DECRETO 223 2024

Síntesis:

MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE SEGURIDAD - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - GERENCIAS OPERATIVAS - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - SECRETARÍA SEGURIDAD - SECRETARÍA COORDINACIÓN - SUBSECRETARÍA RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y ATENCIÓN A LA VÍCTIMA - SUBSECRETARÍA INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA CRIMINAL - SUBSECRETARÍA SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO - SUBSECRETARÍA EMERGENCIAS - SUBSECRETARÍA GESTIÓN ADMINISTRATIVA - SUBSECRETARÍA CAPITAL HUMANO - SUBSECRETARÍA TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - DIRECCIÓN GENERAL COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DIRECCIÓN GENERAL ESTADÍSTICA CRIMINAL Y MAPA DEL DELITO - DIRECCIÓN GENERAL SEGURIDAD COMUNAL E INVESTIGACIÓN CRIMINAL - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS - DIRECCIÓN GENERAL SEGURIDAD CIUDADANA Y ASISTENCIA AL TURISTA - DIRECCIÓN GENERAL ARTICULACIÓN COMUNAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN COMISARÍAS - DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICAS DE GÉNERO EN SEGURIDAD - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN OPERATIVA DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN OPERATIVA - DIRECCIÓN GENERAL ORDEN PÚBLICO - DIRECCIÓN GENERAL EVENTOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL LOGÍSTICA - DIRECCIÓN GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE EMERGENCIAS Y COORDINACIÓN DE BOMBEROS - DIRECCIÓN GENERAL DEFENSA CIVIL - DIRECCIÓN GENERAL ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA - DIRECCIÓN GENERAL LOGÍSTICA Y FLOTA - DIRECCIÓN GENERAL ACTIVOS DIGITALES TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y COMPENSACIONES - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE CAPITAL HUMANO - FUERA DE NIVEL - DEFENSORÍA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD (LEY N° 5688) - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA (LEY N°5688) - UNIDAD DE ENLACE DEL CONSEJO DE SEGUR Y PREV DEL DELITO - LEY N° 1689 Y COORDINACIÓN DEL PROCOM - JEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LEY N° 5847 - JEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD

Publicación:

28/05/2024

Sanción:

27/05/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos Nros. 684/09 y sus modificatorios, 387/23 y sus

modificatorios, el Expediente Electrónico N° 18127425-GCABA-DGTALMSE/24, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Seguridad;

Que mediante Decreto N° 387/23, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General;

Que por el Decreto N° 684/09, y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 5° del Decreto N° 387/23 estableció que los cargos del Régimen

Gerencial existentes a la fecha fijada en el artículo 1°, permanecerán vigentes hasta

tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada

jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones

de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del

mencionado Decreto;

Que en función a lo establecido, y atento a razones operativas, deviene necesario

aprobar el Régimen Gerencial correspondiente al Ministerio de Seguridad y en

consecuencia modificar su estructura organizativa;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de mayo de 2024, la estructura organizativa del

Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-20100533-GCABA-MSEGC) y II

(Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones) (IF-2024-

20100374-GCABA-MSEGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.

Artículo 2°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Seguridad.

Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General

Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de Prevención dependiente de la

Subsecretaría Relaciones con la Comunidad y Atención a la Víctima de la Secretaría

de Seguridad del Ministerio de Seguridad.

Artículo 4°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General

Seguridad Comunal e Investigación Criminal dependiente de la Subsecretaría

Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de

Seguridad.

Artículo 5°.- Modificar la denominación de la Dirección General Administración de

Recursos Humanos, la que pasará a denominarse Dirección General Administración

de Recursos Humanos y Compensaciones; y de la Dirección General

Compensaciones y Gestión del Capital Humano que pasará a denominarse Dirección

General Gestión del Capital Humano, ambas dependientes de la Subsecretaría de

Capital Humano de la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Seguridad.

Artículo 6°.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Seguridad deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de

la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y Subgerencias Operativas, en

virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de

Seguridad, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 9.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Seguridad. Cumplido, archívese.

MACRI - Wolff - Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en laseparata del Boletin Oficial N° 6882 - Anexo II Organigrama

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 223/24 modifica a partir del 1° de mayo de 2024, la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad, quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.</p><p>Artículo 2 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Seguridad.</p><p>Artículo 3 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de Prevención.</p><p>Artículo 4 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Seguridad Comunal e Investigación Criminal dependiente de la Subsecretaría Investigación y Estadística Criminal de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad.</p><p>Artículo 5 modifica la denominación de la Dirección General Administración de Recursos Humanos y de la Dirección General Compensaciones y Gestión del Capital Humano.</p>