DECRETO 961 2005

Síntesis:

RATIFICACIÓN - CONVALIDACIÓN - CONTRATACIÓN DIRECTA - RATIFICA CONTRATO PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE INSPECCIÓN Y CONTROL INTEGRAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA, EN LAS ZONAS 2, 4 Y 6 - COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA S.E. -CEAMSE

Publicación:

08/07/2005

Sanción:

04/07/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 62.751/04, la Ley Nacional N° 23.354 y su Decreto Reglamentario N° 5.720-PEN/72, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el visto, tramita la contratación directa con la Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. (CEAMSE) de conformidad con los términos del apartado i), del inciso 3° del artículo 56 de la Ley de Contabilidad;

Que, el servicio cuya contratación se propicia, consiste en la inspección y control integral del servicio público de higiene urbana según la Licitación N° 6/03 -Expediente N° 54.572/02- para las zonas 2, 4 y 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, la mencionada contratación, se enmarca en lo establecido en la normativa citada, por la cual se habilita la contratación directa en aquellas contrataciones que se realicen entre reparticiones públicas o en las que tenga participación el Estado;

Que, en este sentido, es dable destacar que tal como surge del estatuto que en copia certificada se acompaña al presente expediente, el CEAMSE es una Sociedad del Estado de la cual la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como continuadora de la ex Municipalidad de la Ciudad es propietaria del cincuenta por ciento (50%), correspondiendo el restante cincuenta (50%) por ciento a la Provincia de Buenos Aires;

Que, dada la necesidad de comenzar con la prestación del servicio el día 20 de febrero de 2005, día en que comenzó el contrato para la prestación del servicio de higiene urbana de conformidad con los términos de la Licitación Pública N° 6/03, corresponde ratificar el Contrato para la prestación del Servicio de Inspección y Control Integral del Servicio Público de Higiene Urbana, suscripto por el Presidente de la Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. (CEAMSE) y el señor Secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el monto total del servicio asciende a la suma de pesos veintisiete millones ciento veinte mil ($ 27.120.000) con I.V.A. incluido, lo que implica un monto mensual para las tres zonas de pesos quinientos sesenta y cinco mil ($ 565.000) con I.V.A. incluido;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención correspondiente conforme lo establece la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Ratifícase el contrato para la prestación del servicio de inspección y control integral del servicio público de higiene urbana en las zonas 2, 4 y 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscripto entre el Presidente de la Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. y el señor Secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, el que como Anexo y a todos los efectos forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2° - Convalídase todo lo actuado respecto de los servicios de inspección y control integral del servicio público de higiene urbana en las zonas 2, 4 y 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, prestado por Coordinación Ecológica Metropolitana S.E. hasta la fecha.

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al CEAMSE, comuníquese a las Secretarías Jefe de Gabinete, de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General de Higiene Urbana y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable. Cumplido, archívese. IBARRA - Epszteyn - Albamonte - Fernández

NOTA: el Anexo que forma parte integrante del presente decreto puede ser consultado previa solicitud por escrita dirigida al Departamento Registro, que debe presentarse en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría Legal y Técnica, Avenida de Mayo 525, piso 4°, oficina 422, de lunes a viernes, de 10 a 18 horas.

Tipo de relación

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