DISPOSICIÓN 21 2024 F/N UNIDAD DE ENLACE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCION DEL DELITO Y COORDINACION DEL PROCOM

Síntesis:

INICIA - PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO BENEFICIARIAS -  IMPLEMENTACIÓN PROGRAMA PARA LA DESCONTAMINACIÓN COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES -  UNIDAD DE ENLACE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓNDEL DELITO - LEY 1689 Y COORDINACIÓN DEL PROCOM - SE DESIGNAN INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE LAS PROPUESTAS - SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DIEGO TARANTO - SUBSECRETARÍA RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y ATENCIÓN A LA VÍCTIMA FELIPE IGNACIO CASCANTE - POR ESTA UNIDAD DE ENLACE ALEJANDRO GÓMEZ HARO 

Publicación:

15/07/2024

Sanción:

11/07/2024

Organismo:

F/N UNIDAD DE ENLACE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCION DEL DELITO Y COORDINACION DEL PROCOM


VISTO: La Ley Nacional N° 26.348, las Leyes Nros. 342, 5.835 (textos consolidados

por Ley N° 6.588), 6.540, los Decretos Nros. 248/23, 387/23, las Resoluciones Nros.

377/MJYSGC/12 y sus modificatorias, 365/MJYSGC/22, 401/SSSCOP/22 y

20/SSPVCS/23, el Expediente Electrónico N° 22741774-GCABA-UECSYPD/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 342 (texto consolidado por Ley N° 6.588) regula el régimen aplicable a

vehículos abandonados en la vía pública, reconociendo expresamente el peligro que

aquellos generan para la salud de la población, la seguridad pública, y la afectación al

medio ambiente, y por tanto, quedan sujetos al procedimiento de descontaminación y

compactación vehicular;

Que, el procedimiento regulado en la Ley precitada, tiene reflejo normativo en el

ámbito nacional mediante la Ley Nacional N° 26.348 de descontaminación,

compactación y disposición en calidad de chatarra de automotores abandonados,

perdidos, decomisados o secuestrados, y que, además, contempló el procedimiento de

disposición en los supuestos de automotores judicializados, a los cuales, aplica un

proceso de similares características al aprobado en el ámbito de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que el artículo 3° de la Ley N° 6.540, que sustituyó el artículo 1° de la Ley N° 5.835

del Régimen Aplicable a Moto Vehículos Retenidos, dispone: "Artículo 1°.- Ámbito de

aplicación. Los Moto Vehículos retenidos que no hayan sido retirados en el plazo de

quince (15) días hábiles desde la fecha de notificación del acta de infracción y

constatación de su estado general en los términos del artículo 5.6.1.c.8 último párrafo

del Anexo A-Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires-de la Ley N° 2148, se los considerará abandonados...", quedando sujetos al

procedimiento establecido en dicha norma, y en su caso, al posterior procedimiento de

reducción, mientras que su artículo 2° prevé similares consecuencias para los casos

de vehículos infraccionados, no retirados oportunamente;

Que la Resolución N° 377/MJYSGC/12, modificada parcialmente por la Resolución N°

314/MJYGC/16, creó en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, el Programa

de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (PROCOM), para la implementación de los procedimientos

correspondientes, a los vehículos que se encuentren depositados en predios

pertenecientes a la competencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y aprobó el

Manual Operativo de dicho Programa;

Que el artículo 4° de la Resolución N° 365/MJYSGC/22, encomendó a la entonces

Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Orden Público, la elaboración de un nuevo

Marco Regulatorio aplicable al procedimiento de reducción de vehículos depositados

en predios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictando las normas y

procedimientos técnicos para el cumplimiento de los lineamientos allí establecidos;

Que así, mediante Resolución N° 401/SSSCOP/22 se aprobó el "MANUAL

OPERATIVO DE DESCONTAMINACIÓN, DESGUACE, RECICLADO,

REUTILIZACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE VEHÍCULOS DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES", glosado en el Informe N° IF-2022-

29134240-GCABA-DGCOPE;

Que en consecuencia se firmó el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de

Justicia y Seguridad y la Cámara de Grabadores de Autopartes de Vehículos y

Motovehículos, registrado por la Dirección General Escribanía General bajo el Nro. RL-

2022-34638351-DGEGRAL, en el marco de las competencias conferidas según el

artículo 1° del Decreto N° 112/17;

Que a su vez, la Cláusula Quinta del Convenio establece que " (...) Por otra parte, del

total de lo producido en el marco de la ejecución del Programa, "LA CÁMARA"

dispondrá en beneficio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del cinco

por ciento (5%) de lo obtenido en cada una de las etapas del proceso, debiendo

depositar dichas sumas en la cuenta bancaria que oportunamente le notificará "EL

MINISTERIO". Asimismo, del noventa y cinco por ciento (95%) restante, "LA

CÁMARA" dispondrá un dos por ciento (2%) a efectos de ser destinado a una Entidad

de Bien Público de reconocida trayectoria que le será indicada oportunamente, y de

modo fehaciente, desde "LA SUBSECRETARÍA" (...) ";

Que, asimismo, la entonces Subsecretaría de Prevención y Vinculación Ciudadana en

Seguridad preveía dentro de sus responsabilidades primarias la de supervisar el

Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y entender en las funciones conferidas por las

Leyes Nros. 342, 6.353 y 5.835 o las que en el futuro las reemplacen;

Que, a su vez, entre los objetivos y descripción de acciones de la Unidad de Enlace

del Consejo de Seguridad y Prevención del Delito Ley N° 1.689 y Coordinación del

PROCOM dependiente de la mencionada Subsecretaría, se prevé los de coordinar las

acciones del Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final y

Coordinar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las Leyes Nros. 342, 6.353

y 5.835 o las que en el futuro las reemplacen;

Que a través de la Resolución N° 20/SSPVCS/23, la entonces Subsecretaría de

Prevención y Vinculación Ciudadana en Seguridad aprobó el procedimiento para la

designación de una Entidad de Bien Público beneficiaria del dos por ciento (2%) del

producido de la ejecución del Programa de Descontaminación, Compactación y

Disposición Final de Automotores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(PROCOM), conforme a la Cláusula Quinta del Convenio mencionado;

Que cabe mencionar que mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entre ellos, al

Ministerio de Seguridad;

Que a su vez, mediante el Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, estableciendo las misiones y funciones de las

dependencias que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad;

Que conforme se desprende de las misiones y funciones otorgadas por el Decreto N°

387/23, dentro de las propias de la Subsecretaría Relaciones con la Comunidad y

Atención a la Víctima se encuentra la de "Supervisar el Programa de

Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires";

Que a su vez, y a los efectos de cumplimentar con la designación de la Comisión

Evaluadora que establece el punto

4.1.C del Anexo de la Resolución N° 20/SSPVCS/23, en consideración de las misiones

y funciones establecidas por el Decreto N° 387/23, es dable interpretar como

continuadora de la entonces Secretaría de Administración, Justicia y Soporte

Operativo de Seguridad a la actual Secretaría de Coordinación;

Que a través de las Notas Nro. NO-2024-22187999-GCABA-SSRCAV y NO-2024-

23539572-GCABA-SECC, y en el marco de lo normado por el Punto 4.1.C del Anexo

de la Resolución N° 20/SSPVCS/23, se comunicó que el representante de la

Subsecretaría Relaciones con la Comunidad y Atención a la Víctima para la

conformación de la Comisión Evaluadora de Propuestas será Felipe Ignacio Cascante,

C.U.I.L. N° 23-39171349-9, correo electrónico: f.cascante@buenosaires.gob.ar y que

el representante de la Secretaría de Coordinación será Diego Taranto

C.U.I.L. N° 20- 26577161-1; correo electrónico: d.taranto@buenosaires.gob.ar;

Que por parte de esta Unidad de Enlace del Consejo de Seguridad y Prevención del

Delito - Ley N° 1.689- y Coordinación del Procom, corresponde designar a Alejandro

Gómez Haro C.U.I.L. N° 20-36873184-7, correo electrónico:

agomezharo@buenosaires.gob.ar, como representante en la integración de la

Comisión Evaluadora de Propuestas;

Que corresponde destacar que al día de la fecha, el monto correspondiente al 2% de

lo producido, conforme al tercer párrafo de la Cláusula Quinta del Convenio registrado

bajo el Nro. RL-2022-34638351-DGEGRAL, de acuerdo al último informe remitido,

asciende a la suma de pesos seis millones doscientos treinta y ocho mil trescientos

sesenta y ocho con 69/00 ($ 6.238.368,69.-), conforme se desprende del Informe N°

IF-2024-22749165-GCABA-UECSYPD;

Que en tal sentido, corresponde dictar el acto administrativo a fin de llevar a cabo el

procedimiento de designación establecido en el Anexo de la Resolución N°

20/SSPVCS/23.

Por ello, de acuerdo con lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades

conferidas por el Punto 4.1. del Anexo de la Resolución N° 20/SSPVCS/23,

EL TITULAR

DE LA UNIDAD DE ENLACE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN

DEL DELITO - LEY N° 1.689- Y COORDINACIÓN DEL PROCOM

DISPONE:

Artículo 1°.- Iniciar el Procedimiento de Designación de Entidades de Bien Público

Beneficiarias de lo producido de la implementación del Programa para la

Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (PROCOM), conforme lo establecido en la Resolución N°

20/SSPVCS/23, fijando como fecha de apertura para la presentación de las

propuestas por parte de las Entidades de Bien Público el 12 de julio de 2024, y como

fecha de clausura el 1 de agosto de 2024.

Artículo 2°.- Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de las Propuestas,

conforme el Punto 4.1.C. del Anexo de la Resolución N° 20/SSPVCS/23, por la

Secretaría de Coordinación al Sr. Diego Taranto, D.N.I. N° 26.577.161, por la

Subsecretaría Relaciones con la Comunidad y Atención a la Víctima al Sr. Felipe

Ignacio Cascante, D.N.I. N° 39.171.349 y por esta Unidad de Enlace del Consejo de

Seguridad y Prevención del Delito -Ley N° 1.689- y Coordinación del Procom al Sr.

Alejandro Gómez Haro D.N.I. N° 36.873.184.

Artículo 3°.- Las Entidades de Bien Público interesadas en participar del procedimiento

dispuesto en el artículo 1° de la presente, deberán presentar la documentación y

cumplimentar con los términos y condiciones establecidos en el Anexo N° IF-2024-

23658922-GCABA-UECSYPD, el cual forma parte integrante de la presente.

Artículo 4°.- Establecer como correo electrónico para la recepción de las propuestas y

la documentación requerida la casilla adminprocom@buenosaires.gob.ar.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Secretaría de Coordinación, a la Subsecretaría Relaciones con la

Comunidad y Atención a la Víctima y a la Dirección General Técnica Administrativa y

Legal del Ministerio de Seguridad de la Ciudad. Iribas


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6912

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1°.de la Disposicion 21-UECSYPD-24 inicia el Procedimiento de Designación de Entidades de Bien Público<br />Beneficiarias de lo producido de la implementación del Programa para la Descontaminacion Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires (PROCOM) procedimiento creado por la Resolucion 20-SSPVCS-23</p><p>Artículo 2°.- Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de las Propuestas conforme el Punto 4.1.C. del Anexo </p>