RESOLUCIÓN 353 2024 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Síntesis:

ENCOMIENDA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA, PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN DE LAS OBRAS DENOMINADAS READECUACIÓN VIAL Y PUESTA EN VALOR DEL AUTÓDROMO OSCAR Y JUAN GÁLVEZ, APERTURA DE CALLES E INTERVENCIÓN DE VIALIDADES Y ESPACIOS CIRCUNDANTES A LA EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SA - LEY 5732

Publicación:

02/08/2024

Sanción:

28/06/2024

Organismo:

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA


VISTO: Las Leyes Nros. 5732 y 6684, los Decretos Nros. 49/18 y 387/23 y sus

modificatorios, el Expediente N°EX-2024-24733834-GCABA-DGTALMI, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.732 tiene por objeto el desarrollo de un plan integral, social, cultural,

deportivo y comercial, tendiente a la integración, urbanización, recuperación,

reposicionamiento y jerarquización del Autódromo "Oscar y Juan Gálvez" de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, con impacto económico y cultural en beneficio del Área de

Desarrollo Sur de la Ciudad;

Que asimismo por la Ley N° 5.732 se autorizó al Poder Ejecutivo a constituir un

fideicomiso en los términos del Capítulo 30, Título IV, Libro Tercero del Código Civil y

Comercial de la Nación, mediante el aporte de los derechos de uso, goce y explotación

del inmueble de dominio público correspondiente al Autódromo "Oscar y Juan Gálvez"

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en Av. Coronel Roca N° 6.902;

Que en tal sentido, mediante el Decreto N° 49/18 se aprobó el Contrato de

Fideicomiso a suscribirse con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el cual fue

suscrito en fecha 28 de febrero de 2018 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en línea con lo expuesto, se propicia un proyecto de "Readecuación Vial y puesta

en valor del Autódromo Oscar y Juan Gálvez, apertura de calles e intervención de

vialidades y espacios circundantes" emplazado en la Comuna 8 de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires sobre una superficie de 198 ha, que implica la

readecuación vial de la pista y la apertura de calles de servicios conforme los

estándares dispuestos en las normas FIA (Federation Internationale de L'automobile),

FIM (Fédération Internationale de Motocyclisme) y entes internacionales asociados al

deporte automotor, así como la intervención de las vialidades circundantes de acceso

al Autódromo "Oscar y Juan Gálvez" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho proyecto, además, contempla la instalación de los medios tecnológicos e

infraestructura de servicios necesarios para incrementar la seguridad vial del sector,

puesta en valor de la infraestructura existente y nueva infraestructura edilicia,

verificación y ajustes necesarios de la red pluvial del sector, el aprovechamiento de los

espacios verdes existentes, así como la realización de tareas en las vialidades y

espacios circundantes para facilitar la circulación y los accesos al predio;

Que por lo antes descripto el proyecto constituye un significativo beneficio social para

los vecinos de la Comuna 8 y para toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

contemplándose al Ministerio de Infraestructura, que asumió las funciones que

anteriormente poseía el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte como Autoridad

de Aplicación de la concesión otorgada a Autopistas Urbanas S.A.;

Que Autopistas Urbanas S.A. es un Organismo Fuera de Nivel dependiente del

Ministerio de Infraestructura;

Que por otra parte, Autopistas Urbanas S.A. conforme lo establecido en su estatuto

constitutivo tiene la facultad de realizar actividades conexas y/o complementarias a su

objeto principal, entre ellas, las construcciones de obras públicas y/o privadas,

mediante su diseño, proyecto, ejecución, dirección y supervisión;

Que Autopistas Urbanas S.A. posee vasta experiencia e idoneidad comprobada en la

proyección, supervisión y ejecución de obras viales destinadas a la Puesta en Valor de

Autodromo Oscar y Juan Gálvez;

Que por todo lo expuesto precedentemente resulta pertinente encomendar a

Autopistas Urbanas S.A. la ejecución del Estudios y Documentación Técnica, el

Proyecto Ejecutivo y Construcción e Inspección de las obras denominadas

"Readecuación Vial y puesta en valor del Autódromo Oscar y Juan Gálvez, apertura de

calles e intervención de vialidades y espacios circundantes".

Por ello, en uso de las facultades establecidas por el Decreto N° 387/23 y sus

modificatorios,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Encomendar a la empresa Autopistas Urbanas S.A. en el marco de la Ley

N° 5732 la realización de Estudios y Documentación Técnica, Proyecto Ejecutivo y

Construcción e Inspección de las obras denominadas "Readecuación Vial y puesta en

valor del Autódromo Oscar y Juan Gálvez, apertura de calles e intervención de

vialidades y espacios circundantes".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a Autopistas Urbanas S.A. Cumplido, archívese. Bereciartua

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 353-MIGC/24 encomienda a la empresa Autopistas Urbanas S.A., en el marco de la Ley 5732, la realización de Estudios y Documentación Técnica, Proyecto Ejecutivo y Construcción e Inspección de las obras denominadas Readecuación Vial y puesta en valor del Autódromo Oscar y Juan Gálvez, apertura de calles e intervención de vialidades y espacios circundantes.</p>