RESOLUCIÓN 224 2020 SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 363-SSGEFYAR/17 Y CONSTITUYE LA UNIDAD EJECUTORA DE LA LEY N° 1706 Y DESIGNA MIEMBROS INTEGRANTES

Publicación:

17/04/2024

Sanción:

23/10/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 1706, su Decreto Reglamentario N° 07/2016, Decreto N° 946 /

2005, los Decreto N° 363/2015 y modificatorios, Decreto N° 129/2017 y Decreto N°

92/19, N° 128/20, Expediente N° 21157915/DGIME/2016, Resolución -N° 363-

SSGEFYAR/2017 y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Educación;

Que mediante el Decreto N° 92/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

Funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que por Decreto N° 128/20, se introdujeron modificaciones en la estructura

correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Educación en sus dos niveles,

Gerencia y Subgerencia Operativa, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-

operativo y una mayor eficiencia de sus competencias.

Que el Ministerio de Educación tiene dentro de sus competencias la de promover

acciones destinadas a informar sobre aquellas situaciones que ponen en riesgo la

salud y la integridad física de la población escolar, sistematizando la implementación

de prácticas y comportamientos preventivos en la materia;

Que la Ley N° 1.706, sancionada el día 19 de mayo de 2005 por la Legislatura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por el Decreto N° 946/2005 de fecha

23 de junio de 2005, establece los lineamientos generales de seguridad en escuelas

de gestión estatal;

Que el artículo 1° de la citada norma estableció que la entonces Secretaría de

Educación implementa en los establecimientos educativos de gestión estatal de todos

los niveles y áreas, los lineamientos generales de seguridad destinados a dotar a los

mismos de estrategias de prevención de accidentes, atención de emergencias,

mejoramiento de infraestructura, de equipamiento y la adopción de sistemas de

protección y seguridad escolar en todas sus facetas;

Que el artículo 6° de dicha norma constituye como Unidad Ejecutora de la misma a la

entonces Secretaría de Educación, hoy Ministerio de Educación;

Que el artículo 7° determina las funciones de dicha Unidad Ejecutora, entre las que se

encuentran elaborar un mapa de riesgo y diseñar un plan de intervención en los

establecimientos educativos, entre otras;

Que el Decreto Reglamentario N° 07/2016 establece que la Unidad Ejecutora estará

integrada por: a) un representante de la Subsecretaría de Coordinación, Recursos y

Acción Comunitaria, o el organismo que en el futuro la reemplace; b) un representante

del Programa Mitigación de Riesgos en escuelas y actividades escolares, o el

organismo que en el futuro lo reemplace; c) un representante de la Dirección General

de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento o el organismo que en el futuro la

reemplace y d) un representante de la Subsecretaria de Educación o el organismo que

en el futuro la reemplace;

Que, el artículo 2° del citado Decreto designa a la Subsecretaría de Coordinación,

Recursos y de Acción Comunitaria del Ministerio de Educación o el organismo que en

el futuro la reemplace -actualmente esta Subsecretaria de Gestión Económica,

Financiera y Administración de Recursos-como Coordinadora de la Unidad Ejecutora

de la Ley N° 1706;

Que el artículo 8° faculta a la actual Subsecretaría de Gestión Económica, Financiera y

Administración de Recursos a dictar las normas reglamentarias e instrumentales

necesarias para la implementación del propio Decreto;

Que corresponde conformar la Unidad Ejecutora designando a los representantes de

las distintas áreas intervinientes conforme lo establece el artículo 1° del Decreto

N°07/2016 delegando en este mismo acto la Coordinación de la misma que será

ejercida en representación del suscripto;

Que dicha Unidad Ejecutora dictará su propio reglamento y cronograma de reuniones

debiendo cumplir con las funciones asignadas en el artículo yo de la Ley 1706;

Que la Gerencia Operativa Mitigación de Riesgos en la actualidad resulta ser parte de

la estructura organizativa de Dirección General de Mantenimiento Escolar, por Decreto

N°128/20, por lo que la representación de la mencionada Dirección es dable que

ejecutada por intermedio de la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos;

Que por Resolución N° 363-SSGEFYAR/2017 se conformó la Unidad Ejecutora antes

mencionada;

Que la mencionada Unidad Ejecutora fue conformada oportunamente por personal de

la cartera de este Ministerio y actualmente parte de ellos, esto es la Arq. Laura

Fernanda Aronson (DNI22.847.937) y Silvia Beatriz Rey (DNI 10.717.350), han dejado

de prestar servicios.

Por ello, y en el uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 07/2016;

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA

Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjese sin efecto la Resolución N° N° 363-SSGEFYAR/2017.

Artículo 2°.- Constitúyase la Unidad Ejecutora de la Ley N° 1.706 conforme lo

establece el Decreto N° 07/2016.

Artículo 3°.- Desígnase como miembros integrantes de la Unidad Ejecutora a las

siguientes personas: Gabriela Belén Kamakian (DNI 31.877.858) representante de

esta Subsecretaría, Trinidad Torres (DNI 24.921.597), como representante de la

Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos y la Dirección General de Mantenimiento

Escolar, Arq. Ricardo Juviño (DNI 16.492.498), como representante de la Dirección

General de Infraestructura Escolar y Gisela Alejandra Dietrich (DNI 29.115.144) en

representación de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa.

Artículo 4°.-Delégase en Gariela Belén Kamakian (DNI 31.877.858) la coordinación de

la Unidad Ejecutora constituida en el artículo 1° de la presente en los términos y con el

alcance establecido en el artículo 2° del Decreto N° 07/2016.

Artículo 5°.- Instruir a la Unidad Ejecutora aquí constituida e integrada a que, de forma

inmediata, proceda a sesionar, dictarse Reglamento y cumplir con las funciones

asignadas en el artículo 3° de la Ley N ° 1.706.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, notifíquese a los designados, comuníquese a la Dirección General de

Coordinación Legal e Institucional, a la Unidad Ministro y remítase a la Dirección

General Infraestructura Escolar y a la Dirección General Mantenimiento Escolar.

Cumplido, archívese. Tomaghelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 147-SSGEFYAR-24 deja sin efecto la Resolución Resolucion 224 -SSGEFYAR.-2020<br /> </p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 224-SSGEFYAR-20 deja sin efecto la Resolución 363-SSGEFYAR/2017.</p>