DECRETO 111 2005

Síntesis:

NORMA DEROGADA - MODIFICA MONTOS DE CAJA CHICA - INCREMENTOS DE FONDOS - MODIFICACIÓN DE DECRETOS - DECRETO 42-LCABA-01 - MODIFICACIÓN - AMPLIACIÓN DE MONTO - MONTO MÁXIMO - DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Publicación:

13/06/2005

Sanción:

20/05/2005

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto, el Expediente N° 25.981-SA/05 y los Decretos Nros. 42-VP/01 y 16-VP/04, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 42-VP/01 se establece que con el fondo de caja chica se atenderán los pagos de gastos menores y/o urgentes y las adquisiciones de bienes de consumo que hagan al cumplimiento de las funciones propias de cada dependencia;

Que, mediante el mencionado decreto se autoriza a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y, Obras y Servicios Operativos la inclusión de gastos realizados por la compra de bienes de uso, urgentes, necesarios y razonables para el mantenimiento de un adecuado funcionamiento de la Legislatura;

Que, por Decreto N° 16-VP/04, se fija el monto máximo autorizado a rendir por comprobante para las adquisiciones por el régimen de caja chica a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y Obras y Servicios Operativos;

Que, en el transcurso de este año se han producido incrementos importantes en los precios de los distintos insumos;

Que, las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y Obras y Servicios Operativos presentan Notas Nros. 520-DGCyC/05 y 103-DGOySO/05, solicitando el aumento de los montos de fondo de caja chica asignados y el consiguiente aumento de los montos máximos autorizados a rendir por comprobante;

Que, por lo expuesto, se hace necesario incrementar el monto de fondo de caja chica asignado a la suma de pesos treinta mil ($ 30.000) a la Dirección General de Compras y Contrataciones y de pesos veinte mil ($ 20.000) a la Dirección General de Obras y Servicios Operativos; y asimismo, incrementar el monto autorizado a rendir por comprobante, en todos los casos, a las citadas Direcciones Generales a la suma de pesos un mil ($ 1.000), a fin de atender las demandas de las distintas dependencias con celeridad operativa y garantizar el normal desenvolvimiento de esta Legislatura;

Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Vicepresidencia Primera por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad, y por el artículo 88 del reglamento interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Amplíase el monto de fondo de caja chica asignado a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Anexo II Decreto N° 42-VP/01 a pesos treinta mil ($ 30.000).

Artículo 2° - Modifíquese el monto máximo a rendir por comprobante para las adquisiciones por el régimen fondo de caja chica para la Dirección General de Compras y Contrataciones del Anexo II Decreto N° 42-VP/01, fijándolo en la suma de pesos un mil ($ 1.000) en todos los casos.

Artículo 3° - Elimínase el monto máximo a rendir por comprobante para ceremonial y catering.

Artículo 4° - Amplíase el monto de fondo de caja chica asignado a la Dirección General de Obras y Servicios Operativos del Anexo II Decreto N° 42-VP/01 a pesos veinte mil ($ 20.000).

Artículo 5° - Modifíquese el monto máximo a rendir por comprobante para las adquisiciones por el régimen fondo de caja chica para la Dirección General de Obras y Servicios Operativos del Anexo II Decreto N° 42-VP/01 fijándolo en la suma de pesos un mil ($ 1.000).

Artículo 6° - Regístrese y pase, para su conocimiento y demás efectos, a las Direcciones Generales de Financiero Contable, Compras y Contrataciones y, Obras y Servicios Operativos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 111-LCABA-05 Amplia el monto de fondo de caja chica Dec. 42-LCABA-01
DEROGADA POR
Dec. 327-LCABA-05 Deroga Dec.111-LCABA-05