RESOLUCIÓN 489 2005 SECRETARIA DE SEGURIDAD

Síntesis:

PRORROGA LAS TAREAS DE VERIFICACIÓN PERIÓDICA ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 3° DE LA DISPOSICIÓN N° 968-DGHP-04 - SERVICIO DE CONTRALOR DE LOCALES POR HABILITAR Y HABILITADOS

Publicación:

04/07/2005

Sanción:

21/06/2005

Organismo:

SECRETARIA DE SEGURIDAD


Visto los Decretos Nros. 2.115-GCABA/03 y 467-GCABA/04 y la Disposición N° 968-DGHP/04, y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2.115-GCABA/03 se dispuso la creación, en el ámbito de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, del Servicio de Contralor de Locales por Habilitar y Habilitados en el ejido de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por el sistema implementado por la norma citada, se han obtenido invaluables resultados que han permitido velar por el cumplimiento de las obligaciones que nacen del otorgamiento de las habilitaciones de los locales emplazados en el ámbito de esta ciudad;

Que el artículo 5° del Decreto N° 467-GCABA/04 sustituyó el artículo 9° del Decreto N° 2.115-GCABA/03 estableciendo que la verificación periódica se realizará en la oportunidad que la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana establezca por vía de reglamentación, pudiendo delegar tal facultad en la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, teniendo en cuenta para ello la incorporación gradual de actividades de acuerdo a las características particulares de las mismas;

Que consecuentemente la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 968-DGHP/04, estableció para el día 22 de junio de 2004 la fecha de inicio del nuevo régimen de verificación de habilitaciones otorgadas y por otorgar con intervención de los profesionales verificadores de habilitaciones (P.V.H.);

Que por la referida disposición fueron aprobados los plazos de vigencia de las verificaciones periódicas a las que refiere el artículo 5° del Decreto N° 467-GCABA/04;

Que según lo dispuesto en el art. 13 del Decreto N° 2.115-GCABA/03 a los profesionales verificadores de habilitaciones les corresponde percibir sus honorarios por las tareas de verificación efectuadas;

Que en función a lo efectivamente erogado en la partida asignada para honorarios de los P.V.H. en el primer trimestre del corriente año, se ha realizado una estimación proporcional a valores constantes para lo que resta del año, resultando una cifra que sextuplica el actual presupuesto asignado para la partida indicada, que asciende a un millón doscientos cuarenta y ocho mil trescientos cincuenta y seis ($ 1.248.356);

Que cabe señalar que con el presupuesto aludido deben atenderse las inspecciones correspondientes a las solicitudes de habilitaciones previas y a las previstas en los artículos 12 y 18 del Decreto N° 2.516-GCABA/98;

Que habida cuenta de las graves restricciones presupuestarias en la que esta Dirección General está sumida, se ha solicitado oportunamente por Nota N° 440-DGHP/05 la correspondiente ampliación presupuestaria a efectos de atender la magnitud de los planes de verificaciones periódicas mencionadas en proporción a los honorarios de los profesionales intervinientes;

Que en atención a que la ampliación de las partidas presupuestarias no ha sido a la fecha satisfecha y toda vez que la fecha de inicio de las verificaciones periódicas anuales se ha estipulado según la Disposición N° 968-DGHP/04 para el 22 de junio del corriente año, resulta imperioso efectuar la prórroga de tales plazos;

Que, sin perjuicio de la importancia que tienen las verificaciones periódicas, consecutivas y regulares de la permanencia de las condiciones y requisitos bajo los cuales fueron otorgadas las habilitaciones, no puede soslayarse el nuevo sistema y plan de inspecciones que está instrumentando por orden de la Superioridad, la Dirección General de Fiscalización y Control, órgano que tiene en cabeza las facultades de poder de policía;

Que a través de esta implementación se han sistematizado e intensificado los controles periódicos de acuerdo a una distribución por zonas y rubros en virtud de su grado de incidencia con relación a los vecinos de esta ciudad, realizándose también operativos especiales en ella;

Que es oportuno señalar que los públicos y lamentables hechos acaecidos en el local bailable República Cromagnon el 30 de diciembre de 2004, hicieron apremiante la necesidad de corregir en forma inmediata los sistemas de control generándose para esta administración, la obligación de apresurar todos los mecanismos de verificación y control existentes en la órbita de la Subsecretaría de Control Comunal haciendo uso de los recursos ya existentes y de las estructuras organizativas que se hallaban en funcionamiento;

Que las verificaciones periódicas planificadas incumben una serie de actividades de capacitación y preparación de los profesionales intervinientes que no se encontraban operativas en esos momentos;

Que iniciar las verificaciones periódicas en el presente ejercicio presupuestario importaría no sólo acrecentar imprudentemente las importantes erogaciones que está enfrentando este organismo, sino que también significaría una superposición de tareas con la Dirección General de Fiscalización y Control que ha incrementado exponencialmente sus controles dado el escenario coyuntural aludido, lo que provocaría una ociosa actividad jurisdiccional de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que atento a lo expuesto deviene necesario prorrogar hasta el día 2 de enero de 2006 las verificaciones periódicas establecidas en el artículo 3° de la Disposición N° 968-DGHP/04;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorróganse hasta el día 2 de enero de 2006 las tareas de verificación periódica establecidas en el artículo 3° de la Disposición N° 968-DGHP/04.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Control Comunal, a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y de Fiscalización y Control, y a los Consejos Profesionales de Arquitectura y Urbanismo, de Ingeniería Civil, de Ingeniería Industrial, de Ingeniería Mecánica y Electricista y de Agrimensura. Cumplido, archívese. Gorgal

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Res. 489-SSEGU-05 Prorroga hasta 02/01/06 las tareas de verificación periódica establecidas en el art. 3° de la Disp. 968-DGHP-04