RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 379 2024 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO - COBRO - HABERES PENDIENTES DE COBRO - FALLECIMIENTO - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - TRANSITORIA - GABINETE - DIRECTORES - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Publicación:

25/04/2024

Sanción:

06/03/2024

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS


VISTO: El artículo 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la

Ley N°210, la Ley N°471, el Decreto N°6865/79, el Decreto N°32/2004, la Resolución

84/EURSPCABA/2003 y sus modificatorias, la Resolución N° 132/EURSP/2011, su

modificatoria la Resolución N° 200/EURSP/2013, el Acta de Directorio N° 859 del 6 de

marzo de 2024, el Expediente N° EX-2024-00022983-GA-EURSPCABA, y

CONSIDERANDO:

Que, corresponde establecer el procedimiento, documentos a suministrar y circuito

administrativo a seguir en los casos de haberes pendientes de cobro por fallecimiento

del personal de Planta Permanente, Transitoria, Gabinete y Directores del Ente Único

Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el pago de los haberes pendientes de cobro por fallecimiento ha presentado

diversas situaciones que ameritan mayores aclaraciones;

Que, actualmente no existe un orden de prelación de los llamados a su cobro y por lo

tanto resulta necesario atender tales cometidos;

Que, en consecuencia, resulta necesario el dictado de un acto administrativo con el

objeto de clarificar las mencionadas situaciones;

Que, en este orden de ideas, en caso de fallecimiento de un agente del Organismo,

sus derechohabientes percibirán las sumas que pudieran corresponder en concepto de

remuneración devengada por el mencionado, conforme el orden de prelación que se

establece en el presente;

Que, al respecto, se han tenido en cuenta, como antecedentes, el Decreto N° 6.865/79

y el Decreto N° 32/2004;

Que, con el objeto de asegurar y acelerar el ejercicio de los derechos, se considera

oportuno prever la notificación a los derechohabientes a efectos de percibir el importe

de la liquidación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se dispondrá la

caducidad y archivo del trámite;

Que, atento al carácter alimentario de dichas sumas y a los efectos de dotar de

celeridad y eficacia el trámite para el cobro de los haberes pendientes por

fallecimiento, dando cumplimiento a los principios de Derecho Administrativo en

beneficio de los administrados, resulta necesario concretar el dictado de la presente

Resolución;

Que, la Unidad Legal y Técnica tomado la intervención de su competencia;

Por ello,

EL DIRECTORIO

DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el procedimiento para los haberes pendientes de cobro por

fallecimiento del personal de Planta Permanente, Transitoria, Gabinete y Directores del

Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, que como Anexo I integra el presente.

Artículo 2°.- Aprobar los formularios de Haberes pendientes de cobro por fallecimiento,

Solicitud de Derechohabiente y Acta de Fianza, que como Anexos II y III

respectivamente integran el presente.

Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. Fait - Grippo -

Liaño - Michielotto - Pafundi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6860

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Articulo 1 de la Resolución de Directorio N° 379/ERSP/24 aprueba  el procedimiento para los haberes pendientes de cobro por fallecimiento del personal de Planta Permanente, Transitoria, Gabinete y Directores del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y complementa lo dispuesto por el Decreto N° 6865/79.</p>