RESOLUCIÓN 220 2024 MINISTERIO DE JUSTICIA
Síntesis:
DELEGA FACULTAD - APROBAR Y REGLAMENTAR PROGRAMAS DE GESTIÓN - TITULARES DE LAS SECRETARÍAS Y SUBSECRETARÍAS - MINISTERIO DE JUSTICIA - DELEGACIÓN DE FACULTADES - PROCEDIMIENTO - INTERVENCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Publicación:
19/06/2024
Sanción:
13/06/2024
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA
VISTO: La Ley N° 6.684 y su modificatoria, los Decretos Nros. 578/16 y 387/23 y sus
modificatorios, el Expediente Electrónico N° 23134886-GCABA-MJGC/24 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, previéndose en su artículo 13 la facultad del Poder Ejecutivo de
delegar en el Jefe de Gabinete de Ministros, en los Ministros y en los Secretarios del
Jefe de Gobierno, las facultades relacionadas con las materias que les competen, de
acuerdo con lo que se determine expresa y taxativamente por Decreto;
Que, asimismo, por el artículo 14 de la referida ley se establece la posibilidad de que
los Ministros deleguen la resolución de asuntos relativos al régimen económico y
administrativo de sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme
con su organización;
Que por su parte, por el Decreto N° 578/16 se estableció que el Vicejefe de Gobierno,
los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los
programas de gestión, en el marco de su respectiva competencia pudiendo delegar
dicha facultad, en funcionarios que se desempeñen hasta el nivel de Subsecretarios
de sus respectivas estructuras organizativas, quienes podrán aprobar incluso,
programas que prevean la entrega de subsidios, becas y premios, dentro de la
previsión presupuestaria para el ejercicio que deba ejecutarse;
Que la creación de programas de gestión permite la articulación de acciones
tendientes a la satisfacción y ejecución de políticas públicas impulsadas por las áreas
para el cumplimiento de sus responsabilidades primarias;
Que en virtud de lo expuesto, en pos de lograr una mayor eficiencia y celeridad de los
procedimientos administrativos llevados a cabo para la creación y ejecución éstos los
programas de gestión, resulta oportuno delegar en los titulares de las Secretarías y
Subsecretarías del Ministerio de Justicia la facultad establecida en el artículo 1° del
Decreto N° 578/16.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 578/16,
Artículo 1°.- Delegar en los titulares de las Secretarias y Subsecretarias dependientes
de éste Ministerio de Justicia la facultad de aprobar y reglamentar los programas de
gestión, en el marco de sus respectivas competencias.
Artículo 2°.- Establecer, sin perjuicio de la delegación efectuada por el articulo
precedente, la obligatoriedad de la previa intervención de la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal de éste Ministerio de Justicia.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Secretaría de Trabajo y Empleo, a la Secretaría de Justicia, a la
Subsecretaría de Relaciones Gubernamentales, y a la Subsecretaría de Registro y
Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos. Para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este
Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Tapia