RESOLUCIÓN 65 2024 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
VIGENCIA ESPECIAL - MODIFICA - ANEXO IV DE LA RESOLUCIÓN N° 5-SGCBA-11 - .- DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N°47-SGCBA- 24 - INCORPORA ARTÍCULO 6° AL ANEXO IV- GRILLA SALARIAL DE LOS AGRUPAMIENTOS - NIVELES SALARIALES - SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA - SINDICATURA GENERAL DE LACIUDAD
Publicación:
22/04/2024
Sanción:
17/04/2024
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70
(BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 47-
SGCBA/24 (BOCBA N° 6.841) y N° 2.926-MHFGC/24 (BOCBA N° 6.841), el
Expediente Electrónico N° 13.235.641-GCABA-GGTALSGCBA/24, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que por Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se fijan los Sistemas de
Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y se establecen la organización y funcionamiento de sus
órganos;
Que por la mencionada Ley, en el artículo 130, inciso 2), se otorga al/a la Síndico/a
General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la
Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de
administración de personal;
Que conforme las atribuciones establecidas en el inciso 8) del artículo citado
anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba
los gastos del Organismo;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprueba el Sistema de Carrera Administrativa
de esta Sindicatura General;
Que en el Anexo IV, Título I, artículos 1°, 2° y 3° de la citada Resolución, y en sus
modificatorios, se establecen los diferentes niveles salariales del Personal de Planta
Permanente de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que por Resolución N° 47-SGCBA/24 se establece, a partir de los días 1° de enero y
1° de febrero de 2024, un incremento salarial remunerativo para el personal de Planta
Permanente de esta Sindicatura General, según lo establecido por Actas Paritarias N°
1/24 y N° 2/24;
Que por Resolución N° 2.926-MHFGC/24 se instrumenta el Acta de Negociación
Colectiva N° 3/24, celebrada en el marco de la Comisión Paritaria Central, entre los
representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato
Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA)
mediante la cual se acuerda, entre otras cosas, establecer un incremento salarial
remunerativo sobre los haberes del mes de diciembre de 2023, para el personal que
revista en la Carrera Administrativa de la Administración Central, según el nuevo
esquema allí detallado;
Que en virtud de lo expuesto, y siguiendo los lineamientos del Gobierno de la Ciudad
deviene necesario establecer una nueva Grilla Salarial, correspondiente a los
diferentes Agrupamientos que prevé el Sistema de Carrera Administrativa de esta
Sindicatura General;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 14.903.772-GCABA-
GGTALSGCBA/24.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 130, incisos 2) y 8) de la
Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588),
Artículo 1°.- Modificar, a partir del día 1° de marzo de 2024, los artículos 1°, 2° y 3° del
Anexo IV de la Resolución N° 5-SGCBA/11, los cuales quedarán redactados conforme
se detalla en el Anexo, N° IF 14.966.781-GCABA-GGTALSGCBA/24, que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto, a partir del día 1° de marzo de 2024, la Resolución N°
47-SGCBA/24.
Artículo 3°.- Incorporar como Artículo 6° al Anexo IV de la Resolución N° 5-SGCBA/11
el siguiente: "Artículo 6°.- La grilla salarial de los agrupamientos que componen los
niveles salariales del sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la
Ciudad se adecuarán, conforme los aumentos que en el futuro se dispongan para el
personal de Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de acuerdo a los convenios celebrados en el Marco de la Comisión Paritaria
Central".
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda