DECRETO 232 2024

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE CULTURA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS Y ACCIONES  - SUBSECRETARÍA GESTIÓN CULTURAL - SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA - CULTURA - SUBSECRETARIAS  - POLÍTICAS CULTURALES - DIRECCIONES GENERALES - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - COMPLEJO TEATRAL CIUDAD DE BUENOS AIRES - INVESTIGACIÓN Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS CULTURALES - PROMOCIÓN DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO - PATRIMONIO MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO - COOPERACIÓN CULTURAL - MUSEO DE ARTE MODERNO - CENTRO CULTURAL RECOLETA - DE MÚSICA - FESTIVALES Y NOCHES CULTURALES - ENSEÑANZA ARTÍSTICA - CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN - FUERA DE NIVEL - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - LEY N° 2855 - EDUCACIÓN - SUBSECRETARÍAS - PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - GESTIÓN DEL APRENDIZAJE - GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - DIRECCIONES GENERALES - CARRERA DOCENTE - ESCUELA DE MAESTROS - PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE - EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - SISTEMA DE FORMACIÓN DOCENTE - ESCUELA ABIERTA A LA COMUNIDAD - PROYECTOS Y TECNOLOGÍA EDUCATIVA - SISTEMAS DE GESTIÓN ESCOLAR - INFRAESTRUCTURA ESCOLAR - MANTENIMIENTO ESCOLAR - SERVICIOS A LAS ESCUELAS - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL - EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO - FUERA DE NIVEL - UNIDAD DE EVALUACIÓN INTEGRAL DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA - UEICEE - LEY N° 5049 - UNICABA

Publicación:

05/06/2024

Sanción:

04/06/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6684, el Decreto 387/23 y sus modificatorios 186/24 y 194/24, el

Expediente Electrónico N° 21446627-GCABA-MEDGC/24, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Educación y al Ministerio

de Cultura;

Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General;

Que por el Decreto N° 186/24 se modificó la estructura orgánico funcional del

Ministerio de Educación mientras que por el Decreto N° 194/24 se modificó la

estructura orgánico funcional del Ministerio de Cultura;

Que, de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente modificar la estructura

de los Ministerios de Cultura y de Educación;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de junio de 2024, la estructura organizativa del

Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-21460623-GCABA-MEDGC) y II

(Responsabilidades primarias, Objetivos y Acciones) (IF-2024-21461201-GCABA-

MEDGC), y del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires de acuerdo con los Anexos III (Organigrama) (IF-2024-21602953-GCABA-

MCGC) y IV (Responsabilidades primarias y Descripción de acciones) (IF-2024-

21603091-GCABA-MCGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.

Artículo 2°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Gestión

Cultural del Ministerio de Cultura.

Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Tecnología Educativa del Ministerio de Educación.

Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, respecto del personal,

patrimonio y presupuesto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por las señoras Ministras de

Educación, y Cultura por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe

de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica y Administrativa dependiente del Ministerio de Cultura y a la Dirección General

Dirección General de Personal Docente y No Docente del Ministerio de Educación.

Cumplido, archívese. MACRI - Miguel - Ricardes - Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

ANEXOI- Organigrama (Ministerio de Educación)

ANEXOII- Responsabilidades primarias, Objetivos yAcciones

ANEXOIII- Organigrama (Ministerio de Cultura)

ANEXOIV- Responsabilidades primarias, Objetivos yAcciones

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto 232/24 modifica la estructura organizativa del Ministerio de Educación y del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando parcialmente modificado el Decreto 387/23.</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Gestión Cultural del Ministerio de Cultura.</p><p>Artículo 3° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Tecnología Educativa del Ministerio de Educación.</p>