DISPOSICIÓN 70 2024 DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION

Síntesis:

LLAMA A CONCURSO DE PROYECTOS INSTITUCIONALES - PROGRAMA REDES POR LA INCLUSIÓN - LINEAMIENTO DE INTERVENCIÓN - ACOMPAÑAMIENTO Y SEGUIMIENTO - ENTRE LOS DÍAS 02 DE MAYO DEL 2024 AL 10 DE MAYO DEL 2024 - MEDIANTE EL MÓDULO  TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TAD - FIJA PLAZO MÁXIMO DE CINCO (5) MESES DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS INSTITUCIONALES A PRESENTAR

Publicación:

30/04/2024

Sanción:

22/04/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION


VISTO: Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023, el Decreto N° 31/GCABA/AJG/2024,

Decreto N° 429/13, la Resolución N° 395- MDHYHGC/22, la Resolución N° 184

SECISYAI/22 y la Disposición N° 1-GCABA-DGAYR/2024 y,

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General de Autonomía y Revinculación,

dentro de la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat estableciendo entre sus responsabilidades primarias la

de "Planificar, implementar y monitorear programas de asistencia, apoyo económico,

derivación y orientación a familias y personas en situación de vulnerabilidad,

residentes en el ámbito de la ciudad autónoma de buenos aires, Implementar un

esquema integral de seguimiento de las familias beneficiarias de los programas

sociales e implementar acciones para promover la efectiva reinserción de la persona a

través del deporte, mentorías, capacitaciones y actividades culturales de inclusión, en

coordinación con las áreas competentes, Generar y fortalecer redes comunitarias de

contención y promoción social en pos de reintegrar a la persona y familia al tejido

social, Diseñar nuevas estrategias de inclusión social y proponer políticas públicas

basadas en la evidencia de datos...", entre otras;

Que, por Decreto N° 31/GCABA/AJG/2024 se designó a la Licenciada María Rosario

Angelillo a partir del 10 de diciembre del 2023 como Directora General de la Dirección

General de Autonomía y Revinculación;

Que, en el artículo 2 del Decreto N° 429/13, se implementó el módulo "Tramitación a

Distancia" TAD-, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-,

como un medio de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos,

notificaciones y comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de

Tramitación a Distancia;

Que, por la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 se creó el Programa de gestión "Redes

por la Inclusión", en la órbita de la Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social o

la unidad de gestión que en sus funciones y misiones la reemplace, dependiente de la

Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata aprobándose los Lineamientos

Generales del Programa detallados en el IF-2022-24968005-GCABA-DGDEIS, el texto

modelo de Convenio de colaboración y gestión asociada a celebrarse con

Organizaciones de la Sociedad Civil (IF-2022-24968301-GCABA-DGDEIS), el texto

modelo de Proyecto Institucional (IF-2022-24968618-GCABA-DGDEIS) y el texto

modelo de Nota y Declaración Jurada (IF-2022-24968840-GCABA-DGDEIS), todo ello

en el marco del Programa y que como Anexos I, II, III y IV, respectivamente forman

parte de la mencionada Resolución;

Que, la unidad de gestión que reemplaza las funciones y misiones de la mencionada

Dirección es la Dirección General de Autonomía y Revinculación, como así también la

mencionada Secretaria es actualmente la Subsecretaria de Inclusión Social y Atención

Inmediata;

Que, de conformidad con sus Lineamientos Generales (Anexo I - IF-2022-24968005-

GCABA-DGDEIS), el Programa "Redes por la inclusión" brinda asistencia a través de

la ejecución de acciones formativas, acompañamiento, contención, seguimiento y

promoción social tendientes a la inclusión sociocultural y económica que permita

fortalecer el proyecto de vida de personas y familias en situación de vulnerabilidad

social y su reinserción al tejido social, ello así desarrollando e implementando la

Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social acciones directas, en coordinación

con áreas competentes y/o en gestión asociada con Organizaciones de la Sociedad

Civil que mantengan igual criterio de protección integral de derechos sociales de las

personas en situación de vulnerabilidad social, de conformidad con lo establecido por

las Leyes N° 3.706 y 4.036 y de acuerdo a los principios establecidos en los artículos

17 y 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás requisitos

establecidos por los Lineamientos;

Que, asimismo, por artículo 3° de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 la titular del

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat faculta a la Secretaría de Inclusión Social y

Atención Inmediata a suscribir los convenios a celebrarse con las Organizaciones de la

Sociedad Civil conforme los Anexos aprobados en el artículo 2°, a dictar las normas

reglamentarias, complementarias, aclaratorias, operativas e interpretativas, como así

también a aprobar todo otro instrumento que requiera la implementación del Programa

de gestión "Redes por la Inclusión";

Que, en virtud de ello, por Resolución N° 184-SECISYAI/22 la Secretaría de Inclusión

Social y Atención Inmediata encomendó a la Dirección General de Desarrollo e

inclusión Social, por un lado, los llamados a las convocatorias de proyectos, la

creación y designación de los integrantes de la Comisión Evaluadora y la selección de

los proyectos más convenientes en el marco de los Lineamientos Generales del

Programa "Redes por la inclusión" y, por el otro, su publicación en el sitio web del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, estableciendo un tiempo

prudencial entre el llamado y la presentación de los proyectos, el cual no podrá ser

menor a un (1) día de publicación con tres (3) de anticipación;

Que, por Disposición N°1-GCABA-DGAYR/2024 se designó a los miembros de la

Comisión Evaluadora y se habilito el correo electrónico oficial

redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas de

conformidad con la normativa del Programa;

Que, se entiende oportuno disponer el llamado al Concurso de Proyectos

Institucionales del Programa Redes por la InclusiónLineamiento de intervención:

"Acompañamiento y Seguimiento" (ap.7.3 del Anexo de la Resol-N°395-

MDHYHGC/22) estableciéndose que la presentación de los proyectos institucionales

deberá efectuarse entre los días 02 de Mayo del 2024 al 10 de Mayo del 2024

inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la Resolución N° 395-

MDHYHGC/22;

Que, la Subsecretaria de Inclusión Social y Atención Inmediata ha tomado

conocimiento y prestado conformidad con lo actuado y corresponde dictar el acto

administrativo pertinente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL DE AUTONOMÍA Y REVINCULACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Llamase a Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes por

la Inclusión Lineamiento de intervención: "Acompañamiento y Seguimiento" (ap.7.3

del Anexo de la Resol-N°395-MDHYHGC/22) estableciéndose que la presentación de

los proyectos institucionales, conjuntamente con la documentación pertinente, por

parte de las Organizaciones, deberá efectuarse entre los días 02 de Mayo del 2024 al

10 de Mayo del 2024 inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la

Resolución N° 395-MDHYHGC/22, el concurso se llevará a cabo mediante el módulo

"Tramitación a Distancia" TAD conforme artículo 2 del Decreto N° 429/13, dejando

habilitado para consultas el correo electrónico oficial

redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar aprobado por Disposición N°1-GCABA-

DGAYR/2024.

Artículo 2°.- Fijase un plazo máximo de cinco (5) meses de ejecución de los proyectos

institucionales a presentar y publíquese el presente llamado en el sitio web del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, durante siete (7) días

corridos, a partir del 30 de Abril de 2024.-

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la

partida correspondiente del presupuesto vigente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención

Inmediata. Cumplido, archívese. Angelillo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 70/DGAYR/24 llama a Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes por la Inclusión– Lineamiento de intervención: “Acompañamiento y Seguimiento”  en el marco de ap.7.3 del Anexo de la Resol-N°395-MDHYHGC/22.</p>