DECRETO 177 2024

Síntesis:

MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y OBJETIVOS - VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2024 - GERENCIAL - GERENCIAS - SUBGERENCIAS

Publicación:

23/04/2024

Sanción:

22/04/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos Nros. 684/09, 387/23 y sus modificatorios, el

Expediente Electrónico N° 14980462-GCABA-SECCO/24, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que mediante el Decreto N° 684/09 y modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo el

mismo de aplicación a los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre las Secretarias del Poder Ejecutivo, a

la Secretaría de Comunicación;

Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel

Dirección General;

Que el artículo 5° del citado Decreto, estableció que los cargos del Régimen Gerencial

existentes a la fecha fijada en el artículo 1°, permanecerán vigentes hasta tanto se

apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o

hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones de

designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del

mencionado Decreto;

Que en función de lo expuesto, atento a razones operativas y a efectos de una mejor

gestión de gobierno, deviene necesario modificar la estructura de la Secretaría de

Comunicación, como así también el Régimen Gerencial en sus dos niveles, Gerencias

y Subgerencias Operativas, correspondiente a la citada Secretaría;

Que en atención a lo indicado, resulta necesario dictar el acto administrativo

pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de abril de 2024, la estructura organizativa de la

Secretaría de Comunicación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-14981687-GCABA-SECCO) y II

(Responsabilidades primarias y Objetivos) (IF-2024-14982989-GCABA-SECCO), los

que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto, quedando

parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.

Artículo 2°.- Modificar denominación de la Subsecretaría de Festivales y Eventos de la

Secretaría de Comunicación, que pasará a denominarse Subsecretaría de

Posicionamiento y Gestión de Eventos dependiente de la Secretaría de Comunicación.

Artículo 3°.- Modificar la denominación de la Dirección General Coordinación de

Eventos Masivos, que pasará a denominarse Dirección General Coordinación de

Eventos y Transformación Territorial dependiente de la Subsecretaría Posicionamiento

y Gestión de Eventos de la Secretaría de Comunicación.

Artículo 4°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General

Planificación y Vinculación Estratégica de Eventos dependiente de la Subsecretaría de

Posicionamiento y Gestión de Eventos de la Secretaría de Comunicación.

Artículo 5°.- La Dirección General Técnica y Administrativa dependiente de Secretaría

Legal y Técnica deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de

la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y Subgerencias Operativas, en

virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese.

MACRI - Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6858 - Organigrama

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6858 - Responsabilidades primarias y Objetivos

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 177/24 modifica la estructura organizativa de la Secretaría de Comunicación  quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.</p><p>Artículo 2 modifica la denominación de la Subsecretaría de Festivales y Eventos de la Secretaría de Comunicación, que pasará a denominarse Subsecretaría de Posicionamiento y Gestión de Eventos dependiente de la Secretaría de Comunicación.</p><p>Artículo 3 modifica la denominación de la Dirección General Coordinación de Eventos Masivos, que pasará a denominarse Dirección General Coordinación de Eventos y Transformación Territorial dependiente de la Subsecretaría Posicionamiento y Gestión de Eventos de la Secretaría de Comunicación.</p><p>Artículo 4 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Vinculación Estratégica de Eventos dependiente de la Subsecretaría de Posicionamiento y Gestión de Eventos de la Secretaría de Comunicación.</p>