CIRCULAR 5 2024 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
DEROGA CIRCULAR N° 5-SGCBA-16 - ESTABLECE PROCEDIMIENTO - EMISIÓN DE INFORMES DE AUDITORÍA ANUALES SOBRE LA PUBLICACIÓN DE CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
24/07/2024
Sanción:
19/07/2024
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Buenos Aires, 19 de julio de 2024
A: Titulares de Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones o
entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Síndico/a General Adjunto/a, Gerentes/as Generales Auditoría Jurisdicción I y II,
Gerente/a General Auditoría de Comunas, y Gerente/a Operativo/a Relaciones
Institucionales de la Sindicatura General de la Ciudad.
REF: Procedimiento para la emisión de los Informes de Auditoría anuales sobre la
publicación de contratos de locación de servicios. Deroga Circular N° 5-SGCBA/16.
En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución de la Ciudad de Buenos
Aires, la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y vista la Circular N° 5-
SGCBA/16, se emite la presente.
El artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de
las normas de control interno, con facultad de dictar las normas que permitan la
estructuración y mantenimiento de un eficiente y eficaz sistema de control interno.
La Ley de Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires establece que los órganos de gobierno, organismos de
control y organismos descentralizados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben
remitir trimestralmente a la Secretaría Legal y Técnica del Poder Ejecutivo, para su
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, un listado que detalle nombre y apellido,
monto, tiempo de locación y funciones de las personas humanas contratadas para
prestar servicios técnicos, profesionales u operativos.
Mediante el Anexo I de la Circular N° 5-SGCBA/16 se aprobó el procedimiento para la
emisión de los Informes de Auditoría anuales sobre la publicación en el Boletín Oficial
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BOCBA) de los contratos de locación de
servicios.
A fin de lograr la mejora continua del Sistema de Control Interno y una mayor eficacia
y eficiencia en los procesos que desarrolla esta Sindicatura General, deviene
necesario actualizar el procedimiento mencionado anteriormente y derogar la Circular
N° 5-SGCBA/16.
En razón de lo expuesto, las Unidades de Auditoría Interna deberán verificar el
cumplimiento, por parte de los responsables de los organismos que componen la
administración pública centralizada y descentralizada, de la publicación en el BOCBA
del listado de los contratos de servicios técnicos, profesionales u operativos
celebrados en la jurisdicción o entidad auditada.
Dicha verificación comprende el deber de requerir trimestralmente al área de recursos
humanos de la jurisdicción o entidad auditada, un listado que contenga el nombre y
apellido, monto, tiempo de locación y funciones de las personas humanas contratadas
para prestar servicios técnicos, profesionales u operativos en dicho organismo, y la
documentación correspondiente que acredite su remisión a la Secretaría Legal y
Técnica para publicación en el BOCBA.
El requerimiento mencionado deberá solicitarse por Nota mediante el Módulo de
Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE), y dirigirse al área de recursos humanos de la jurisdicción o
entidad auditada, el que deberá responderse utilizando el mismo medio de
comunicación.
La Unidad de Auditoría Interna deberá controlar que los contratos de servicios
técnicos, profesionales u operativos incluidos en dicho listado se encuentren
efectivamente publicados en la Sección "Trimestrales" del BOCBA.
Para ello, se deberá verificar y tener en cuenta las contrataciones tramitadas mediante
el Módulo Locación de Obras y Servicios (LOyS) del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos (SADE).
El control efectuado servirá de base para la confección del Informe de Auditoría anual
que cada una de las Unidades de Auditoría Interna deberá integrar a la Planificación
Anual y elevar a esta Sindicatura General, en el mes de febrero.
Dicho Informe contendrá el grado de cumplimiento de la obligación que surge de la
Ley de Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Quedan excluidos del presente procedimiento aquellos organismos fuera de nivel cuyo
presupuesto dependa directamente del Ministerio de su jurisdicción.
Por todo lo expuesto, se instruye a las Unidades de Auditoría Interna de cada
jurisdicción o entidad dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a proceder conforme lo establecido en la presente Circular.
Se deroga la Circular N° 5-SGCBA/16. Freda