DISPOSICIÓN 34 2024 DIRECCIÓN GENERAL DE MÚSICA
Síntesis:
APRUEBA - APERTURA DE INSCRIPCIÓN - SISTEMA DE CURSOS DICTADOS POR PROFESIONALES DE LA INDUSTRIA DE LA MÚSICA - BASES Y CONDICIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE MÚSICA - PROGRAMA ESTUDIO URBANO
Publicación:
18/07/2024
Sanción:
12/07/2024
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE MÚSICA
VISTO: La constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes 2176 y
6684, el Decreto N° 387/GCABA/23 y sus modificatorios, el Decreto N° 32-AJG/2022,
las Resoluciones RESOL-2022-2651-GCABA-MCGC y RESOL-2024-729-GCABA-
MCGC, la Disposición N° DI-2024-3-GCABA-DGMUS y el Expediente Electrónico N°
EX-2024-12416123-GCABA-DGMUS, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
27° que "la Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y
gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y
cultural";
Que, a su vez, en el artículo 32, declara que la Ciudad "garantiza la democracia
cultural (...) promueve la capacitación profesional de los agentes culturales; procura la
calidad y jerarquía de las producciones artísticas e incentiva la actividad de los artistas
nacionales";
Que la Ley 2176 tiene por objeto promover los derechos culturales previstos en el
artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Ley de Ministerios N° 6684, en su artículo 8°, determina que cada Ministro,
como integrante del Gabinete, deberá, entre otras funciones, intervenir en la
determinación de los objetivos políticos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, así como en la asignación de prioridades y en la aprobación de planes,
programas y proyectos, y promover y fortalecer la iniciativa privada en función del bien
común a través de la coordinación de las funciones y acciones de sus organismos
dependientes y las de éstos con las del ámbito privado;
Que asimismo, conforme lo establece el artículo 24° de la mencionada norma,
corresponde al Ministro de Cultura, diseñar e implementar las políticas, planes y
programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural, orientar las
manifestaciones artístico-culturales promoviendo y realizando actividades de
formación especializada en estas áreas, promover las actividades culturales de interés
comunitario, fomentar y estimular la creación artística y el desarrollo científico a través
del reconocimiento económico y el estímulo al mérito, entre otras;
Que por Decreto N° 387/GCABA/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
hasta el nivel de Dirección General, estableciendo dentro de las responsabilidades
primarias de la Dirección General de Música la de implementar acciones destinadas a
acercar a los jóvenes a la disciplina musical a través del Programa Estudio Urbano;
Que Estudio Urbano funciona desde 2007 como un espacio de formación y promoción
de la actividad musical, bajo la órbita de esta Dirección General;
Que por Resolución RESOL-2022-2651-GCABA-MCGC se creó en el ámbito de esta
Dirección General de Música el Programa "Estudio Urbano" focalizado en la
profesionalización, formación, promoción, difusión y divulgación de la actividad
musical, sonora y de creación de podcast;
Que por el artículo 2° de la referida Resolución, se designó a esta Dirección General
como la Autoridad de Aplicación para la realización de las convocatorias y actividades
enmarcadas en el programa "Estudio Urbano", estando facultada para adoptar las
decisiones reglamentarias y operativas necesarias para su implementación, incluidas
el establecimiento de fechas, llamados y el dictado de Actos Administrativos
necesarios para su implementación;
Que por RESOL-2024-729-GCABA-MCGC se aprobaron los valores de los cursos y
talleres que se desarrollarán en el primer y segundo cuatrimestre del 2024 en el
Centro de Formación y Capacitación "Estudio Urbano";
Que por la Disposición N° DI-2024-3-GCABA-DGMUS se aprobó en el marco del
Programa Estudio Urbano, la apertura de un sistema de cursos dictados por
profesionales de la industria de la música en los términos de lo establecido en el
Anexo I de "Bases y Condiciones", identificado bajo N° de 2024-12353122-GCABA-
DGMUS;
Que, en ese contexto corresponde el dictado del pertinente acto administrativo que
apruebe la apertura de inscripción al sistema de cursos correspondiente al segundo
cuatrimestre del año en curso.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Aprobar en el marco del Programa Estudio Urbano, la apertura de
inscripción al sistema de cursos dictados por profesionales de la industria de la música
en los términos de lo establecido en el Anexo I de "Bases y Condiciones" identificado
bajo N° IF-2024-26490784-GCABA-DGMUS, que forma parte integral de la presente
Disposición.
Artículo 2°.- Aprobar el Anexo II "Detalle de cursos" N° de IF-2024-26490874-GCABA-
DGMUS, que forma parte integral de la presente Disposición.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y
demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Cultural y al Ministerio de
Cultura. Cumplido, archívese. Mozzi
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6915 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6915 ANEXO 2