ORDENANZA 45153 1991
Síntesis:
SUSTITUYE EL ARTÍCULO 12 DE LA ORDENANZA 44.485 - DEROGA LA ORDENANZA 44.690 - CERTIFICADOS DE USO INDUSTRIAL CONSOLIDADO - COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO Y CONTROL
Publicación:
07/05/1992
Sanción:
22/08/1991
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
29/04/1992
Artículo 1° - Sustitúyese el artículo 12 de la Ordenanza N° 44.485 (B.M. N° 18.882) por el siguiente:
Art. 12 - Créase una Comisión Especial de Seguimiento y Control de la presente ordenanza que estará coordinada por la Subsecretaría de Producción e integrada por el Subsecretario de Inspección General y nueve (9) representantes del Concejo Deliberante. La misma tendrá a su cargo la verificación de los trámites de otorgamiento de los certificados de Uso Industrial Consolidado, así como los relativos al párrafo 5.5.3 del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 2°- Derógase la Ordenanza N° 44.690 (B.M. N° 18.949).
Art. 3°- Comuníquese, etcétera.