DECRETO 189 2024
Síntesis:
DESESTIMA - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO - ANDREA CELESTE MIRANDA - DECRETO 196-23 - CONFIRMAR - MEDIDA ADOPTADA - CESANTÍA DE AGENTE
Publicación:
30/04/2024
Sanción:
29/04/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97
(textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 196/23, el Expediente
Electrónico N° 33031815-GCABA-DGEGE/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 196/23, se resolvió sancionar con cesantía a la agente
Andrea Celeste Miranda (DNI N° 33.204.325 - FC N° 463.140) por ser hallada
responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo N° 6/22, y con ello
transgredir los deberes establecidos en el artículo 6, inciso c) de la Ordenanza N°
40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria por Ley N° 6.544,
quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo 36, inciso
f), de la citada Ordenanza;
Que notificada que fuera de tal extremo, con fecha 27 de julio del 2023, la agente en
cuestión presentó recurso de reconsideración en los términos del artículo 50 de la
Ordenanza N° 40.593 y modificatoria Ley N° 6.544, el cual resultó formalmente
procedente por haber sido interpuesto en tiempo y forma;
Que, remitidas las actuaciones para ser sometidas a consideración de la Dirección
General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, la
misma mediante Dictamen Jurídico identificado como N° IF-2024-01739405-GCABA-
DGSUM, indicó que la quejosa no ha refutado, de manera seria y suficiente, las
precisas conclusiones de hecho y de derecho que fundamentan el resolutorio;
tampoco ha brindado una exposición suficiente de circunstancias jurídicas por las
cuales entiende erróneo el pronunciamiento impugnado;
Que por ello, dicho Órgano Jurídico Asesor, aconsejó desestimar el recurso
interpuesto por la agente en cuestión por resultar el acto administrativo objeto de
cuestionamiento ajustado a derecho en su aspecto sustancial y adjetivo, poniendo de
manifiesto, además, que la sanción impuesta resulta razonable a la luz de los
antecedentes que la forman;
Que la Junta de Disciplina y la Dirección General Coordinación Legal e Institucional,
ambas dependientes del Ministerio de Educación, han tomado las intervenciones
atento su competencia;
Que a tenor de lo expuesto, lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires y la valoración efectuada sobre las constancias obrantes en autos,
corresponde desestimar el recurso interpuesto.
Que por lo dicho, resulta necesario el dictado del acto administrativo.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por la señora
Andrea Celeste Miranda (DNI N° 33.204.325 - FC N° 463.140) contra el Decreto N°
196/23, y confirmar en todos sus términos la medida adoptada.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, Notifíquese
a la agente Andrea Celeste Miranda (DNI N° 33.204.325 - FC N° 463.140) en los
términos del artículo 63 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto
consolidado por Ley N° 6.588) con copia del Dictamen Jurídico IF-2024-01739405-
GCABA-DGSUM, haciéndole saber que con el dictado de la presente queda agotada
la instancia administrativa. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General
de Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación, y a la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás
efectos comuníquese a la Dirección General de Sumarios. Cumplido, archívese.
MACRI - Miguel - Grindetti