DECRETO 274 2024

Síntesis:

CREA - PLAN DE ANÁLISIS DE DOTACIONES ÓPTIMAS - ESTABLECE - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - ENCOMIENDA - ESTABLECER EL CALENDARIO POR JURISDICCIÓN 

Publicación:

29/07/2024

Sanción:

26/07/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 6684, el Expediente Electrónico 27831810-GCABA-SSGRH/24, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 6684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplando, entre ellos, al Ministerio de

Hacienda y Finanzas;

Que en el artículo 18 punto 11 de la citada Ley, se establece que le corresponde al

Ministerio de Hacienda y Finanzas, diseñar e implementar las políticas de gestión y

administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que en virtud de ello, y en el marco de las políticas de gestión, planificación y análisis

de las dotaciones de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, el Ministerio de Hacienda y Finanzas propicia la creación del "Plan de

Análisis de Dotaciones Óptimas" con el objetivo de establecer parámetros objetivos,

racionales y evidenciables para un funcionamiento eficaz y sustentable de la

Administración Pública local;

Que para tal fin resulta necesario crear el "Plan de Análisis de Dotaciones Óptimas",

cuyo objeto es administrar de forma más eficiente los recursos humanos,

estableciendo la dimensión y composición de los equipos de trabajo necesaria para el

cumplimiento de los procesos y servicios de cada área del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que en ese sentido, resulta necesario establecer al Ministerio de Hacienda y Finanzas

como la autoridad de aplicación del presente Plan, delegándosele la facultad de dictar

las normas reglamentarias, aclaratorias, ampliatorias e interpretativas necesarias para

su aplicación;

Que asimismo, resulta conveniente encomendar al citado Ministerio a establecer el

calendario por jurisdicción, el desarrollo y ejecución del detalle de los objetivos y

etapas establecidas en el Anexo I (IF-2024-27852571-GCABA-SSGRH) del artículo 1°

del presente decreto, para la realización de los análisis de dotación óptima del

personal del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Crear el "Plan de Análisis de Dotaciones Óptimas", de acuerdo con los

objetivos y etapas establecidas en el Anexo I (IF-2024-27852571-GCABA-SSGRH),

que forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Establecer como autoridad de aplicación del plan creado por el artículo 1°

del presente Decreto, al Ministerio de Hacienda y Finanzas, delegándose la facultad

de dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, ampliatorias e interpretativas

necesarias para su aplicación.

Artículo 3°.- Encomendar al Ministerio de Hacienda y Finanzas a establecer el

calendario por jurisdicción, el desarrollo y ejecución del detalle de los objetivos y

etapas establecidas en el Anexo I (IF-2024-27852571-GCABA-SSGRH) del artículo 1°

del presente decreto, para la realización de los análisis de dotación óptima del

personal del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Establecer que las autoridades superiores con rango no inferior a

Director/a General o equivalente deberán suministrar la información solicitada por la

autoridad de aplicación del plan, de acuerdo a lo requerido en cada etapa.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, entes

descentralizados, entes autárquicos, y a los organismos fuera de nivel, a la Sindicatura

General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y a la Subsecretaría

de Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Cumplido, archívese. MACRI - Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6922

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>El artículo 1° de la Resolución 2871/MHFGC/26 crea el Programa DOTAR, complementando el Decreto 274/24.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 6657-MHFGC/24 aprueba el detalle de las etapas del Plan de Análisis de Dotaciones Óptimas, previstas en el artículo 1° del Decreto N° 274/24.</p>