RESOLUCIÓN 1610 2005 SECRETARIA DE EDUCACION
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES - MODIFICA EL PUNTO 4 DEL INCISO B) DEL ARTÍCULO 171 DEL REGLAMENTO ESCOLAR - EXPERIENCIAS DIRECTAS FUERA DEL ESTABLECIMIENTO - SALIDAS - VIAJES - EXCURSIONES - DOCENTES A CARGO DE LOS ALUMNOS - ADULTOS ACOMPAÑANTES
Publicación:
27/06/2005
Sanción:
01/06/2005
Organismo:
SECRETARIA DE EDUCACION
Visto la Carpeta N° 1.944-SED/05, la Resolución N° 4.324-SED/04, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el art. 3° de la Resolución N° 4.324-SED/04, se modificó el art. 171 del Reglamento Escolar;
Que en el punto 4 del inciso b) del mencionado artículo, se establecía que ...Para las experiencias directas fuera del establecimiento, a los requisitos enunciados, se agregarán los siguientes... 4 - Para el Nivel Inicial la proporción de docentes será de uno por cada 10 alumnos y se deberá contar con no menos de dos padres, madres o persona a cargo de alguno de los alumnos participantes...;
Que la Dirección del Área de Educación Inicial solicitó la modificatoria del citado punto del inciso b) debiendo decir ...Para el Nivel Inicial la proporción de docentes será de 1 (un) docente por cada grupo de niños y no menos de 2 (dos) adultos acompañantes ya que el nivel no cuenta con la posibilidad de tener en sus grupos a 2 (dos) docentes para realizar las experiencias fuera del jardín. Iguales previsiones deberán tomarse en las escuelas de Educación Especial;
Que la Dirección General de Educación consideró viable la propuesta de la Dirección del Área de Educación Inicial;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó la intervención que le compete;
Por ello,
Artículo 1° - Modifícase el punto 4 del inciso b) del artículo 171 del Reglamento Escolar, quedando su texto redactado de la siguiente forma:
Artículo 171...b)... 4) Para el Nivel Inicial la proporción de docentes será de 1 (un) docente por cada grupo de niños y no menos de 2 (dos) adultos acompañantes. Iguales previsiones deberán tomarse en las escuelas de Educación Especial.
Artículo 2°- Dése al Registro. Publíquese en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copias a las Subsecretarías de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y de Educación, a las Direcciones Generales de Coordinación Financiera y Contable, de Educación, de Educación Superior y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese. Perazza