RESOLUCIÓN 36 2023 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA

Síntesis:

APRUEBA - IMPLEMENTACIÓN - CENTROS DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS TRAYECTORIAS ESCOLARES DE NIVEL PRIMARIO - CATE - PROYECTO PROMOCIÓN ACOMPAÑADA

Publicación:

15/06/2023

Sanción:

19/05/2023

Organismo:

SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley Nacional N°

26.206 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 898 y 6.292 (textos consolidados por Ley

N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución CFE Nros. 174/12,

la Resolución N° 5118-GCABA-MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 19133806-

GCABA-DGEGE/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias establece que el Estado, las

Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e

indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los

habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio

de ese derecho;

Que la Ley N° 898, establece la obligatoriedad de la educación hasta la finalización del

nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones;

Que conforme la Ley N° 6.292, le corresponde al Ministerio de Educación "diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social";

Que por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 174/12 se aprobaron las

pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el aprendizaje y las

trayectorias escolares en el nivel inicial y primario, así como su regulación;

Que en dicho marco, mediante Resolución N° 5118-GCABA-MEDGC/22 se aprobó el

Proyecto Promoción Acompañada para su implementación en los establecimientos

educativos de nivel primario de gestión estatal y gestión privada, de conformidad con

los lineamientos detallados en el Anexo I;

Que mediante dicha norma se brindan nuevos lineamientos para las escuelas de

gestión estatal y gestión privada para su implementación a fin de permitir la

adecuación de dicho dispositivo a las necesidades que presentan los/as estudiantes

del Nivel Primario y garantizar la continuidad de las trayectorias educativas;

Que dentro de los mentados lineamientos, se contempla, que adicionalmente a las

acciones institucionales desplegadas para el acompañamiento a la trayectoria, las

mismas se podrán complementar con espacios que brindan los equipos de apoyo u

otras propuestas del Ministerio que ofrecen acompañamientos específicos para el

fortalecimiento de los aprendizajes;

Que en dicho sentido, se estima oportuna la implementación de dispositivos definidos

desde una mirada Distrital que permitan, desde un análisis estratégico de la situación

de cada distrito, sumar nuevas y variadas instancias de acompañamiento, apoyo y

acreditación de saberes, fortaleciendo la continuidad de las trayectorias y respetando

la singularidad de los procesos de aprendizaje que cada estudiante;

Que para ello se propicia la implementación de los "Centros de Acompañamiento a las

Trayectorias Escolares de Nivel Primario (CATE)" en el marco del Proyecto Promoción

Acompañada mediante el cual se ofrecerá, desde una organización estratégica a nivel

Distrital, múltiples y variadas estrategias para el apoyo y acreditación de los saberes

pendientes para los/as estudiantes de nivel primario de gestión estatal

Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al

Ministerio de Educación;

Que corresponde a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa, "Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos para contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad";

Que la Dirección General de Educación de Gestión Estatal dependiente de la

mencionada Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias implementar y

llevar a cabo las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y

modalidades de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos

pedagógicos y administrativos;

Que mediante Resolución N° Resolución N° 5118-GCABA-MEDGC/22 se delegó en

esta Subsecretaría la facultad de dictar las normas complementarias y/o ampliatorias

que sean necesarias para la aplicación de la mentada Resolución;

Que en virtud de ello se propicia la implementación de los "Centros de

Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario (CATE)" en el marco

del Proyecto Promoción Acompañada de conformidad con los lineamientos

contemplados en el Anexo I (IF-2023- 19134471-GCABA-DGEGE);

Que las Direcciones de Educación Primaria y Escuelas Normales Superiores, y la

Dirección General de Planeamiento Educativo han tomado intervención en el marco de

sus competencias;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 5118-GCABA-

MEDGC/22,

LA SUBSECRETARIA

DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruebese la implementación de los "Centros de Acompañamiento a las

Trayectorias Escolares de Nivel Primario" (CATE) en el marco del Proyecto Promoción

Acompañada, de conformidad con los lineamientos contemplados en el Anexo I (IF-

2023-19134471-GCABA-DGEGE) que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Efectúense las Comunicaciones Oficiales a la Subsecretaría de Carrera Docente, y a

las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión

Privada, y de Planeamiento Educativo, a las Direcciones de Educación Primaria y

Escuelas Normales Superiores. Cumplido, archívese. Feced Abal


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6642

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 700/MHFGC/24 aprueba para el ciclo lectivo 2024 el “Suplemento - “Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario” en el marco de la Resolución N° 36-GCABA-SSCPEE/23.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución 36/SSCPEE/23, aprueba la implementación de los “Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario” (CATE) en el marco del Proyecto Promoción Acompañada aprobado por Resolución N° 5118/MEDGC/22.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 391/MHFGC/MEGC/23 aprueba el Suplemento - Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario a los efectos de retribuir a los docentes que se desempeñan en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 36/SSCPEE/23.</p>