DISPOSICIÓN 293 2024 CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO

Síntesis:

APRUEBA - PLAN OPERATIVO - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO

Publicación:

12/06/2024

Sanción:

07/06/2024

Organismo:

CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 2.148 (texto consolidado por la Ley N° 6.588),y N° 5.688 (texto

consolidado por la Ley N° 6.588), y los Decretos N°2.252/99, N° 695/2009, N°

387/2023, las Disposiciones N° 41/DGCATRA/2024 y sus modificatorios, y el EX-2024-

20541300-GCABA-DGCATRA y

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto N° 695/2009, se actualizó el Plan Director de Emergencias

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el acaecimiento de incidentes graves,

por medio de un sistema coordinado e integrado y la administración eficiente de los

recursos humanos y técnicos, ello con un flujo de información constante y actualizada

entre los eventuales actores, y del manejo de la situación de emergencia por parte de

la Subsecretaría de Emergencias en función de sus atribuciones;

Que, el referido Plan Director de Emergencias de la Ciudad prevé como autoridad de

aplicación del mismo, a la Subsecretaría de Emergencias, y proporciona respuestas

ante situaciones de amenazas a la comunidad de origen natural y antrópica, que

puedan afectar la seguridad, la vida de las personas y el ambiente, expuestos al

peligro;

Que, mediante la organización de las instituciones involucradas para responder a los

eventos adversos, el instrumento expuesto constituye la herramienta para que el

GCBA declare la emergencia, desastre y/o zona de emergencia en la Ciudad, según la

complejidad de los escenarios, con el propósito de resolver el listado amenazas

previstas;

Que mediante Ley N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), se establecen las

bases jurídicas e institucionales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función,

organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e

institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y

estrategias de seguridad pública;

Que por medio del artículo 500 del referido plexo normativo se determinó que el

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte es la autoridad de control del

tránsito y el transporte en la Ciudad de Buenos Aires, según lo determinado en el

artículo 1.1.3 del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley N° 2.148 y sus

modificatorias;

Que conforme surge del artículo 501 de la Ley 5.688, el Cuerpo de Agentes de Control

de Tránsito y Transporte es un cuerpo civil, uniformado, no armado, debidamente

identificado, que tiene como misión hacer cumplir las disposiciones del Código de

Tránsito y Transporte, el ordenamiento y control del tránsito peatonal y vehicular

incluido todo tipo de transporte, la difusión entre la población de los principios de

prevención, seguridad vial y movilidad sustentable y la asistencia y participación en los

programas de educación vial que se establezcan;

Que, por su parte, el artículo 507 de la misma Ley, dispone que el Cuerpo de Agentes

de Control de Tránsito y Transporte está a cargo de un Director General que tendrá las

funciones que le otorga el artículo 509 que a su vez, faculta al Director General del

Cuerpo de Agentes de Tránsito a dirigirlo ejecutiva y operativamente, así como

también velar por el cumplimiento de las funciones de dicho cuerpo;

Que teniendo en cuenta la importancia institucional del Cuerpo de Agentes de Tránsito

en el Sistema Integral de Seguridad Pública, se torna necesaria y oportuna la

implementación de un actual plan operativo ante situaciones que se generen por las

diferentes amenazas con el objeto de aplicar las más eficientes modalidades y

estrategias en la gestión de los recursos, tanto materiales como humanos, a los fines

de la mitigación y contención de probables catástrofes;

Que la Subsecretaría de Tránsito ha tomado intervención y dado conformidad al

trámite aquí propiciado;

Que por todo lo antedicho corresponde aprobar el Plan Operativo de la Dirección

General del Cuerpo de Agentes de Tránsito, dictando el pertinente acto administrativo

con fundamento en lo expuesto;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 387/2023.

EL DIRECTOR GENERAL

DEL CUERPO AGENTES DE TRÁNSITO

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan Operativo de la de la Dirección General Cuerpo de

Agentes de Tránsito obrante como Anexo IF 2024-22548983-GCABA-DGCATRA, el

que en todas sus partes integra el presente acto dispositivo, en el marco del Plan

Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que entra en

vigencia a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 2°.- Dar registro, publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, comunicar para su conocimiento a la Subsecretaría de Tránsito,

Subsecretaria de Emergencias y la Secretaría de Transporte. Cumplido, archivar.

Ricciardi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6893

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 388/DGCATRA/24 deja sin efecto la Disposición N° 293/DGCATRA/2024.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 293/DGCATRA/24 aprueba el Plan Operativo de la de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito en el marco del Decreto N° 695/2009.</p>