RESOLUCIÓN 3856 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
ESTABLECE - VALOR DE LA UNIDAD RETRIBUTIVA - REMUNERACION - AUTORIDADES SUPERIORES - RÉGIMEN MODULAR - PLANTAS DE GABINETE
Publicación:
29/04/2024
Sanción:
24/04/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, las Resoluciones Nros.
4.046/MHFGC/20 y 2.928/MHFGC/24, el Expediente Electrónico N° 15090175-
GCABA-DGDSCIV-2024 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 18, inciso 6 de la mencionada Ley contempla entre los objetivos del
Ministerio de Hacienda y Finanzas el de diseñar, implementar y supervisar la
aplicación de la política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánica funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 2.928/MHFGC/24, se estableció la readecuación del valor de la
unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al
Régimen Modular de Plantas de Gabinete, con los mismos parámetros que los
establecidos en la Resolución N° 4.046/MHFGC/20;
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la
readecuación producida sobre las remuneraciones brutas correspondientes al
Régimen Gerencial en sus dos niveles, Gerente y Subgerente Operativo, corresponde
adecuar el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades
Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 18, inciso 6 de la Ley N°
6.684,
Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de abril de 2024, en Pesos doscientos ochenta y
nueve con 0637/10000 ($ 289,0637), el valor de la unidad retributiva aplicable a las
remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de
Gabinete.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Administración y Liquidación de
Haberes, Desarrollo del Servicio Civil y Relaciones Laborales, Legales y Asuntos
Previsionales del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Arengo
Piragine