RESOLUCIÓN 728 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
OTORGA - ASIGNACIÓN EXTRAORDINARIA - NO REMUNERATIVA Y NO BONIFICABLE - PERSONAL CON ESTADO POLICIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD
Publicación:
08/05/2024
Sanción:
03/05/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 47/17 y modificatorios y 387/23 y modificatorios y el Expediente
Electrónico N° 15309456-GCABA-SSCH/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo
referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como las bases normativas para la formulación, implementación y
control de las políticas y estrategias de seguridad pública, creando la Policía de la
Ciudad y el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad;
Que a través del Decreto N° 47/17 y modificatorios se estableció la estructura salarial
de la Policía y el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, previendo en su artículo 20 bis
del Anexo I, el "Suplemento por servicio de custodia de detenidos/as" para el personal
con estado policial que revista en servicio efectivo y que cumpla tareas específicas de
custodia de detenidos/as en alcaidías y dependencias no penitenciarias de alojamiento
de la Policía de la Ciudad, estableciendo, asimismo, que su monto sería definido en
forma conjunta por el entonces Ministro de Justicia y Seguridad y el Ministro de
Hacienda y Finanzas;
Que, en virtud de la crítica situación que atraviesan las alcaidías y dependencias no
penitenciarias de la Policía de la Ciudad y en pos de garantizar la eficiencia en el
cumplimiento de las tareas de custodia de detenidos/as allí alojados/as, deviene
oportuno el otorgamiento de una asignación extraordinaria, adicional al citado
Suplemento, durante los meses de abril, mayo y junio del presente año, para el
personal que cumpla dichas tareas;
Que mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entre ellos, a los Ministerios de
Seguridad y de Hacienda y Finanzas;
Que mediante el Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, estableciendo que la Policía de la Ciudad y el Cuerpo de Bomberos de
la Ciudad se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad;
Que la Subsecretaría de Capital Humano y la Secretaría de Coordinación del
Ministerio de Seguridad y la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Hacienda y Finanzas han tomado la intervención de sus respectivas
competencias;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto N° 47/17 y
modificatorios,
Artículo 1°.- Otorgar, para los meses de abril, mayo y junio de 2024, una asignación
extraordinaria no remunerativa y no bonificable de pesos sesenta y nueve mil
trescientos cincuenta y ocho ($ 69.358) mensuales a favor del personal con estado
policial de la Policía de la Ciudad que se encuentre en servicio efectivo y que cumpla
tareas específicas de custodia de detenidos/as en alcaidías y dependencias no
penitenciarias de alojamiento de la Policía de la Ciudad.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el
Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.
Comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de
Haberes, de Planificación y Control Operativo y de la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Subsecretaría
de Capital Humano y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del
Ministerio de Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública y, para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Compensaciones y
Gestión de Capital Humano del Ministerio de Seguridad. Cumplido, archívese. Wolff -
Arengo Piragine