DISPOSICIÓN 2 2019 DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Síntesis:
APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - GESTIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA - GESTIÓN DE REQUERIMIENTOS DE DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - GESTIÓN DE REQUERIMIENTOS DE AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN - MINISTERIO DE GOBIERNO - PEDIDO DE INFORMACIÓN
Publicación:
31/01/2019
Sanción:
29/01/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Estado:
No vigente
VISTO:
Las Leyes N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°
5.960 y N° 104 (texto consolidado Ley N°5784), los Decretos Nros. 363/15 y
modificatorios y N°260/17, el Expediente Electrónico N° 04439134-MGEYA-
DGSOCAI/2019, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°
5.960 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de
Gobierno;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, fue aprobada la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno a la Dirección General
Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información dependiente de la
Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos;
Que en ese sentido, la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y
Acceso a la Información, tiene entre sus responsabilidades primarias coordinar las
relaciones con los Organismos de Control en materia de requerimientos de
información, documentación y colaboración; administrar el sistema de recepción y
tramitación de requerimientos provenientes de los Organismos de Control y solicitudes
de Acceso a la Información Pública; así como también proyectar e implementar un
adecuado circuito de derivación de los informes producidos por los organismos de
control;
Que el artículo 22 del Decreto N° 260/17, reglamentario de la Ley N° 104, designó a la
Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información
como Autoridad de Aplicación del Poder Ejecutivo de la Ley N° 104 y sus normas
complementarias;
Que asimismo compete a la Autoridad de Aplicación de la ley de Acceso a la
Información Pública velar por la correcta implementación de las obligaciones
establecidas en la Ley N° 104 (texto consolidado por Ley N° 6.017), y sus normas
reglamentarias;
Que, a tal fin se han elaborado Manuales de Procedimiento Administrativo que
instrumentan esquemas organizativos y operativos en pos de facilitar la tramitación de
los requerimientos provenientes de los organismos de control y de las solicitudes de
acceso a la información pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que los referidos Manuales de Procedimiento Administrativo establecen de manera
clara y didáctica los procesos para una rápida y efectiva tramitación de las solicitudes
y requerimientos que ingresen a la Dirección General;
Que por lo expuesto, resulta necesario aprobar los Manuales de Procedimiento para la
Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública, de Gestión de
Requerimientos de Defensoría del Pueblo y de Gestión de Requerimientos de
Auditoría General y Ente Regulador de Servicios Públicos, todos ellos dentro del
ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decreto N° 363/15 y
modificatorios y N° 260/17,
Artículo 1°.- Apruébese el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de
Solicitudes de Acceso a la Información Pública como Anexo l (IF-2019-04485941-
DGSOCAI) que forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Apruébese el Manual de Procedimiento Administrativo - Gestión de
Requerimientos de Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
como Anexo lI (IF-2019-04486165-DGSOCAI) que forma parte integrante de la
presente Disposición.
Artículo 3°.- Apruébese el Manual de Procedimiento Administrativo -Gestión de
Requerimientos de Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y Ente Regulador
de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires como Anexo lII (IF-2019-
04486346-DGSOCAI) que forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos
dependiente del Ministerio de Gobierno para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, archívese. Díaz Ortiz