RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 12 2024 SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO
Síntesis:
ESTABLECE - TRAMO C - CUADROS TARIFARIOS - APROBADOS POR RESDI-2024-5-GCABA-SBASE - CUYA APLICACIÓN SE ENCONTRABA PREVISTA ORIGINARIAMENTE PARA EL DÍA 1° DE AGOSTO DE 2024 - TENDRÁ VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE OCTUBRE DE 2024 - ANEXO II C
Publicación:
26/07/2024
Sanción:
24/07/2024
Organismo:
SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO
VISTO: la Ley N° 4.472 (texto consolidado por Ley N° 6.588 al 28 de febrero de 2022)
que dispone la regulación y reestructuración del Sistema de Transporte Ferroviario de
Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
Ley N° 6 (texto consolidado por Ley N° 6.588 al 28 de febrero de 2022) y su
modificatoria N° 6.629, la Ley N° 210 (texto consolidado por Ley N° 6.588 al 28 de
febrero de 2022), la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.588 al 28 de febrero
de 2022), el Decreto N° 147 del 19 de marzo de 2024, la Resolución RESDI-2024-5-
GCABA-SBASE y el EX-2024-04632772-GCABA-SBASE, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.472 (texto consolidado por Ley N° 6.588), dispuso la regulación y
reestructuración del servicio público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de
Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUBTE),
asumiéndolo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la misma ley, en sus artículos 4, 5 y concordantes, designó a Subterráneos de
Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) como Autoridad de Aplicación del
mencionado servicio público, estableciendo que tendrá a su cargo el desarrollo y la
administración del sistema de infraestructura del SUBTE, su mantenimiento, y la
gestión de los sistemas de control de la operación del servicio.
Que por Resolución de Directorio RESDI-2024-5-GCABA-SBASE de fecha 8 de mayo
de 2024 se aprobaron los nuevos cuadros tarifarios para la explotación del Servicio
Subte y Premetro, con entrada en vigor a partir del 17 de mayo de 2024.
Que los nuevos cuadros tarifarios establecieron una actualización de la tarifa en tres
tramos: el Tramo A, con vigencia a partir del 17 de mayo de 2024 y con una tarifa
plena de $ 574 para el Subte y de $ 200,90 para el Premetro; el Tramo B, con vigencia
a partir del 1° de junio de 2024 y con una tarifa plena de $ 650 para el Subte y de
$ 227,50 para el Premetro; y el Tramo C, con vigencia a partir del 1° de agosto de 2024
y con una tarifa plena de $ 757 para el Subte y de $ 264,95 para el Premetro,
contemplando además una tarifa diferenciada para las tarjetas SUBE sin nominalizar,
de $ 859,07 en el caso del Subte y de $ 300,67 para el Premetro.
Que en otro escenario, el Operador del servicio del Subte y Premetro -Emova
Movilidad S.A.- se encuentra ejecutando un proceso de recambio tecnológico de los
equipos validadores, incluyendo la renovación de todos los molinetes de la Red de
Subte y Premetro.
Que la actualización tecnológica contempla también la migración de todas las
franquicias (tales como los abonos social, estudiantil y maestro, y los pases de
jubilados y pensionados o aquellas personas con discapacidad, entre otros) a un
sistema de Contactless, en reemplazo de la Subtepass de tecnología obsoleta.
Que, sin embargo, debido a los cambios en las normativas de comercio exterior
durante el mes de diciembre de 2023, las negociaciones iniciadas por Nación Servicios
S.A. con los proveedores extranjeros para implementar la renovación tecnológica
resultan inviables y de cumplimiento imposible, motivo por el cual el Operador Emova
Movilidad S.A. ha asumido realizar las gestiones de manera directa con el proveedor,
con el objetivo de lograr el cambio tecnológico lo antes posible.
Que mediante NOTA E-TIP N° 1569/24 (IF-2024-26850650-GCABA-SBASE) el
Operador procedió a informar el estado de avance del proceso de provisión del
equipamiento necesario, puntualmente los validadores que reemplazan los existentes
obsoletos y los cabezales de los molinetes que se corresponden con el visor del nuevo
validador.
Que el Operador ha informado a SBASE sobre la actual congestión portuaria,
especialmente en los puertos de China, debido a la situación de conflictividad en el
Mar Rojo -entrada a Canal de Suez- que ha causado demoras imprevistas en el
tránsito de los buques y ha retrasado la llegada de los cabezales al Puerto de Buenos
Aires para el día 25/08/2024.
Que respecto a los validadores, el Operador advirtió que los mismos se encuentran
todavía en producción en China, los cuales, una vez terminados, serán remitidos a
Buenos Aires por vía aérea con fecha estimada de arribo, nacionalización y puesta en
Taller Bonifacio la última semana de agosto del corriente, previendo a partir de allí, un
plazo de 21 días hábiles para su instalación en la red.
Que con todo ello, la implementación de la nueva tecnología podrá ser materializada a
fines del mes de septiembre de este año.
Que sobre ello se ha expedido la Dirección General de SBASE mediante IF-2024-
27480602-GCABA-SBASE, considerando que resultaría un accionar mucho más
eficiente desde la intervención y manipulación del sistema tecnológico de molinetes,
posponer para el día 1° de octubre de 2024 la entrada en vigor del tramo C de los
cuadros tarifarios aprobados por RESDI-2024-5-GCABA-SBASE, luego de haberse
concretado efectivamente la migración de dicho sistema.
Que el artículo 35 de la Ley N° 4472 (texto ordenado por Ley N° 6.588) establece que
SBASE tendrá las funciones y competencias de "...16) fijar y aplicar las tarifas, cuadros
tarifarios y tarifas de interés social del Servicio Subte" .
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención de su competencia en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218.
Que en uso de las facultades legales conferidas por la Ley N° 4.472, SBASE, como
autoridad de aplicación del SERVICIO SUBTE, se encuentra facultada para el dictado
de la presente.
Por ello,
ARTÍCULO PRIMERO: Establecer que el Tramo C de los cuadros tarifarios aprobados
por RESDI-2024-5-GCABA-SBASE, cuya aplicación se encontraba prevista
originariamente para el día 1° de agosto de 2024, tendrá vigencia a partir del 1° de
octubre de 2024, conforme el nuevo Anexo II.C (IF-2024-27476873-GCABA-SBASE)
que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Secretaría de Gobierno y Vínculo
Ciudadano, quien comunicará al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que tome conocimiento. Asimismo,
comuníquese a la firma concesionaria del servicio, Emova Movilidad S.A. para su
implementación. Cumplido, archívese. Alabuenas - Moreno - Ibañez - De Stefano