RESOLUCIÓN 90 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICA - PROTOCOLO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD

Publicación:

30/04/2024

Sanción:

11/06/2020

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: La Actuación N° A-01-00000857-1/2018, el Dictamen de la Comisión de

Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica N° 22/2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la actuación mencionada en el Visto, el entonces Consejero Alejandro

G. Fernández, elevó un proyecto de Reforma al Protocolo de Acceso a la Información

Pública, elaborado por la Unidad a su cargo.

Que en su presentación alegó que la justicia porteña desarrolló en el último tiempo

distintos mecanismos para atender, de manera innovadora, las necesidades de la

sociedad actual, siendo uno de ellos, garantizar el acceso a la información pública,

derecho amparado en la CABA por la Ley 104 y sus modificatorias, por el cual toda

persona tiene derecho a solicitar y recibir información completa, veraz, adecuada y

oportuna, respetando los principios de accesibilidad, eficiencia, transparencia y

formatos abiertos, entre otros.

Que en el año 2016 este Consejo por Res. CM N° 224/2016 aprobó un Protocolo de

Acceso a la Información Pública con la finalidad de garantizar ese derecho y

establecer los lineamientos generales para su ejercicio en el ámbito del Consejo,

permitiendo generar una mayor cercanía al ciudadano y mostrarse como una justicia

abierta y transparente.

Que al año siguiente se aprobó la Ley CABA 5784 que modificó el texto de la Ley 104

y esta reforma estableció la necesidad de crear un Plan de Transparencia Activa y

obligó a los tres poderes de la Ciudad a designar una autoridad de aplicación para

darle seguimiento, estableciendo, además, innovaciones en la presentación de la

solicitud, incluso su presentación vía online.

Que, además, se han implementado cambios en el plazo de respuesta de la

información extendiéndolo a quince días hábiles mientras que antes lo era de diez

días.

Que una de las principales modificaciones consiste en que la solicitud de información

pueda ser realizada no solo presencialmente sino de manera online a través del portal

web "Jusbaires Abierto", permitiendo mayor agilidad y niveles de eficiencia.

Que la actualización propiciada permitirá la correcta implementación y garantizará el

cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley, facilitando cada vez más la

participación ciudadana y generando canales novedosos de comunicación con los

habitantes de la Ciudad.

Que anteriormente la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó intervención,

emitiendo el Dictamen N° 8425/2018 de fecha 30 de agosto de 2018, por medio del

cual se expide en el sentido de que no existe objeción alguna que formular al proyecto

en análisis.

Que en la reunión del Plenario de Consejeros celebrada el día 26 de febrero de 2019

se trató la presente Actuación y se dispuso una postergación a fin de ajustar detalles.

Que con posterioridad intervino la Secretaría de Planificación efectuando una serie de

modificaciones que fueron incorporadas al texto original.

Que el artículo 51 de la Ley 31 establece que le compete a la Comisión de

Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica "diseñar e implementar

herramientas e instrumentos de planificación estratégica para la prestación del servicio

de justicia de la Ciudad y el Consejo de la Magistratura y elaborar y establecer los

mecanismos idóneos para garantizar la transparencia del sistema judicial y su

rendición de cuentas".

Que ello así, la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica,

mediante Dictamen CFIyPE N° 22/2020, propuso aprobar la modificación del Protocolo

de Acceso a la Información Pública.

Que este Plenario comparte los criterios esgrimidos por la comisión interviniente,

dejándose constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución

de la Ciudad, la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Modificar el Protocolo de Acceso a la Información Pública (aprobado por

Res. CM N° 224/2016) cuyo texto actualizado, como anexo, integra la presente

resolución.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a la Comisión de Fortalecimiento Institucional y

Planificación Estratégica, publíquese en la página de internet oficial del Consejo de la

Magistratura (www.consejo.jusbaires.gob.ar) y, oportunamente, archívese. Maques -

Quintana


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6863

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 90-CMCABA/20 modifica el Protocolo de Acceso a la Información Pública aprobado por Resolución N° 224-CMCABA/16.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 63/CMCABA/25 modifica el artículo 15 de la Resolución CM N° 90/2020.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución de Presidencia N° 151-CMCABA/24 modifica el artículo 4° de la Resolución N° 90-CMCABA/20.</p>