RESOLUCIÓN 930 2024 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
APRUEBA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - AUTORIDADES SUPERIORES - DIRECCIÓN GENERAL - SERVICIOS DE ATENCIÓN PERMANENTE - GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL - PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS - DIRECCIÓN OPERATIVA - ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL ÁREA PRESIDENCIA - SUBDIRECCIÓN OPERATIVA - UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA - SOPORTE DE AUDITORIA I - SOPORTE DE AUDITORIA II - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
11/06/2024
Sanción:
05/06/2024
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Estado:
No vigente
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 11 de junio del 2024.
VISTO: Las Leyes Nros. 114 (texto consolidado conforme Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 446/17, 387/23 y su modificatorio N° 140/24 y 478/23, las Resoluciones
Nros. y 422/CDNNyA/06 y sus modificatorias y ampliatorias, el Expediente electrónico
N° 20816548-GCABA-CDNNYA/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le
incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de niños,
niñas y adolescentes y goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía
financiera;
Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta nivel de
Dirección General y
Que mediante Decreto N° 140/24 se estableció la dependencia funcional de este
Consejo bajo la órbita del Jefe de Gobierno;
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión a través de acciones centrales para la consecución de ese
objetivo como la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas;
Que, atento al tiempo transcurrido desde la sanción de la Resolución N° 422-
CDNNYA/06, sus modificatorias y ampliatorias, que aprobó el marco orgánico
institucional de este Consejo, resulta procedente unificar la normativa existente en
materia de estructura y misiones y funciones de cada dependencia del organismo en
un único cuerpo bajo criterios uniformes;
Que, asimismo, resulta necesario reformular la denominación, misiones y funciones de
diversas dependencias reordenando la estructura orgánica a un nuevo diseño
adecuado a las líneas de acción de este organismo mediante la agrupación de áreas
de acuerdo con la modalidad de funciones y temática desarrollada;
Que, en consecuencia, resulta conveniente realizar modificaciones en la estructura
organizativa correspondiente a las unidades de conducción superior de este Consejo
de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines de viabilizar un mejor
desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia en el ejercicio de sus
competencias;
Que la modificación implica la creación de la Dirección Operativa de Intervenciones
Especiales y Enlace con Extraña Jurisdicción, dependiente de la Dirección General de
Programas Descentralizados, bajo la órbita de la Vicepresidencia de este Organismo;
Que conforme al artículo 7° del Decreto N° 446/ /17 los organismos autárquicos, previo
a realizar modificaciones de su estructura orgánico funcional, con el fin de constatar la
disponibilidad presupuestaria, deberán contar con el acuerdo del Jefe de Gabinete de
Ministros y del Ministro de Hacienda y Finanzas el que deberá estar precedido de la
evaluación del titular del Ministerio en cuya órbita se ubique el organismo;
Que en ese sentido, han tomado intervención la Secretaría Legal y Técnica de la
Jefatura de Gobierno, la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Hacienda
y Finanzas;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 114 y en virtud del Decreto
N° 478/23,
Artículo 1°.- Aprobar, a partir del 1° de mayo de 2024, la estructura organizativa del
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de Buenos
Aires, con relación a Autoridades superiores; Direcciones Operativas y Subdirecciones
Operativas, de acuerdo con los Anexos I (IF-2024-22149968-GCABA-CDNNYA)
(Organigrama) y II (IF-2024-22151920-GCABA-CDNNYA) (Responsabilidades
Primarias y Descripción de acciones), los que a todos sus efectos forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de Buenos
Aires deberá informar, en un plazo de treinta (30) días, a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la asignación de la
dotación de la Jurisdicción a las distintas unidades de conducción superior, en virtud
de lo establecido en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento a la presente resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas y a la Secretaría Legal y Técnica de la Jefatura de Gobierno Para su
conocimiento y demás efectos, remítase al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Onco
ANEXOS
ANEXOII -ResponsabilidadesPrimarias y Descripción de acciones