RESOLUCIÓN 45 2024 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

REEMPLAZA - ART. 14 DEL REGLAMENTO PARA LA JURISDICCIÓN PENAL - PENAL JUVENIL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - APROBADO POR RESOLUCIÓN CM 83-2023 -CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - OFICINA DE SORTEOS Y ASIGNACIÓN DE CAUSAS Y MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

Publicación:

06/05/2024

Sanción:

24/04/2024

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: La Actuación TEA A-01-00011084-8/2024 s/ Cámara CYAPPJCYF

(PRESIDENCIA) - Adecuación del Reglamento Fuero Penal. Ref. Res. CM N°

83/2023), el Dictamen Presidencia CAGyMJ N° 7/2024, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la actuación referida en el Visto, el Presidente de la Cámara de

Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, Dr.

Javier A. Buján, solicita la actualización del Reglamento para la Jurisdicción Penal,

Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

que fuera aprobado por Resolución Res. CM N° 83/2023, en cuanto a la Oficina de

Mesa de Entradas, Salida y Archivo; con la finalidad de adecuarlo a la estructura

orgánica funcional preexistente.

Que al respecto, la propuesta bajo análisis establece una nueva redacción del artículo

14 cuyo título es: "Oficina de Sorteos y Asignación de Causas y Mesa de Entradas,

Salidas y Archivo", incorporando en la dirección de la Mesa de Entradas, Salidas y

Archivo el cargo de "un Secretario/ a Letrado de Cámara".

Que el presente acto se encuadra en el inciso 3° del artículo 116 de la Constitución de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en tanto establecen la competencia del Consejo

de la Magistratura para dictar los reglamentos internos del Poder Judicial -excluido el

Tribunal Superior de Justicia-.

Que concordantemente con ello, la Ley Orgánica N° 31 le atribuye competencia al

Consejo para: "Dictar su reglamento interno, y los reglamentos internos del Poder

Judicial, excepto los del Tribunal Superior y Ministerio Público" (artículo 2, inciso 3).

Que asimismo, entre las facultades asignadas al Plenario de Consejeros en el artículo

20 inc. 3 se consigna: "Dictar el Reglamento interno del Consejo de la Magistratura y

de las Comisiones del Consejo; los Reglamentos de Funcionamiento de los Tribunales

de Primera Instancia, las Cámaras de Apelaciones y los Reglamentos Generales del

Poder Judicial, excluidos los correspondientes al Tribunal Superior y al Ministerio

Público."

Que por otra parte, la Ley Orgánica del Poder Judicial Judicial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires establece en el art. 38 las competencias de la Comisión de

Administración, Gestión y Modernización Judicial, que están involucradas en el

proyecto objeto del presente dictamen: proponer los criterios generales para el diseño

de estructuras y organización del Poder Judicial con adecuación al crédito vigente

(inc.6); proponer políticas tendientes a mejorar la atención al público y el

funcionamiento del Poder Judicial garantizando un servicio de justicia ágil y eficiente

(inc. 7); proponer reformas normativas que resulten necesarias para la modernización

de la administración de justicia (inc. 11); y dictaminar sobre los reglamentos generales

del Poder Judicial y elevarlos al Plenario (inc. 12).

Que atento lo dispuesto en las normas citadas precedentemente, la Comisión de

Administración Gestión y Modernización Judicial es competente para dictaminar en el

presente trámite porque su objeto es, adecuar al reglamento mencionado

precedentemente, en concordancia a la estructura orgánica funcional preexistente.

Que la referida Comisión tomó la intervención de su competencia y mediante el

Dictamen Pres. CAGyMJ N° 7/2024, sostuvo: "vista que la adecuación propuesta,

resulta acorde a la estructura existente dentro del fuero Penal, Penal Juvenil,

Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, redundando en

un servicio de justicia eficaz y eficiente, corresponde dar curso favorable al presente

trámite".

Que en virtud de lo expuesto, propuso a este Plenario, aprobar la adecuación del Art.

14 del Reglamento para la Jurisdicción Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de

Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Res. CM N° 83/2023,

propuesta en el Adjunto N° 54493/24.

Que se deja constancia que tomó intervención la Dirección General de Asuntos

Jurídicos, y emitió el Dictamen DGAJ N° 12843/24, en el cual concluyó que "no

encuentra objeciones jurídicas que formular al proyecto de resolución propiciado.".

Que este Plenario comparte los criterios esgrimidos por la Comisión interviniente,

dejándose constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad.

Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Reemplazar el art. 14 del Reglamento para la Jurisdicción Penal, Penal Juvenil,

Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (aprobado por

Resolución CM N° 83/2023), el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Art. 14: Oficina de Sorteos y Asignación de Causas y Mesa de Entradas, Salidas y

Archivo.

La Oficina de Sorteos y Asignación de Causas estará a cargo de un Prosecretario/a

Letrado/a de Cámara y un Prosecretario/a Administrativo/a.

La Mesa de Entradas, Salidas y Archivo es dirigida por un Secretario/a Letrado/a de

Cámara, un Prosecretario/a Letrado/a de Cámara y un Prosecretario/a

Administrativo/a.

Ambas dependencias son dirigidas y supervisadas por el Presidente y Vicepresidente I

de la Cámara en forma conjunta."

Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, en la página de internet oficial del

Consejo de la Magistratura (www.consejo.jusbaires.gob.ar); comuníquese a la Cámara

de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas; al

Ministerio Público Fiscal, de la Defensa y Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y, oportunamente, archívese. Correa - Leguizamón

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolucion 45-CMCABA/24 reemplaza el art. 14 del Reglamento para la Jurisdicción Penal, Penal Juvenil Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución CM 83/2023.</p>