ORDENANZA 48725 1994
Síntesis:
INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE NOMENCLATURA URBANA - CREACIÓN DE COMISIONES - INTEGRANTES - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)
Publicación:
20/12/1994
Sanción:
10/11/1994
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
02/12/1994
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Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
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Artículo 1° - Intégrase la Comisión Permanente de Nomenclatura Urbana a fin de dar cumplimiento con el artículo 2° de la Ordenanza N° 46.495 (B.M. N° 19.492) compuesta por un (1) funcionario de la Comisión de Cultura y Difusión del Concejo Deliberante; un (1) representante del Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, un (1) representante de la Dirección General de Espacios Verdes; un (1) representante de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro.
Art. 2° - La Comisión tendrá su sede, indistintamente, en la Comisión de Cultura y Difusión del Concejo Deliberante y en el Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires y deberá ser integrada dentro de los treinta (30) días de sancionada la presente.
Art. 3° - La Comisión fijará su mecánica de trabajo, como los días y las horas de reunión.
Art. 4° - La labor de la Comisión consistirá en Asesorar a las reparticiones y/o autoridades que así lo soliciten, debiendo expedirse fundadamente y con pruebas cuando así lo juzgue necesario.
Art. 5° - La Comisión efectuará los estudios y trabajos que se le encomienden.
Art. 6° - Podrá proponer modificaciones que coadyuven a dar lucimiento y claridad histórica a los temas relacionados con su misión.
Art. 7° - Comuníquese, etcétera.