DECRETO 812 1988

Síntesis:

PROMULGA ORDENANZA N° 42.589

Publicación:

22/02/1988

Sanción:

10/02/1988

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Atento que, de conformidad con lo establecido en el Inciso h) del artículo 31 del Decreto Ley N° 19.987 (B.M. N° 14.454), la Ordenanza N° 42.589 (Expediente N° 98.067), cuyo texto obra precedentemente ha quedado automáticamente promulgada, dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, gírese copia a la Dirección General Legislativa de ese Honorable Cuerpo y para su conocimiento y demás fines, remítase a las Secretarías de Obras Públicas, de Servicios Públicos, de Gobierno, de Cultura, de Educación, de Salud Pública y Medio Ambiente y General de la Intendencia.

El presente decreto será refrendado por el Secretario de Obras Públicas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGA
Dto. 812-88 promulga Ord. N° 42.589 Sustituye art. 1° e incorpora art. 6° de la Ord. N° 39.892 - Obligatoriedad en la construcción de vados o rampas para discapacitados