RESOLUCIÓN 36 2023 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA - IMPLEMENTACIÓN - CENTROS DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS TRAYECTORIAS ESCOLARES DE NIVEL PRIMARIO - CATE - PROYECTO PROMOCIÓN ACOMPAÑADA
Publicación:
15/06/2023
Sanción:
19/05/2023
Organismo:
SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley Nacional N°
26.206 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 898 y 6.292 (textos consolidados por Ley
N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución CFE Nros. 174/12,
la Resolución N° 5118-GCABA-MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 19133806-
GCABA-DGEGE/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias establece que el Estado, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e
indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los
habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio
de ese derecho;
Que la Ley N° 898, establece la obligatoriedad de la educación hasta la finalización del
nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones;
Que conforme la Ley N° 6.292, le corresponde al Ministerio de Educación "diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social";
Que por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 174/12 se aprobaron las
pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el aprendizaje y las
trayectorias escolares en el nivel inicial y primario, así como su regulación;
Que en dicho marco, mediante Resolución N° 5118-GCABA-MEDGC/22 se aprobó el
Proyecto Promoción Acompañada para su implementación en los establecimientos
educativos de nivel primario de gestión estatal y gestión privada, de conformidad con
los lineamientos detallados en el Anexo I;
Que mediante dicha norma se brindan nuevos lineamientos para las escuelas de
gestión estatal y gestión privada para su implementación a fin de permitir la
adecuación de dicho dispositivo a las necesidades que presentan los/as estudiantes
del Nivel Primario y garantizar la continuidad de las trayectorias educativas;
Que dentro de los mentados lineamientos, se contempla, que adicionalmente a las
acciones institucionales desplegadas para el acompañamiento a la trayectoria, las
mismas se podrán complementar con espacios que brindan los equipos de apoyo u
otras propuestas del Ministerio que ofrecen acompañamientos específicos para el
fortalecimiento de los aprendizajes;
Que en dicho sentido, se estima oportuna la implementación de dispositivos definidos
desde una mirada Distrital que permitan, desde un análisis estratégico de la situación
de cada distrito, sumar nuevas y variadas instancias de acompañamiento, apoyo y
acreditación de saberes, fortaleciendo la continuidad de las trayectorias y respetando
la singularidad de los procesos de aprendizaje que cada estudiante;
Que para ello se propicia la implementación de los "Centros de Acompañamiento a las
Trayectorias Escolares de Nivel Primario (CATE)" en el marco del Proyecto Promoción
Acompañada mediante el cual se ofrecerá, desde una organización estratégica a nivel
Distrital, múltiples y variadas estrategias para el apoyo y acreditación de los saberes
pendientes para los/as estudiantes de nivel primario de gestión estatal
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al
Ministerio de Educación;
Que corresponde a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa, "Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos para contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad";
Que la Dirección General de Educación de Gestión Estatal dependiente de la
mencionada Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias implementar y
llevar a cabo las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y
modalidades de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos
pedagógicos y administrativos;
Que mediante Resolución N° Resolución N° 5118-GCABA-MEDGC/22 se delegó en
esta Subsecretaría la facultad de dictar las normas complementarias y/o ampliatorias
que sean necesarias para la aplicación de la mentada Resolución;
Que en virtud de ello se propicia la implementación de los "Centros de
Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario (CATE)" en el marco
del Proyecto Promoción Acompañada de conformidad con los lineamientos
contemplados en el Anexo I (IF-2023- 19134471-GCABA-DGEGE);
Que las Direcciones de Educación Primaria y Escuelas Normales Superiores, y la
Dirección General de Planeamiento Educativo han tomado intervención en el marco de
sus competencias;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 5118-GCABA-
MEDGC/22,
Artículo 1°.- Apruebese la implementación de los "Centros de Acompañamiento a las
Trayectorias Escolares de Nivel Primario" (CATE) en el marco del Proyecto Promoción
Acompañada, de conformidad con los lineamientos contemplados en el Anexo I (IF-
2023-19134471-GCABA-DGEGE) que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Efectúense las Comunicaciones Oficiales a la Subsecretaría de Carrera Docente, y a
las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión
Privada, y de Planeamiento Educativo, a las Direcciones de Educación Primaria y
Escuelas Normales Superiores. Cumplido, archívese. Feced Abal