1706 - SE DESIGNAN MIEMBROS INTEGRANTES - LAURA ARONSON - TRINIDAD TORRES - RICARDO JUVIÑO - GISELA ALEJANDRA DIETRICH - DELEGA EN LAURA ARONSON -COORDINACIÓN DE LA UNIDAD EJECUTORA CONSTITUIDA EN EL ARTÍCULO 1° DE LA PRESENTE - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

Publicación:

17/04/2024

Sanción:

05/04/2024

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS


VISTO: Las Leyes Nros. 1.706, su Decreto Reglamentario N° 2016/2007, y 6.684, los

Decretos Nros. 128/20 y 387/23, la Resolución N° 224-GCABA-SSGEFYAR/20 y el

Expediente Electrónico N° EX-2024-13175978- -GCABA-SSGEFYAR y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Educación;

Que mediante el Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

Funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que por Decreto N° 128/20, se introdujeron modificaciones en la estructura

correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Educación en sus dos niveles,

Gerencia y Subgerencia Operativa, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-

operativo y una mayor eficiencia de sus competencias;

Que el Ministerio de Educación tiene dentro de sus competencias la de promover

acciones destinadas a informar sobre aquellas situaciones que ponen en riesgo la

salud y la integridad física de la población escolar, sistematizando la implementación

de prácticas y comportamientos preventivos en la materia;

Que la Ley N° 1.706 establece los lineamientos generales de seguridad en escuelas

de gestión estatal;

Que el artículo 1° de la citada norma estableció que la entonces Secretaría de

Educación, hoy Ministerio de Educación, implementa en los establecimientos

educativos de gestión estatal de todos los niveles y áreas, los lineamientos generales

de seguridad destinados a dotarlos de estrategias de prevención de accidentes,

atención de emergencias, mejoramiento de infraestructura, de equipamiento y la

adopción de sistemas de protección y seguridad escolar en todas sus facetas;

Que el artículo 6° de dicha norma constituye como Unidad Ejecutora a la entonces

Secretaría de Educación, hoy Ministerio de Educación;

Que el artículo 7° determina las funciones de dicha Unidad Ejecutora, entre las que se

encuentran elaborar un mapa de riesgo y diseñar un plan de intervención en los

establecimientos educativos, entre otras;

Que el Decreto Reglamentario N° 2016/2007 establece que la Unidad Ejecutora estará

integrada por a) un/a representante de la Subsecretaría de Coordinación, Recursos y

Acción Comunitaria, o el organismo que en el futuro la reemplace; b) un/a

representante del Programa Mitigación de Riesgos en escuelas y actividades

escolares, o el organismo que en el futuro lo reemplace; c) un/a representante de la

Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento o el organismo

que en el futuro la reemplace y d) un/a representante de la Subsecretaría de

Educación o el organismo que en el futuro la reemplace;

Que, el artículo 2° del citado decreto designa a la Subsecretaría de Coordinación,

Recursos y de Acción Comunitaria del Ministerio de Educación o el organismo que en

el futuro la reemplace, actualmente ésta Subsecretaría de Gestión Económica,

Financiera y Administración de Recursos, como Coordinadora de la Unidad Ejecutora

de la Ley N° 1706;

Que el artículo 8° faculta a la actual Subsecretaría de Gestión Económica, Financiera y

Administración de Recursos a dictar las normas reglamentarias e instrumentales

necesarias para la implementación del propio decreto;

Que corresponde conformar la Unidad Ejecutora designando a los representantes de

las distintas áreas intervinientes conforme lo establece el artículo 1° del Decreto N°

2016/2007, delegando en este mismo acto la Coordinación de la misma que será

ejercida en representación del suscripto;

Que dicha Unidad Ejecutora dictará su propio reglamento y cronograma de reuniones

debiendo cumplir con las funciones asignadas en el artículo 7° de la Ley 1706;

Que la Gerencia Operativa Mitigación de Riesgos en la actualidad resulta ser parte de

la estructura organizativa de Dirección General de Mantenimiento Escolar, por Decreto

N° 128/20, por lo que la representación de la mencionada Dirección es dable que

ejecutada por intermedio de la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos;

Que por Resolución N° RESOL-2020-224-GCABA-SSGEFYAR se conformó la Unidad

Ejecutora antes mencionada;

Que la mencionada Unidad Ejecutora fue conformada oportunamente por personal de

la cartera de este Ministerio y actualmente uno de ellos, Gabriela Belén Kamakian

(DNI 31.877.858), ha dejado de prestar servicios.

Por ello, y en el uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 2016/2007,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA

Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjese sin efecto la Resolución N° RESOL-2020-224-GCABA-

SSGEFYAR.

Artículo 2°.- Constituir la Unidad Ejecutora de la Ley 1706 conforme lo establece el

Decreto N° 2016/2007.-

Artículo 3°.- Designar como miembros integrantes de la Unidad Ejecutora a las

siguientes personas: Laura Aronson (DNI 22.847.937) como representante de esta

Subsecretaría; Trinidad Torres (DNI 24.921.597), como representante de la Gerencia

Operativa de Mitigación de Riesgos y de la Dirección General de Mantenimiento

Escolar; Arq. Ricardo Juviño (DNI 16.492.498), como representante de la Dirección

General de Infraestructura Escolar; y Gisela Alejandra Dietrich (DNI 29.115.144) en

representación de la Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje.

Artículo 4°.-Delegar en Laura Aronson (DNI 22.847.937) la coordinación de la Unidad

Ejecutora constituida en el artículo 1° de la presente en los términos y con el alcance

establecido en el artículo 2° del Decreto N° 2016/2007.

Artículo 5°.- Instruir a la Unidad Ejecutora aquí constituida e integrada a que, de forma

inmediata, proceda a sesionar, dictarse Reglamento y cumplir con las funciones

asignadas en el artículo 3° de la Ley 1706.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, notifíquese a los designados, comuníquese a la Dirección General de

Coordinación Legal e Institucional, a la Unidad Ministro y remítase a la Dirección

General Infraestructura Escolar y a la Dirección General Mantenimiento Escolar.

Cumplido, archívese. Curti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 272-SSGEFYAR/2024 Ratifica a los miembros integrantes de la Unidad Ejecutora de la Resolución N° 147-SSGEFYAR/2024</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 272-SSGEFYAR/2024 rectifica el apellido de la agente GISELA ALEJANDRA DITTRICH que fuera consignado erróneamente en la Resolución N° 147-SSGEFYAR/2024.<br /> </p>
INTEGRA
<p>Artículo 2 de la Resolucion 147-SSGEFYAR-24 constituye la Unidad Ejecutora de la Ley 1706 conforme lo establece el Decreto 2016/2007.</p><p>Artículo 5 instruye a la Unidad Ejecutora aquí constituida e integrada a que, de forma inmediata, proceda a sesionar, dictarse Reglamento y cumplir con las funciones asignadas en el artículo 3° de la Ley 1706.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 147-SSGEFYAR-24 deja sin efecto la Resolución Resolucion 224 -SSGEFYAR.-2020<br /> </p>