DECRETO 271 2024

Síntesis:

VIGENCIA: A PARTIR DEL 1° DE AGOSTO DE 2024  - MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - SECRETARIA - BIENESTAR INTEGRAL - SUBSECRETARÍA - CULTURA CIUDADANA Y DERECHOS HUMANOS - AMBIENTE - TRANSFORMACIÓN CULTURAL Y RESPONSABILIDAD SOCIAL - DE LA MUJER - DIRECCIÓN GENERAL - COLECTIVIDADES Y MIGRANTES - POLÍTICA Y ESTRATEGIA AMBIENTAL - RESPONSABILIDAD SOCIAL - AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LA MUJER - PROMOCIÓN Y BIENESTAR SOCIAL - CONVIVENCIA EN LA DIVERSIDAD - ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN AMBIENTAL - CULTURA DEL SERVICIO PÚBLICO - PROMOCIÓN DE DERECHOS DE LAS MUJERES - PROMOCIÓN DE DERECHOS PARA PERSONAS MAYORES - ENTIDADES - DESARROLLO SOSTENIBLE Y ECONOMÍA CIRCULAR - COOPERACIÓN Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - POLÍTICAS DE JUVENTUD - CIUDAD AMIGABLE - RELACIONES INSTITUCIONALES Y COMUNICACIÓN - FUERA DE NIVEL - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY N° 447 - CONSEJO ASESOR EN POLÍTICAS PÚBLICAS DE MEMORIA - LEY N° 4929 - UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CABA - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - LEY N° 2628 - CONSEJO DE GESTIÓN DEL PARQUE DE LA MEMORIA Y DEL MONUMENTO A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO - LEY N° 3078

Publicación:

22/07/2024

Sanción:

19/07/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos Nros. 684/09 y sus modificatorios, 387/23 y sus

modificatorios, el Expediente Electrónico N° 27260071-GCABA -DGTALAVJG/24, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;

Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General;

Que, asimismo, por Decreto N° 197/24 se modificó la estructura organizativa de la

Vicejefatura de Gobierno;

Que por el Decreto N° 684/09, y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en función a lo establecido y atento a razones operativas, deviene necesario

modificar la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de agosto de 2024, la estructura organizativa de

la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con

los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-27340068-GCABA-DGTALAVJG) y II

(Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones) (IF-2024-27340486-GCABA-

DGTALAVJG), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente

Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.

Artículo 2°.- Modificar los objetivos y la dependencia funcional del Órgano Fuera de

Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS) Ley N° 447, el que actuará bajo la órbita de la Vicejefatura de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Establecer que el titular del Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena

Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) Ley N° 447,

tendrá rango, nivel y atribuciones de Subsecretario.

Artículo 4°.- Designar al Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e

Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) Ley N° 447, como autoridad

de aplicación de la Ley N° 921.

Artículo 5°.- Crear la Dirección General Vida Independiente e Inclusión Económica y la

Dirección General Accesibilidad Universal, ambas dependientes del Órgano Fuera de

Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS) Ley N° 447.

Artículo 6°.- Modificar las responsabilidades primarias y la dependencia funcional de la

Dirección General Investigación de Políticas para Personas con Discapacidad, la que

pasará a depender del Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e

Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) Ley N° 447.

Artículo 7°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Secretaría de Bienestar

Integral dependiente de la Vicejefatura de Gobierno.

Artículo 8°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de

Gobierno deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de la dotación

de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y Subgerencias Operativas, en virtud de lo

establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 9°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 10.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 11.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese.

MACRI - Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El artículo 1° del Decreto 271/2024 modifica a partir del 1° de agosto de 2024, la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno.</p><p>El artículo 2° modifica los objetivos y la dependencia funcional del Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), el que actuará bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>El artículo 3° establece que el titular del Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), tendrá rango, nivel y atribuciones de Subsecretario.</p><p>El artículo 4° designa al Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación eInclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), como autoridad de aplicación de la Ley 921.</p><p>El artículo 5° crea la Dirección General Vida Independiente e Inclusión Económica y la Dirección General Accesibilidad Universal, ambas dependientes del Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS).</p><p>El artículo 6° modifica las responsabilidades primarias y la dependencia funcional de la Dirección General Investigación de Políticas para Personas con Discapacidad, la que pasará a depender del Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS).</p><p>El artículo 7° modifica las responsabilidades primarias de la Secretaría de Bienestar Integral dependiente de la Vicejefatura de Gobierno.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 4° del Decreto N° 271/24 designa al Órgano Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación eInclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) Ley N° 447, como autoridad de aplicación de la Ley N° 921.</p>