RESOLUCIÓN 409 2024 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Síntesis:
ENCOMIENDA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA, PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN DE LAS OBRAS PROYECTO AVENIDAS PORTEÑAS AV. INDEPENDENCIA EN LA TRAZA COMPRENDIDA DESDE AV. JUJUY HASTA AV. LA PLATA A LA EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SA - LEY 3060
Publicación:
02/08/2024
Sanción:
30/07/2024
Organismo:
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
VISTO: Las Leyes Nros. 3.060 y sus modificatorias, el Decreto N° 387/23 y sus
modificatorios, y el expediente N° EX-2024-26778706-GCABA-DGINURB, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 3.060, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires otorgó
la concesión de obra pública de la Red de Autopistas y vías interconectadas de la
Ciudad de Buenos Aires a la empresa Autopistas Urbanas S.A. por un plazo de veinte
años;
Que el artículo 2° de dicha Ley establece que entre los objetos de la concesión se
encuentra la ejecución de las obras públicas viales aprobados por la autoridad de
aplicación;
Que en virtud de lo establecido en el artículo 7° de la Ley 3.060, el entonces Ministro
de Desarrollo Urbano o el organismo que lo reemplace en el futuro, es la autoridad de
aplicación de la concesión de obra pública otorgada a la empresa Autopistas Urbanas
S.A.;
Que por Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
contemplándose al Ministerio de Infraestructura, que asumió las funciones que
anteriormente poseía el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte como Autoridad
de Aplicación de la concesión otorgada a Autopistas Urbanas S.A.;
Que Autopistas Urbanas S.A. es un Organismo Fuera de Nivel dependiente del
Ministerio de Infraestructura;
Que, por otra parte, Autopistas Urbanas S.A. debe ejecutar las obras que la Autoridad
de Aplicación le encomiende, en el marco de lo establecido en el artículo 7° de la Ley
N.° 3.060;
Que, en virtud del informe N° IF-2024-27104857-GCABA-DGINURB elaborado por la
Dirección General de Infraestructura Urbana, se propicia el proyecto de "Avenidas
porteñas Avenida Independencia" que busca valorizar la impronta simbólica,
paisajística y ambiental de las avenidas, reordenando sus usos y flujos, incrementando
la presencia peatonal y tiempo de estancia, y mejorando el flujo vehicular
incrementando la presencia peatonal y tiempo de estancia, y mejorando el flujo
vehicular;
Que dicho proyecto, tiene como principal objetivo la puesta en valor y revitalización de
una de las principales arterias viales de la Ciudad a través del mejoramiento de su
calidad espacial y ambiental;
Que, se busca volver a la avenida más amigable y atractiva para su uso vecinal y
comercial, y se desarrolla en los barrios de Balvanera, San Cristóbal, Boedo y
Almagro, pertenecientes a las Comunas 3 y 5. La traza del proyecto comprende 17
cuadras (2,2km) desde Av. Jujuy hasta Av. La Plata;
Que Autopistas Urbanas S.A. posee idoneidad comprobada en la proyección,
supervisión y ejecución de obras viales y teniendo en consideración que tal empresa
resulta competente para llevar adelante los proyectos enunciados, la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Infraestructura propone
encomendar su realización a dicha empresa;
Que de tal modo, dado el marco normativo citado y lo informado por las áreas que
tomaron intervención, resulta pertinente encomendar a Autopistas Urbanas S.A. la
ejecución de las obras hidráulicas públicas comprendidas en el "Avenidas Porteñas
Av. Independencia- Av. Nazca";
Que la Unidad de Contralor de Concesión de Obras Viales tomó intervención en el
proyecto en el marco de sus competencias, mediante informe IF-2024-27136337-
GCABA-SSPO.
Por ello, en uso de las facultades establecidas por las Leyes 3.060 y sus
modificatorias, y el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Encomendar a la empresa Autopistas Urbanas SA en el marco de la Ley
N° 3.060 la realización del Proyecto Ejecutivo y la ejecución de las obras Proyecto
Avenidas Porteñas Av. Independencia en la traza comprendida desde Av. Jujuy hasta
Av. La Plata.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a Autopistas Urbanas S.A., y para su conocimiento y demás efectos
remítase a la Unidad de Contralor de Concesiones de Obras Viales (UCCOV).
Cumplido, archívese. Bereciartua