RESOLUCIÓN 2118 2005 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

APRUEBA EL OTORGAMIENTO DE ADELANTOS DE SUBSIDIOS - APROBACIÓN - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ADECUACIÓN DE CLUBES DE CULTURA

Publicación:

18/07/2005

Sanción:

06/07/2005

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto la Carpeta N° 5.649-SC/05 y;

CONSIDERANDO:

Que, por medio de los Decretos Nros. 1.020-GCABA/04 y 115-GCABA/05 se ha aprobado y prorrogado el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, las referidas normas delegan en el titular de la Secretaría de Cultura, la facultad de conceder estos subsidios;

Que, por la Resolución N° 277-SC/05, se reglamentaron los citados decretos y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias;

Que, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se caracteriza por la importante actividad cultural desarrollada, ya sea llevada a cabo por personas físicas o jurídicas, entre otras, que implementan actividades;

Que, desde la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/05, el Gobierno de la Ciudad ha realizado una enumeración taxativa de los requisitos necesarios para salvaguardar las condiciones de seguridad de los Clubes de Cultura definidos en el mencionado decreto;

Que, asimismo y, en función de los requisitos precitados, muchos espacios culturales requieren el apoyo del Estado para poder refaccionar las instalaciones a fin de adecuarse a la normativa vigente en el más breve lapso posible;

Que, la adecuación de los Clubes de Cultura a la normativa vigente en materia habilitatoria, encuentra su principal obstáculo en la imposibilidad económica de sus titulares para afrontar los gastos inherentes a la presentación del trámite y al cumplimiento de los puntos planteados por el mencionado decreto de necesidad y urgencia;

Que, por todo lo expuesto, resulta necesario efectivizar un adelanto de los citados subsidios con el objeto de afrontar los gastos propicios para el comienzo del trámite habilitatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el otorgamiento de un monto no superior a pesos dos mil ($ 2.000) en concepto de adelanto del subsidio a percibir a aquellos espacios culturales que lo solicitaren y resultaren beneficiarios en los términos de la Resolución N° 798-SC/05, con el objeto de afrontar los gastos inherentes a la presentación del trámite habilitatorio y/o al cumplimiento de los requisitos planteados por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/05.

Artículo 2° - El área sustantiva de esta línea de subsidios, emitirá dictamen, indicando los beneficiarios y montos correspondientes a los adelantos de subsidios anteriormente mencionados.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales y a las Direcciones Generales de Industrias Culturales y Diseño, de Contaduría y Tesorería. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 3193-05 Modifica el Art. 1 de la Res. 2118-05 - aprueba montos no superiores a dos mil pesos en concepto de subsidio a clubes de cultura