RESOLUCIÓN 324 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA SUPLEMENTO - CENTROS DE ACOMPAÑAMIENTO - TRAYECTORIAS ESCOLARES DE NIVEL PRIMARIO - CICLO LECTIVO 2025 - RETRIBUCION DOCENTE - MINSITERIOS - HACIENDA Y FINNAZAS - EDUCACION

Publicación:

16/04/2025

Sanción:

11/04/2025

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6.684 (texto

consolidado por Ley 6.764), el Decreto 387/23 y modificatorios, la Resolución de Firma

Conjunta 700-GCABA-MHFGC/24, las Resoluciones 5118-GCABA-MEDGC/22 y 36-

GCABA- SSCPEE/23, el Expediente 13.233.104-GCABA-DGEGE/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

los Ministros de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere la

misma;

Que la mencionada ley enuncia entre los objetivos correspondientes al Ministerio de

Educación, los de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social, así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme la citada normativa el Ministerio de Hacienda y Finanzas tiene entre sus

objetivos el de "diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los

recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

al Ministerio de Educación;

Que por la Resolución 36-GCABA-SSCPEE/23 se aprobó la implementación de los

"Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario" (CATE),

en el marco del Proyecto Promoción Acompañada creado mediante Resolución 5118-

GCABA-MEDGC/22 como una estrategia de intervención escolar orientada a atender

de manera intensiva a los estudiantes de nivel primario que no manifiesten los logros

de aprendizaje esperados para el pasaje de un grado a otro;

Que los mencionados CATE se constituyen como dispositivos complementarios de

acompañamiento y fortalecimiento de las trayectorias escolares, instalándose con una

impronta singular en procura de articular con las propuestas de apoyo propias de la

escuela;

Que, a su vez, mediante los CATE se busca ofrecer, desde una organización

estratégica a nivel distrital, múltiples y variadas estrategias para el apoyo y la

acreditación de los saberes pendientes para los estudiantes de 2° a 7° grado de nivel

primario de escuelas de gestión estatal;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta 700-GCABA-MHFGC/24 fue aprobado

el "Suplemento - Centros de Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel

Primario", a los efectos de retribuir a los docentes que se desempeñaron en el marco

de lo dispuesto por la Resolución 36-GCABA-SSCPEE/23 durante el ciclo lectivo 2024;

Que, a los mismos fines, resulta menester aprobar, el referido suplemento para el ciclo

lectivo 2025;

Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, ha tomado la intervención de su competencia;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar para el ciclo lectivo 2025 el "Suplemento - Centros de

Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario", a los efectos de

retribuir a los docentes que se desempeñan en el marco de lo dispuesto por la

Resolución 36-GCABA-SSCPEE/23, según se detalla en el Anexo I (IF-2025-

13235213-GCABA-DGEGE) que a todos los efectos forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- El suplemento aprobado en el artículo 1° tiene carácter no remunerativo y

no bonificable y el pago del mismo se incluirá mediante recibo separado en un cargo

eventual para este único efecto.

Artículo 3°.- Facultar en forma indistinta al/a la titular del Ministerio de Educación y/o

al/a la titular de la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa a designar

y/o cesar al personal comprendido en la presente Resolución.

Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente

norma será afectado a la Jurisdicción 55- Inciso 1.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la

Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje, a las Direcciones Generales de

Administración de Recursos, de Personal Docente y No Docente, de Educación de

Gestión Estatal, de Escuela Abierta a la Comunidad y de Coordinación Legal e

Institucional del Ministerio de Educación y a las Direcciones Generales de

Administración y Liquidación de Haberes y de la Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás

efectos, pase a la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa del

Ministerio de Educación. Cumplido, archivar. Miguel - Arengo Piragine


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7101

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 324-MHFGC-MEDGC/25 aprueba para el ciclo lectivo 2025 el Suplemento - Centros de<br />Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de Nivel Primario, a los efectos de retribuir a los docentes que se desempeñan en el marco de lo dispuesto por  Resolución 36-SSCPEE/23.</p>