RESOLUCIÓN 353 2024 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Síntesis:
ENCOMIENDA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA, PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN DE LAS OBRAS DENOMINADAS READECUACIÓN VIAL Y PUESTA EN VALOR DEL AUTÓDROMO OSCAR Y JUAN GÁLVEZ, APERTURA DE CALLES E INTERVENCIÓN DE VIALIDADES Y ESPACIOS CIRCUNDANTES A LA EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SA - LEY 5732
Publicación:
02/08/2024
Sanción:
28/06/2024
Organismo:
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
VISTO: Las Leyes Nros. 5732 y 6684, los Decretos Nros. 49/18 y 387/23 y sus
modificatorios, el Expediente N°EX-2024-24733834-GCABA-DGTALMI, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.732 tiene por objeto el desarrollo de un plan integral, social, cultural,
deportivo y comercial, tendiente a la integración, urbanización, recuperación,
reposicionamiento y jerarquización del Autódromo "Oscar y Juan Gálvez" de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con impacto económico y cultural en beneficio del Área de
Desarrollo Sur de la Ciudad;
Que asimismo por la Ley N° 5.732 se autorizó al Poder Ejecutivo a constituir un
fideicomiso en los términos del Capítulo 30, Título IV, Libro Tercero del Código Civil y
Comercial de la Nación, mediante el aporte de los derechos de uso, goce y explotación
del inmueble de dominio público correspondiente al Autódromo "Oscar y Juan Gálvez"
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en Av. Coronel Roca N° 6.902;
Que en tal sentido, mediante el Decreto N° 49/18 se aprobó el Contrato de
Fideicomiso a suscribirse con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el cual fue
suscrito en fecha 28 de febrero de 2018 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en línea con lo expuesto, se propicia un proyecto de "Readecuación Vial y puesta
en valor del Autódromo Oscar y Juan Gálvez, apertura de calles e intervención de
vialidades y espacios circundantes" emplazado en la Comuna 8 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires sobre una superficie de 198 ha, que implica la
readecuación vial de la pista y la apertura de calles de servicios conforme los
estándares dispuestos en las normas FIA (Federation Internationale de L'automobile),
FIM (Fédération Internationale de Motocyclisme) y entes internacionales asociados al
deporte automotor, así como la intervención de las vialidades circundantes de acceso
al Autódromo "Oscar y Juan Gálvez" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicho proyecto, además, contempla la instalación de los medios tecnológicos e
infraestructura de servicios necesarios para incrementar la seguridad vial del sector,
puesta en valor de la infraestructura existente y nueva infraestructura edilicia,
verificación y ajustes necesarios de la red pluvial del sector, el aprovechamiento de los
espacios verdes existentes, así como la realización de tareas en las vialidades y
espacios circundantes para facilitar la circulación y los accesos al predio;
Que por lo antes descripto el proyecto constituye un significativo beneficio social para
los vecinos de la Comuna 8 y para toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
contemplándose al Ministerio de Infraestructura, que asumió las funciones que
anteriormente poseía el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte como Autoridad
de Aplicación de la concesión otorgada a Autopistas Urbanas S.A.;
Que Autopistas Urbanas S.A. es un Organismo Fuera de Nivel dependiente del
Ministerio de Infraestructura;
Que por otra parte, Autopistas Urbanas S.A. conforme lo establecido en su estatuto
constitutivo tiene la facultad de realizar actividades conexas y/o complementarias a su
objeto principal, entre ellas, las construcciones de obras públicas y/o privadas,
mediante su diseño, proyecto, ejecución, dirección y supervisión;
Que Autopistas Urbanas S.A. posee vasta experiencia e idoneidad comprobada en la
proyección, supervisión y ejecución de obras viales destinadas a la Puesta en Valor de
Autodromo Oscar y Juan Gálvez;
Que por todo lo expuesto precedentemente resulta pertinente encomendar a
Autopistas Urbanas S.A. la ejecución del Estudios y Documentación Técnica, el
Proyecto Ejecutivo y Construcción e Inspección de las obras denominadas
"Readecuación Vial y puesta en valor del Autódromo Oscar y Juan Gálvez, apertura de
calles e intervención de vialidades y espacios circundantes".
Por ello, en uso de las facultades establecidas por el Decreto N° 387/23 y sus
modificatorios,
Artículo 1°.- Encomendar a la empresa Autopistas Urbanas S.A. en el marco de la Ley
N° 5732 la realización de Estudios y Documentación Técnica, Proyecto Ejecutivo y
Construcción e Inspección de las obras denominadas "Readecuación Vial y puesta en
valor del Autódromo Oscar y Juan Gálvez, apertura de calles e intervención de
vialidades y espacios circundantes".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a Autopistas Urbanas S.A. Cumplido, archívese. Bereciartua