DECRETO 246 2024

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS OBJETIVOS Y ACCIONES - SECRETARÍA - MANTENIMIENTO URBANO - SUBSECRETARÍA - ADMINISTRACIÓN - HIGIENE - ORDENAMIENTO URBANO - PAISAJE URBANO - MANTENIMIENTO - GESTIÓN COMUNAL - DIRECCIÓN GENERAL - TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CONTROL DE GESTIÓN - MONITOREO Y SISTEMAS - COMUNICACIÓN - LIMPIEZA - RECICLADO - PERMISOS Y FERIAS - FISCALIZACIÓN - REGENERACIÓN URBANA - CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO - PARQUE DE LA CIUDAD - PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE INTERVENCIONES URBANAS - OBRAS EN VÍAS PEATONALES - ALUMBRADO - SISTEMA PLUVIAL - ESPACIOS VERDES Y ARBOLADO - OBRAS COMUNALES - CEMENTERIOS - FUERA DE NIVEL - ENTE DE HIGIENE URBANA - LEY N° 462 - ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL - EMUI - LEY N° 473

Publicación:

13/06/2024

Sanción:

12/06/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.684, los Decretos Nros. 684/09 y sus modificatorios y 387/23 y

sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 21656158-GCABA-MEPHUGC/24, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Espacio Público e Higiene

Urbana;

Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General;

Que por el Decreto N° 684/09, y sus modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 5° del Decreto N° 387/23 estableció que los cargos del Régimen

Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2023, permanecerán vigentes hasta tanto

se apruebe la estructura orgánico funcional del referido Régimen en cada jurisdicción o

hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones de

designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del

mencionado Decreto;

Que en función a lo establecido, y atento a razones operativas, deviene necesario

aprobar el Régimen Gerencial correspondiente al Ministerio de Espacio Público e

Higiene Urbana y, en consecuencia modificar su estructura organizativa;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de mayo de 2024, la estructura organizativa del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-22190453-

GCABA-MEPHUGC) y II (Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones) (IF-

2024-22191426-GCABA-MEPHUGC), los que a todos sus efectos forman parte

integrante del presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto N°

387/23.

Artículo 2°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Higiene,

dependiente del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.

Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias y la dependencia de la Dirección

General Planificación y Coordinación de Intervenciones Urbanas, que pasará a

depender de la Secretaría de Mantenimiento Urbano.

Artículo 4°.- Modificar las responsabilidades primarias de las Direcciones Generales

Limpieza y Reciclado dependientes de la Subsecretaría de Higiene; de la Dirección

General Fiscalización dependiente de la Subsecretaría de Ordenamiento Urbano; de la

Dirección General Obras en Vías Peatonales dependiente de la Subsecretaría de

Mantenimiento, y de la Dirección General Obras Comunales y de la Dirección General

Espacios Verdes y Arbolado, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión

Comunal, todas dependientes del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.

Artículo 5°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Espacio Público e Higiene Urbana deberá informar, en un plazo de 30 días, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y

Subgerencias Operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente

Decreto.

Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Espacio

Público e Higiene Urbana, por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor

Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.

Cumplido, archívese. MACRI - Baistrocchi - Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

ANEXO I - Organigrama

ANEXO II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 246/24 modifica a partir del 1° de mayo de 2024, la estructura organizativa del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.</p><p>Articulo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Higiene, dependiente del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.</p><p>Articulo 3° modifica las responsabilidades primarias y la dependencia de la Dirección General Planificación y Coordinación de Intervenciones Urbanas, que pasará a depender de la Secretaría de Mantenimiento Urbano.</p><p>Articulo 4° modifican las responsabilidades primarias de las Direcciones Generales Limpieza y Reciclado dependientes de la Subsecretaría de Higiene; de la Dirección General Fiscalización dependiente de la Subsecretaría de Ordenamiento Urbano; de la Dirección General Obras en Vías Peatonales dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento, y de la Dirección General Obras Comunales y de la Dirección General Espacios Verdes y Arbolado, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión Comunal, todas dependientes del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. </p>