DISPOSICIÓN 70 2024 DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION
Síntesis:
LLAMA A CONCURSO DE PROYECTOS INSTITUCIONALES - PROGRAMA REDES POR LA INCLUSIÓN - LINEAMIENTO DE INTERVENCIÓN - ACOMPAÑAMIENTO Y SEGUIMIENTO - ENTRE LOS DÍAS 02 DE MAYO DEL 2024 AL 10 DE MAYO DEL 2024 - MEDIANTE EL MÓDULO TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TAD - FIJA PLAZO MÁXIMO DE CINCO (5) MESES DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS INSTITUCIONALES A PRESENTAR
Publicación:
30/04/2024
Sanción:
22/04/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION
VISTO: Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023, el Decreto N° 31/GCABA/AJG/2024,
Decreto N° 429/13, la Resolución N° 395- MDHYHGC/22, la Resolución N° 184
SECISYAI/22 y la Disposición N° 1-GCABA-DGAYR/2024 y,
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General de Autonomía y Revinculación,
dentro de la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat estableciendo entre sus responsabilidades primarias la
de "Planificar, implementar y monitorear programas de asistencia, apoyo económico,
derivación y orientación a familias y personas en situación de vulnerabilidad,
residentes en el ámbito de la ciudad autónoma de buenos aires, Implementar un
esquema integral de seguimiento de las familias beneficiarias de los programas
sociales e implementar acciones para promover la efectiva reinserción de la persona a
través del deporte, mentorías, capacitaciones y actividades culturales de inclusión, en
coordinación con las áreas competentes, Generar y fortalecer redes comunitarias de
contención y promoción social en pos de reintegrar a la persona y familia al tejido
social, Diseñar nuevas estrategias de inclusión social y proponer políticas públicas
basadas en la evidencia de datos...", entre otras;
Que, por Decreto N° 31/GCABA/AJG/2024 se designó a la Licenciada María Rosario
Angelillo a partir del 10 de diciembre del 2023 como Directora General de la Dirección
General de Autonomía y Revinculación;
Que, en el artículo 2 del Decreto N° 429/13, se implementó el módulo "Tramitación a
Distancia" TAD-, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-,
como un medio de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos,
notificaciones y comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de
Tramitación a Distancia;
Que, por la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 se creó el Programa de gestión "Redes
por la Inclusión", en la órbita de la Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social o
la unidad de gestión que en sus funciones y misiones la reemplace, dependiente de la
Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata aprobándose los Lineamientos
Generales del Programa detallados en el IF-2022-24968005-GCABA-DGDEIS, el texto
modelo de Convenio de colaboración y gestión asociada a celebrarse con
Organizaciones de la Sociedad Civil (IF-2022-24968301-GCABA-DGDEIS), el texto
modelo de Proyecto Institucional (IF-2022-24968618-GCABA-DGDEIS) y el texto
modelo de Nota y Declaración Jurada (IF-2022-24968840-GCABA-DGDEIS), todo ello
en el marco del Programa y que como Anexos I, II, III y IV, respectivamente forman
parte de la mencionada Resolución;
Que, la unidad de gestión que reemplaza las funciones y misiones de la mencionada
Dirección es la Dirección General de Autonomía y Revinculación, como así también la
mencionada Secretaria es actualmente la Subsecretaria de Inclusión Social y Atención
Inmediata;
Que, de conformidad con sus Lineamientos Generales (Anexo I - IF-2022-24968005-
GCABA-DGDEIS), el Programa "Redes por la inclusión" brinda asistencia a través de
la ejecución de acciones formativas, acompañamiento, contención, seguimiento y
promoción social tendientes a la inclusión sociocultural y económica que permita
fortalecer el proyecto de vida de personas y familias en situación de vulnerabilidad
social y su reinserción al tejido social, ello así desarrollando e implementando la
Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social acciones directas, en coordinación
con áreas competentes y/o en gestión asociada con Organizaciones de la Sociedad
Civil que mantengan igual criterio de protección integral de derechos sociales de las
personas en situación de vulnerabilidad social, de conformidad con lo establecido por
las Leyes N° 3.706 y 4.036 y de acuerdo a los principios establecidos en los artículos
17 y 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás requisitos
establecidos por los Lineamientos;
Que, asimismo, por artículo 3° de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 la titular del
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat faculta a la Secretaría de Inclusión Social y
Atención Inmediata a suscribir los convenios a celebrarse con las Organizaciones de la
Sociedad Civil conforme los Anexos aprobados en el artículo 2°, a dictar las normas
reglamentarias, complementarias, aclaratorias, operativas e interpretativas, como así
también a aprobar todo otro instrumento que requiera la implementación del Programa
de gestión "Redes por la Inclusión";
Que, en virtud de ello, por Resolución N° 184-SECISYAI/22 la Secretaría de Inclusión
Social y Atención Inmediata encomendó a la Dirección General de Desarrollo e
inclusión Social, por un lado, los llamados a las convocatorias de proyectos, la
creación y designación de los integrantes de la Comisión Evaluadora y la selección de
los proyectos más convenientes en el marco de los Lineamientos Generales del
Programa "Redes por la inclusión" y, por el otro, su publicación en el sitio web del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, estableciendo un tiempo
prudencial entre el llamado y la presentación de los proyectos, el cual no podrá ser
menor a un (1) día de publicación con tres (3) de anticipación;
Que, por Disposición N°1-GCABA-DGAYR/2024 se designó a los miembros de la
Comisión Evaluadora y se habilito el correo electrónico oficial
redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas de
conformidad con la normativa del Programa;
Que, se entiende oportuno disponer el llamado al Concurso de Proyectos
Institucionales del Programa Redes por la InclusiónLineamiento de intervención:
"Acompañamiento y Seguimiento" (ap.7.3 del Anexo de la Resol-N°395-
MDHYHGC/22) estableciéndose que la presentación de los proyectos institucionales
deberá efectuarse entre los días 02 de Mayo del 2024 al 10 de Mayo del 2024
inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la Resolución N° 395-
MDHYHGC/22;
Que, la Subsecretaria de Inclusión Social y Atención Inmediata ha tomado
conocimiento y prestado conformidad con lo actuado y corresponde dictar el acto
administrativo pertinente;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Llamase a Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes por
la Inclusión Lineamiento de intervención: "Acompañamiento y Seguimiento" (ap.7.3
del Anexo de la Resol-N°395-MDHYHGC/22) estableciéndose que la presentación de
los proyectos institucionales, conjuntamente con la documentación pertinente, por
parte de las Organizaciones, deberá efectuarse entre los días 02 de Mayo del 2024 al
10 de Mayo del 2024 inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la
Resolución N° 395-MDHYHGC/22, el concurso se llevará a cabo mediante el módulo
"Tramitación a Distancia" TAD conforme artículo 2 del Decreto N° 429/13, dejando
habilitado para consultas el correo electrónico oficial
redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar aprobado por Disposición N°1-GCABA-
DGAYR/2024.
Artículo 2°.- Fijase un plazo máximo de cinco (5) meses de ejecución de los proyectos
institucionales a presentar y publíquese el presente llamado en el sitio web del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, durante siete (7) días
corridos, a partir del 30 de Abril de 2024.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la
partida correspondiente del presupuesto vigente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención
Inmediata. Cumplido, archívese. Angelillo