RESOLUCIÓN 1 2024 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
MODIFICA - ANEXO II Y ANEXO III - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1-MJGGC-SECLYT/21 - MODELOS GENERALES Y ESPECÍFICOS DE CÉDULAS DE NOTIFICACIONES - CITACIONES - Y NOTIFICACIONES PERSONALES - GUÍA PARA EL USO DE LOS MODELOS DE LAS CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN NOTIFICACIONES PERSONALES Y CITACIONES
Publicación:
20/05/2024
Sanción:
17/05/2024
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,
aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97, las Leyes Nros. 3304 y
6367 (textos consolidados por Ley N° 6588) y 6684, los Decretos Nros. 292/21,
387/23, sus modificatorios y 211/24, la Resolución Conjunta N° 1-MJGGC-SECLYT/21
y el Expediente Electrónico N° 15280719-GCABA-MGEYA/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3304, estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", planteando entre sus objetivos
la promoción e introducción del uso de las nuevas Tecnologías de Información y
Comunicación, para responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la
sociedad;
Que el artículo 3° de la mencionada Ley, establece que la Jefatura de Gabinete de
Ministros es la autoridad de aplicación de dicho Plan;
Que, el Decreto N° 292/21 aprobó la "Sede Electrónica del Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires", en los términos de la Ley N° 3304, la que
quedará comprendida por todo sitio informático, seguro, personalizado y válido donde
el ciudadano mediante la validación de su identidad podrá acceder a la información y
gestión de los servicios, trámites, avisos, comunicaciones, notificaciones y demás
actuaciones que la Administración le provea o ponga a disposición;
Que en ese marco, por Resolución Conjunta N° 1-MJGGC-SECLYT/21, se aprobó el
Reglamento del "Sistema de Notificaciones Electrónicas (SNE)" del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aplicable para la notificación de aquellos actos
previstos en el artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires o de aquellos que por las normas y procedimientos especiales deban
realizarse al domicilio electrónico constituido ante el Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el artículo 3° de la citada Resolución Conjunta, aprobó los modelos de cédulas
electrónicas a utilizarse en todos los procesos administrativos y especiales en que el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deba practicar una notificación
electrónica;
Que mediante el Decreto N° 211/24, se derogaron los Decretos Nros. 1889/01 y
1220/08 y se aprobó el Sistema de reporte y diligenciamiento de notificaciones
electrónicas con entrega manual denominado "Noticédulas" para todas aquellas
cédulas administrativas que deben diligenciarse por los cuerpos de agentes
notificadores del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires al domicilio denunciado o constituido de las personas destinatarias;
Que, asimismo, dicho Decreto facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar todo acto
administrativo que resulte necesario, así como también para incorporar, sustituir o
derogar los formularios de los modelos de cédulas y citaciones con entrega manual,
reportados y diligenciados por el Sistema "Noticédulas";
Que por otra parte, el mencionado Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de
Ministros, cuando correspondiese, en su calidad de Autoridad de Aplicación de la Ley
N° 3304 y a la Secretaria Legal y Técnica, el dictado de las normas que resulten
necesarias a los fines de adecuar los modelos de cédulas electrónicas a utilizarse en
todos los procedimientos administrativos y especiales en que el Gobierno deba
practicar una notificación electrónica mediante el Buzón de Notificaciones, aprobado
por el Decreto N° 292/21;
Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la
Secretaría Legal y Técnica;
Que por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional de la Secretaría Legal y Técnica, contemplando a la Dirección General Mesa
de Entradas, Salidas y Archivo y se estableció dentro de las responsabilidades
primarias de la misma la de administrar la recepción, giro de oficios judiciales y
administrar el régimen de notificaciones;
Que en virtud de ello y teniendo en consideración la Ley N° 6367, resulta necesario
sustituir el artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 1-MJGGC-SECLYT/21 que
aprueba los modelos de Cédulas Electrónicas a utilizarse en todos los procesos
administrativos y especiales en que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deba
practicar una notificación electrónica, los que deberán adaptarse al lenguaje claro
establecido en la mencionada Ley;
Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello y en uso de las facultades que les fueron encomendadas por el artículo 8° del
Decreto N° 292/21,
Artículo 1°.- Sustituir el artículo 3° de la Resolución conjunta N° 1-MJGGC-
SECLYT/21, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3°.- Aprobar los modelos de cédulas electrónicas a utilizarse en todos los
procesos administrativos y especiales en que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires deba practicar una notificación electrónica, las cuales como Anexo II (IF-
2024-16243867-GCABA-MGEYA) forman parte integrante de la presente Resolución".
Artículo 2°.- Incorporar el artículo 3°Bis a la Resolución conjunta N° 1-MJGGC-
SECLYT/21 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3°Bis. - Aprobar la "Guía para el uso de los modelos de las cédulas de
notificación, notificaciones personales y citaciones", que como Anexo III (IF-2024-
17920761-GCABA-MGEYA) forma parte integrante de la presente Resolución".
Artículo 3°.- Encomendar a la Dirección General de Mesa de Entradas, Salidas y
Archivo, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica u organismo que en un futuro la
reemplace, el establecimiento de los mecanismos e instrumentos facilitadores de la
gestión administrativa de cédulas de notificación, notificación personal y citación de
uso obligatorio de las reparticiones y cédulas electrónicas, aplicable a las reparticiones
que opten por diligenciar las mismas a través del cuerpo de agentes notificadores del
área referenciada.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las
reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a los
Organismos Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, y remítase a la Dirección General Mesa General de
Entradas, Salidas y Archivo dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido,
archívese. Grindetti - Montiel