RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 151 2024 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICA - PROTOCOLO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA - PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA ABIERTA - AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Publicación:

30/04/2024

Sanción:

04/03/2024

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31, la Ley

104 (texto consolidado), la Resolución CM N° 90/2020, la Resolución CM N°

1317/2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el art. 12 inc.2

garantiza el derecho a comunicarse, requerir, difundir y recibir información libremente y

expresar sus opiniones e ideas, por cualquier medio y sin ningún tipo de censura.

Que la Ley 104 de la Ciudad regula el derecho al acceso a la información pública para

atender, de manera innovadora, las necesidades de la sociedad actual, respetando los

principios de accesibilidad, eficiencia, transparencia y formatos abiertos, entre otros.

Que mediante Res. CM N° 90/2020 se reformó el Protocolo de Acceso a la

Información Pública del Consejo con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio del

derecho y establecer los lineamientos generales para su ejercicio, permitiendo generar

una mayor cercanía al ciudadano y mostrarse como una justicia abierta y transparente.

Que a tal fin en el art. 4 del protocolo se estableció como autoridad de aplicación de la

Ley 104 a la Secretaría de Planificación del Consejo.

Que por Res. CM N° 1317/2021 se modificó la estructura de la Secretaría de

Planificación, incorporando la Dirección de Justicia Abierta, compuesta por dos

departamentos: departamento de Acceso a la Información Pública y Departamento de

Justicia Abierta.

Que la nueva estructura vino a garantizar la especificidad en materia de Justicia

Abierta y el derecho a la información. De esta manera se implementaron mecanismos

de accesibilidad para con la ciudadanía.

Que dentro de las funciones de la Dirección de Justicia Abierta se encuentra

administrar la página web. de gobierno abierto (jusbairesabierto.gob.ar) en cuyo menú

de navegación la ciudadanía puede acceder al formulario on-line de solicitud de pedido

de información.

Que habiéndose creado una Dirección especial en la materia es conveniente para

garantizar los principios de informalidad y celeridad en el trámite, modificar el

Protocolo de Acceso a la Información Pública del organismo, en cuanto a la autoridad

de aplicación allí prevista.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por la Ley N° 31 y las Resoluciones

CM Nros. 90/2020, 1317/2021;

LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Modificar el art. 4 del Protocolo de Acceso a la Información Pública del Consejo

de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el que quedará redactado

de la siguiente manera: "artículo 4: La Dirección de Justicia Abierta, dependiente de la

Secretaría de Planificación, actuará como autoridad de aplicación de lo dispuesto en el

presente texto y tendrá como finalidad proveer recursos para mejorar la toma de

decisiones y facilitar la participación ciudadana, velando por la implementación de las

obligaciones establecidas en la Ley de Acceso a la Información Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires."

Art. 2°: Regístrese, comuníquese a los/as Sres./Sras Consejeros/as, notifíquese a la

Secretaría de Administración General y Presupuesto, a la Secretaría Legal y Técnica,

a la Dirección General de Programación y Administración Contable, a la Secretaría de

Planificación, a la Dirección General de Factor Humano, a la Dirección General de

Coordinación Estratégica, a la Oficina de Integridad Pública del Poder Judicial de la

CABA -excluido el Tribunal Superior de Justicia-, publíquese en el Boletín Oficial de la

CABA y en la página de Internet consejo.jusbaires.gob.ar y, oportunamente, archívese

Correa

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución de Presidencia N° 151-CMCABA/24 modifica el artículo 4° de la Resolución N° 90-CMCABA/20.</p>