DISPOSICIÓN 1 2024 DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Síntesis:

MODIFICA - ARTÍCULO 3° DE LA DISPOSICIÓN 2-DGSOCAI/19 - APRUEBA MANUAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - GESTIÓN DE DOCUMENTOS - PROVENIENTES DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES -  TAREAS DE AUDITORÍA - DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

Publicación:

25/04/2024

Sanción:

23/04/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Estado:

No vigente


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 70,

N° 325 y N° 6684 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 163/24, las

Disposiciones Nros. 2-DGSOCAI/19 y N°41-MGEYA/21 y modificatorias, la Disposición

Conjunta N° 1-MGEYA-DGSOCAI/23, el Expediente Electrónico N° 15461403-GCABA-

DGSOCAI/24; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo N° 135 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

consagra a la Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente

del Poder Legislativo, como órgano personería jurídica, legitimación de proceso y

autonomía funcional y financiera, entre otros caracteres;

Que la Ley N° 70 regula el sistema interno y externo de gestión, administración

financiera y control del sector público de la Ciudad y la organización y funcionamiento

de sus órganos;

Que, por su parte, la Ley N° 325 aprueba las normas que forman parte de la Auditoría

General de la Ciudad y regula, entre otros aspectos, la estructura orgánica y

distribución de funciones de la Auditoría General, al igual que las normas

complementarias;

Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a la Secretaría Legal y Técnica como parte del

Poder Ejecutivo;

Que por su parte el Decreto N° 163/24 aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose dentro de la órbita de la Secretaría Legal y Técnica a la Dirección

General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo (MGEYA) y a la Dirección General

Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información (DGSOCAI),

dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos; entre otros;

Que la MGEYA tiene entre sus responsabilidades primarias las de organizar y

supervisar la Mesa de Entradas, Salidas y Archivos del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires; organizar la recepción, giro y seguimiento de las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

entre otros;

Que, por su parte, esta Dirección General posee entre sus responsabilidades primarias

las de coordinar las relaciones con los organismos de control locales en materia de

requerimientos de información, documentación y colaboración; administrar el sistema

de recepción y tramitación de requerimientos provenientes de los organismos de

control locales; y proyectar e implementar un adecuado circuito de derivación de los

informes producidos por los organismos de control, entre otros;

Que mediante la Disposición N° 41-MGEYA/21 se estableció la recepción de

presentaciones extrajecutivas y demás actuaciones administrativas provenientes de la

Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otros órganos de

contralor mediante la Subgerencia Operativa de Despacho y/o mediante los restantes

canales electrónicos que sean empleados en dicho sector;

Que posteriormente se aprobó, mediante la Disposición Conjunta N° 1-MGEYA-

DGSOCAI/23, el procedimiento para el ingreso, derivación y tramitación de los

documentos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires en el marco de las tareas de auditoría;

Que la formulación de reglamentos y/o manuales de procedimiento permite mejorar el

desarrollo de las tareas encomendadas a cada órgano, en tanto otorga a los equipos

técnicos y administrativos un marco normativo que les brinde seguridad y previsibilidad

a sus labores diarias, estableciendo líneas de trabajo claras que permitan anticiparse a

posibles desvíos y delinear alternativas viables en caso de ser necesario,

contribuyendo de esta manera a una adecuada gestión de la Administración Pública;

Que por la Disposición N° 2-DGSOCAI/19 se aprobaron los Manuales de

Procedimiento para los tramites que se llevan a cabo en la repartición, incluyendo en

su artículo 2° el Manual de Procedimiento Administrativo Gestión de Requerimientos

provenientes de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y el Ente

Regulador de Servicios Públicos con la finalidad de establecer esquemas

organizativos y operativos que faciliten la tramitación de los requerimientos de

organismos de control;

Que, con el objeto simplificar el procedimiento y la interacción entre las distintas áreas

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco del procedimiento

administrativo y, atento a las modificaciones y/o actualizaciones normativas

mencionadas precedentemente, esta Dirección General considera necesario adaptar

el referido Manual de Procedimiento Administrativo;

Que, en razón de lo expuesto, resulta oportuno dictar el acto administrativo por el que

se modifique el artículo 3° de la Disposición N° 2-DGSOCAI/19, a efectos de actualizar

el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de Requerimientos de la

Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ente Regulador de

Servicios Públicos;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 163/24,

LA DIRECTORA GENERAL

SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 3° de la Disposición N° 2-DGSOCAI/19, el que queda

redactado de la siguiente forma: "Aprobar el Manual de Procedimiento Administrativo -

Gestión de documentos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en el marco de las tareas de auditoría" que como Anexo III (IF-2024-

15542445-GCABA-DGSOCAI) forma parte integrante de la presente Disposición".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Direcciones

Generales y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura

General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Procuración General de la

Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.

Ortíz


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 1-DGSOCAI-24 modifica el artículo 3° de la Disposición 2-DGSOCAI/19.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 8-DGSOCAI/25 deroga Disposición N° 2-DGSOCAI/19, la cual ha sido modificada por la Disposición N° 1-DGSOCAI/24.</p>