RESOLUCIÓN 2871 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
CREA - PROGRAMA DOTAR - CAPACITACIÓN - TRANSFERENCIA DEL PERSONAL - ORGANISMOS - REPARTICIONES - PLAN ANUAL DE DOTACIONES - PERFILES LABORALES - SOBREDOTACIÓN - SUBDOTACIÓN - MOVILIDAD INTERNA - INCENTIVO SALARIAL - ESTÍMULO DE CARÁCTER NO REMUNERATIVO - CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO - REUBICACIÓN DE AGENTES - PERSONAL DE GOBIERNO - PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN Y MOVILIDAD - LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DEL PROGRAMA DOTAR ES LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - INSTITUTO DE CAPACITACIÓN DE LA CIUDAD -
Publicación:
01/07/2026
Sanción:
29/06/2026
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: las Leyes 471, y 6.684, los Decretos 387/23 y 274/24, el Expediente EX-2026-
29629354-GCABA-SSGRH, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley 471 se regulan las relaciones laborales en la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en el Capítulo XI
las situaciones especiales de revista;
Que el artículo 56 de la ley citada establece cuáles son las situaciones especiales y
dispone que el personal puede revistar en forma transitoria y excepcional, conforme a
normas que regulen la materia en: ejercicio de un cargo superior, comisión de
servicios, adscripción o en disponibilidad;
Que el inciso k) del artículo 2° de la ley mencionada, consagra como uno de los
principios de las relaciones de empleo público, el establecimiento de un régimen de
movilidad funcional que permita la mejor utilización de los recursos humanos sobre la
base del respeto a la dignidad personal de los trabajadores de la Ciudad y en
correlación con el empleo de métodos sistemáticos y permanentes de formación
profesional;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la cual, en su artículo 18 inciso 11, establece como
competencia del Ministerio de Hacienda y Finanzas la de diseñar e implementar las
políticas de gestión de administración de los recursos humanos del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel
de Dirección General;
Que por el Decreto 274/24 se aprobó el Plan Anual de Dotaciones Óptimas, cuyo
objeto es administrar de forma más eficiente los recursos humanos, estableciendo la
dimensión y composición de los equipos de trabajo necesarios para el cumplimiento de
los procesos y servicios de cada área del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que de acuerdo a los diversos estudios de dotación realizados en el marco del Plan de
Dotaciones mencionado, diversas reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires tuvieron como resultado sobredotación y subdotación;
Que en dicho marco, resulta pertinente crear un programa que tenga como objetivo
capacitar al personal de planta permanente y planta transitoria de aquellas
reparticiones en las que ciertos perfiles cuentan con sobredotación y, en
consecuencia, reubicarlos en reparticiones que cuentan con perfiles con subdotación.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley 6.684,
Artículo 1°.- Crear el "Programa DOTAR", de acuerdo a los lineamientos establecidos
en el Anexo I (IF-2026-29641690-GCABA-SSGRH), que forma parte integrante de esta
Resolución.
Artículo 2°.- Establecer el procedimiento para la incorporación y movilidad de los
agentes encuadrados en el Programa DOTAR, de acuerdo a lo establecido en el
Anexo II (IF-2026-29642269-GCABA-SSGRH), que forma parte integrante de esta
Resolución.
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación del Programa Dotar es la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, dependiente de este Ministerio, la que estará
facultada para dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, complementarias y
operativas que resulten necesarias para su implementación.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a
todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones
con rango o responsabilidades equivalentes, organismos descentralizados, entidades
autárquicas, órganos inte Arengo Piragine