RESOLUCIÓN 313 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA - SUPLEMENTO - CENTROS DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS TRAYECTORIAS ESCOLARES DE NIVEL PRIMARIO - CICLO LECTIVO 2026 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - DOCENTES - TUTORES - ASESORES PEDAGÓGICOS

Publicación:

06/05/2026

Sanción:

30/04/2026

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6.684 y

modificatoria, el Decreto 387/23 y modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta

324/MHFGC/25, las Resoluciones 5118/MEDGC/22 y 36/SSCPEE/23, el Expediente

EX-2026-16030314-GCABA-DGEGE, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

los Ministros de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere la

misma;

Que la mencionada Ley enuncia entre los objetivos correspondientes al Ministerio de

Educación, los de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social, así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme la citada normativa el Ministerio de Hacienda y Finanzas tiene entre sus

objetivos el de "diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los

recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por el Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

al Ministerio de Educación;

Que por la Resolución 36/SSCPEE/23 se aprobó la implementación de los "Centros de

Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario" (CATE), en el marco

del Proyecto Promoción Acompañada creado mediante Resolución 5118/MEDGC/22

como una estrategia de intervención escolar orientada a atender de manera intensiva

a los estudiantes de nivel primario que no manifiesten los logros de aprendizaje

esperados para el pasaje de un grado a otro;

Que los mencionados CATE se constituyen como dispositivos complementarios de

acompañamiento y fortalecimiento de las trayectorias escolares, instalándose con una

impronta singular en procura de articular con las propuestas de apoyo propias de la

escuela;

Que, a su vez, mediante los CATE se busca ofrecer, desde una organización

estratégica a nivel distrital, múltiples y variadas estrategias para el apoyo y la

acreditación de los saberes pendientes para los estudiantes de 2° a 7° grado de nivel

primario de escuelas de gestión estatal;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta 324/MHFGC/25 fue aprobado el

"Suplemento - Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel

Primario", a los efectos de retribuir a los docentes que se desempeñaron en el marco

de lo dispuesto por la Resolución 36/SSCPEE/23 durante el ciclo lectivo 2025;

Que, a los mismos fines, resulta menester aprobar, el referido suplemento para el ciclo

lectivo 2026;

Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo, y de Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas han tomado intervención

en el marco de sus respectivas competencias;

Que las Direcciones Generales de Planificación y Administración de Recursos, de

Educación Gestión Estatal y de Asuntos Jurídicos, y las Subsecretarías de Gestión del

Aprendizaje y de Planeamiento e Innovación Educativa del Ministerio de Educación,

han tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar para el ciclo lectivo 2026 el "Suplemento - Centros de

Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario", a los efectos de

retribuir a los docentes que se desempeñan en el marco de lo dispuesto por la

Resolución 36-SSCPEE/23, según se detalla en el Anexo (IF-2026-14554116-GCABA-

DGEGE) que a todos los efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- El suplemento aprobado en el artículo 1° tiene carácter no remunerativo y

no bonificable y el pago del mismo se incluirá mediante recibo separado en un cargo

eventual para este único efecto.

Artículo 3°.- Facultar en forma indistinta al/a la titular del Ministerio de Educación y/o

al/a la titular de la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa, o el

organismo que la reemplace, a asignar y/o autorizar la liquidación de los suplementos

comprendidos en la presente.

Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente

norma será afectado a la Jurisdicción 55- Inciso 1.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la

Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje, a las Direcciones Generales de

Planificación y Administración de Recursos, de Personal Docente y No Docente, de

Educación de Gestión Estatal, de Escuela Abierta a la Comunidad y de Asuntos

Jurídicos del Ministerio de Educación y a las Direcciones Generales de Administración

y Liquidación de Haberes y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del

Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pasar a la

Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa del Ministerio de Educación.

Cumplido, archivar. Miguel - Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7360

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta 313/MHFGC/26 aprueba para el ciclo lectivo 2026 el Suplemento - Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario, a los efectos de retribuir a los docentes que se desempeñan en el marco de lo dispuesto por la Resolución 36/SSCPEE/23.</p>