RESOLUCIÓN 700 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA - SUPLEMENTO - CENTROS DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS TRAYECTORIAS ESCOLARES - NIVEL PRIMARIO - CICLO LECTIVO 2024 - NO REMUNERATIVO - NO BONIFICABLE - RETRIBUCION - DOCENTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
03/05/2024
Sanción:
29/04/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.684, el
Decreto N° 387/23 y modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N° 391-GCABA-
MHFGC/23, las Resoluciones Nros. 5.118-GCABA-MEDGC/22 y 36-GCABA-
SSCPEE/23 y el Expediente Electrónico N° 15.064.255-GCABA-DGEGE/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley N° 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere la misma;
Que, en virtud de las mencionadas normas, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social, así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme la citada normativa el Ministerio de Hacienda y Finanzas tiene entre sus
objetivos diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los
recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
al Ministerio de Educación;
Que por la Resolución N° 36-GCABA-SSCPEE/23 se aprobó la implementación de los
"Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario" (CATE),
en el marco del Proyecto Promoción Acompañada creado mediante Resolución N°
5.118-GCABA-MEDGC/22 como una estrategia de intervención escolar orientada a
atender de manera intensiva a los/as estudiantes de nivel primario que no manifiesten
los logros de aprendizaje esperados para el pasaje de un grado a otro;
Que los mencionados CATE se constituyen como dispositivos complementarios de
acompañamiento y fortalecimiento de las trayectorias escolares, instalándose con una
impronta singular en procura de articular con las propuestas de apoyo propias de la
escuela;
Que, a su vez, mediante los CATE se busca ofrecer, desde una organización
estratégica a nivel distrital, múltiples y variadas estrategias para el apoyo y la
acreditación de los saberes pendientes para los/as estudiantes de 2° a 7° grado de
nivel primario de escuelas de gestión estatal;
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 391-GCABA-MHFGC/23 fue
aprobado el "Suplemento -"Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares
de Nivel Primario", a los efectos de retribuir a los docentes que se desempeñaron en el
marco de lo dispuesto por la Resolución N° 36-GCABA-SSCPEE/23 durante el ciclo
lectivo 2023;
Que, a los mismos fines, resulta menester aprobar, el referido suplemento para el ciclo
lectivo 2024;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, ha tomado la intervención de su competencia;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, han tomado la intervención de sus respectivas competencias.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar para el ciclo lectivo 2024 el "Suplemento - "Centros de
Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario", a los efectos de
retribuir a los docentes que se desempeñan en el marco de lo dispuesto por la
Resolución N° 36-GCABA-SSCPEE/23, cuyas condiciones se detallan en el Anexo I
(IF-2024-15504908-GCABA-DGEGE) que a todos los efectos forma parte integrante
de la presente.
Artículo 2°.- El suplemento aprobado en el precedente artículo 1° tiene carácter no
remunerativo y no bonificable y el pago del mismo se incluirá mediante recibo
separado en un cargo eventual para este único efecto.
Artículo 3°.- Facultar en forma indistinta al/a la titular del Ministerio de Educación y/o
al/a la titular de la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa a designar
y/o cesar al personal comprendido en la presente Resolución.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
norma será afectado a la Jurisdicción 55- Inciso 1.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje, a las Direcciones
Generales de Administración de Recursos, de Personal Docente y No Docente, de
Educación de Gestión Estatal, de Escuela Abierta a la Comunidad y de Coordinación
Legal e Institucional del Ministerio de Educación y a las Direcciones Generales de
Administración y Liquidación de Haberes y de la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás
efectos, pase a la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa del
Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Miguel - Arengo Piragine