DISPOSICIÓN 2 2019 DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Síntesis:

APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - GESTIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA - GESTIÓN DE REQUERIMIENTOS DE DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - GESTIÓN DE REQUERIMIENTOS DE AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN - MINISTERIO DE GOBIERNO - PEDIDO DE INFORMACIÓN

Publicación:

31/01/2019

Sanción:

29/01/2019

Organismo:

DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA


VISTO:

Las Leyes N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°

5.960 y N° 104 (texto consolidado Ley N°5784), los Decretos Nros. 363/15 y

modificatorios y N°260/17, el Expediente Electrónico N° 04439134-MGEYA-

DGSOCAI/2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°

5.960 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de

Gobierno;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, fue aprobada la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno a la Dirección General

Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información dependiente de la

Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos;

Que en ese sentido, la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y

Acceso a la Información, tiene entre sus responsabilidades primarias coordinar las

relaciones con los Organismos de Control en materia de requerimientos de

información, documentación y colaboración; administrar el sistema de recepción y

tramitación de requerimientos provenientes de los Organismos de Control y solicitudes

de Acceso a la Información Pública; así como también proyectar e implementar un

adecuado circuito de derivación de los informes producidos por los organismos de

control;

Que el artículo 22 del Decreto N° 260/17, reglamentario de la Ley N° 104, designó a la

Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información

como Autoridad de Aplicación del Poder Ejecutivo de la Ley N° 104 y sus normas

complementarias;

Que asimismo compete a la Autoridad de Aplicación de la ley de Acceso a la

Información Pública velar por la correcta implementación de las obligaciones

establecidas en la Ley N° 104 (texto consolidado por Ley N° 6.017), y sus normas

reglamentarias;

Que, a tal fin se han elaborado Manuales de Procedimiento Administrativo que

instrumentan esquemas organizativos y operativos en pos de facilitar la tramitación de

los requerimientos provenientes de los organismos de control y de las solicitudes de

acceso a la información pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que los referidos Manuales de Procedimiento Administrativo establecen de manera

clara y didáctica los procesos para una rápida y efectiva tramitación de las solicitudes

y requerimientos que ingresen a la Dirección General;

Que por lo expuesto, resulta necesario aprobar los Manuales de Procedimiento para la

Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública, de Gestión de

Requerimientos de Defensoría del Pueblo y de Gestión de Requerimientos de

Auditoría General y Ente Regulador de Servicios Públicos, todos ellos dentro del

ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decreto N° 363/15 y

modificatorios y N° 260/17,

LA DIRECTORA GENERAL

SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébese el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de

Solicitudes de Acceso a la Información Pública como Anexo l (IF-2019-04485941-

DGSOCAI) que forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Apruébese el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de

Requerimientos de Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

como Anexo lI (IF-2019-04486165-DGSOCAI) que forma parte integrante de la

presente Disposición.

Artículo 3°.- Apruébese el Manual de Procedimiento Administrativo -Gestión de

Requerimientos de Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y Ente Regulador

de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires como Anexo lII (IF-2019-

04486346-DGSOCAI) que forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos

dependiente del Ministerio de Gobierno para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archívese. Díaz Ortiz


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5549

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposicion 1-DGSOCAI-24 modifica el artículo 3° de la Disposición 2-DGSOCAI/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 6-DGSOCAI/23 modifica el artículo 2° de la Disposición N° 2-DGSOCAI/19</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 2-DGSOCAI-19 aprueba el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública, reglamentado por el Decreto 260-17.</p><p>Art. 2 aprueba el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de Requerimientos de Defensoría del Pueblo.</p><p>Art. 3 aprueba el Manual de Procedimiento Administrativo -Gestión de Requerimientos de Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y Ente Regulador de Servicios Públicos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1/DGSOCAI/23 modifica el artículo 1° de la Disposición N° 2-DGSOCAI/19.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 2-DGSOCAI-19 aprueba el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública, reglamentado por el Decreto 260-17.</p><p>Art. 2 aprueba el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de Requerimientos de Defensoría del Pueblo.</p><p>Art. 3 aprueba el Manual de Procedimiento Administrativo -Gestión de Requerimientos de Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y Ente Regulador de Servicios Públicos.</p>