DECRETO 226 2024
Síntesis:
APRUEBA PRESUPUESTO - EJERCICIO 2024 - SOCIEDAD ANÓNIMA AUTOPISTAS URBANAS - AUSA - ORGANISMO FUERA DE NIVEL BAJO LA ÓRBITA DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Publicación:
30/05/2024
Sanción:
29/05/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley Nro 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros
1000/99, 146/23, y 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N°
44387261-GCABA-AUSA/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose
la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que, por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima
autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del
Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remite a la
Oficina de Presupuesto;
Que, el citado artículo, también estableció, que los proyectos de presupuesto deben
expresar las políticas generales y los lineamientos específicos que, en materia
presupuestaria, establezca el Poder Ejecutivo y la autoridad de la jurisdicción
correspondiente;
Que asimismo, el artículo 75 de dicha Ley dispone que la Oficina de Presupuesto
analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades y prepara un
informe destacando si los mismos se encuadran en el marco de las políticas, planes y
estrategias fijadas y aconsejando los ajustes a practicar en el proyecto de presupuesto
si, a su juicio, la aprobación del mismo sin modificaciones puede causar un perjuicio
patrimonial al Estado o atentar contra los resultados de las políticas y planes vigentes;
Que, por su parte, el artículo 76 del mismo cuerpo normativo, establece que
corresponde al Poder Ejecutivo aprobar, en su caso, con los ajustes que considere
convenientes, los presupuestos de las empresas y sociedades con participación
mayoritaria del Estado;
Que, el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, reglamentario del artículo 76 de la Ley N°
70 establece que para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado
en la Ley, la Oficina de Gestión Pública debe preparar el informe de los proyectos
recibidos, así como las estimaciones presupuestarias de oficio;
Que en ese sentido, mediante el artículo 2° del Decreto N° 146/23 se aprobó el
cronograma para la Formulación de los Presupuestos de las Empresas Públicas,
Sociedades del Estado y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el
Estado de la Ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de
las decisiones societarias para el ejercicio 2024, de conformidad con el Anexo II
integrante del citado Decreto;
Que, en concordancia con lo normado, por el Expediente Electrónico mencionado en
el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2024 formulado por la
empresa Autopistas Urbanas S.A. organismo fuera de nivel en la órbita del Ministerio
de Infraestructura conforme lo establecido por el Decreto N° 387/23 y sus
modificatorios, y cuyo proyecto expone en detalle sus ingresos y egresos;
Que, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente
de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el
informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N°
70, aconsejando la aprobación del presupuesto 2024 de la mencionada Sociedad
Anónima;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 1°.- Aprobar el Presupuesto para el ejercicio 2024 de la Sociedad Anónima
Autopistas Urbanas (AUSA), Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del Ministerio de
Infraestructura, de conformidad con lo detallado en el Anexo I (IF-2024-05887811-
GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos forma parte integrante del presente
decreto.
Artículo 2°.- Estimar en la suma de pesos CIENTO CUARENTA MIL SEISCIENTOS
SESENTA MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS ($ 140.660.331.256) los ingresos corrientes y fijar en la suma de
pesos CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES
SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($
54.838.637.756), los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura en la
planilla del Anexo I (IF-2024-05887811-GCABA-DGOGPP).
Artículo 3°.- Fijar en pesos OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
NUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA
Y CINCO ($ 81.969.524.955), los gastos de capital, de acuerdo con el detalle obrante
en la planilla del Anexo I (IF-2024-05887811-GCABA-DGOGPP).
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de
Infraestructura, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y
para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Infraestructura.
Cumplido, archívese. MACRI - Bereciartua - Arengo Piragine - Grindetti