DISPOSICIÓN 1 2024 DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Síntesis:
MODIFICA - ARTÍCULO 3° DE LA DISPOSICIÓN 2-DGSOCAI/19 - APRUEBA MANUAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - GESTIÓN DE DOCUMENTOS - PROVENIENTES DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - TAREAS DE AUDITORÍA - DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
Publicación:
25/04/2024
Sanción:
23/04/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Estado:
No vigente
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 70,
N° 325 y N° 6684 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 163/24, las
Disposiciones Nros. 2-DGSOCAI/19 y N°41-MGEYA/21 y modificatorias, la Disposición
Conjunta N° 1-MGEYA-DGSOCAI/23, el Expediente Electrónico N° 15461403-GCABA-
DGSOCAI/24; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo N° 135 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
consagra a la Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente
del Poder Legislativo, como órgano personería jurídica, legitimación de proceso y
autonomía funcional y financiera, entre otros caracteres;
Que la Ley N° 70 regula el sistema interno y externo de gestión, administración
financiera y control del sector público de la Ciudad y la organización y funcionamiento
de sus órganos;
Que, por su parte, la Ley N° 325 aprueba las normas que forman parte de la Auditoría
General de la Ciudad y regula, entre otros aspectos, la estructura orgánica y
distribución de funciones de la Auditoría General, al igual que las normas
complementarias;
Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a la Secretaría Legal y Técnica como parte del
Poder Ejecutivo;
Que por su parte el Decreto N° 163/24 aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose dentro de la órbita de la Secretaría Legal y Técnica a la Dirección
General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo (MGEYA) y a la Dirección General
Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información (DGSOCAI),
dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos; entre otros;
Que la MGEYA tiene entre sus responsabilidades primarias las de organizar y
supervisar la Mesa de Entradas, Salidas y Archivos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; organizar la recepción, giro y seguimiento de las
actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
entre otros;
Que, por su parte, esta Dirección General posee entre sus responsabilidades primarias
las de coordinar las relaciones con los organismos de control locales en materia de
requerimientos de información, documentación y colaboración; administrar el sistema
de recepción y tramitación de requerimientos provenientes de los organismos de
control locales; y proyectar e implementar un adecuado circuito de derivación de los
informes producidos por los organismos de control, entre otros;
Que mediante la Disposición N° 41-MGEYA/21 se estableció la recepción de
presentaciones extrajecutivas y demás actuaciones administrativas provenientes de la
Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otros órganos de
contralor mediante la Subgerencia Operativa de Despacho y/o mediante los restantes
canales electrónicos que sean empleados en dicho sector;
Que posteriormente se aprobó, mediante la Disposición Conjunta N° 1-MGEYA-
DGSOCAI/23, el procedimiento para el ingreso, derivación y tramitación de los
documentos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en el marco de las tareas de auditoría;
Que la formulación de reglamentos y/o manuales de procedimiento permite mejorar el
desarrollo de las tareas encomendadas a cada órgano, en tanto otorga a los equipos
técnicos y administrativos un marco normativo que les brinde seguridad y previsibilidad
a sus labores diarias, estableciendo líneas de trabajo claras que permitan anticiparse a
posibles desvíos y delinear alternativas viables en caso de ser necesario,
contribuyendo de esta manera a una adecuada gestión de la Administración Pública;
Que por la Disposición N° 2-DGSOCAI/19 se aprobaron los Manuales de
Procedimiento para los tramites que se llevan a cabo en la repartición, incluyendo en
su artículo 2° el Manual de Procedimiento Administrativo Gestión de Requerimientos
provenientes de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y el Ente
Regulador de Servicios Públicos con la finalidad de establecer esquemas
organizativos y operativos que faciliten la tramitación de los requerimientos de
organismos de control;
Que, con el objeto simplificar el procedimiento y la interacción entre las distintas áreas
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco del procedimiento
administrativo y, atento a las modificaciones y/o actualizaciones normativas
mencionadas precedentemente, esta Dirección General considera necesario adaptar
el referido Manual de Procedimiento Administrativo;
Que, en razón de lo expuesto, resulta oportuno dictar el acto administrativo por el que
se modifique el artículo 3° de la Disposición N° 2-DGSOCAI/19, a efectos de actualizar
el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de Requerimientos de la
Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ente Regulador de
Servicios Públicos;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 163/24,
Artículo 1°.- Modificar el artículo 3° de la Disposición N° 2-DGSOCAI/19, el que queda
redactado de la siguiente forma: "Aprobar el Manual de Procedimiento Administrativo -
Gestión de documentos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires en el marco de las tareas de auditoría" que como Anexo III (IF-2024-
15542445-GCABA-DGSOCAI) forma parte integrante de la presente Disposición".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Direcciones
Generales y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.
Ortíz