DISPOSICIÓN 19 2024 DIRECCION GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO

Síntesis:

APRUEBA LINEAMIENTOS - IMPLEMENTACIÓN DE LA OFERTA FORMATIVA EN EL IDIOMA INGLÉS PARA ADULTOS - CIUDAD BILINGÜE - PLAN ESTRATÉGICO BUENOS AIRES APRENDE

Publicación:

07/08/2024

Sanción:

30/07/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO


VISTO: La Ley Nacional de Educación N° 26.206 y sus modificatorias, la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.684, los Decretos Nros. 387/23 y

sus modificatorios 186/24 y 232/24, la Resolución N° 1602-MEDGC/24, el Expediente

Electrónico N° 27748717-GCABA-DGAHPEF/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias establecen que el Ministerio de

Educación de la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

promoverán propuestas de Educación No Formal destinadas a cumplir con el objetivo

de "desarrollar programas y acciones educativas que den respuesta a los

requerimientos y necesidades de capacitación y reconversión productiva y laboral",

entre otros;

Que la citada ley establece en su artículo 4° la responsabilidad principal e indelegable

del Estado Nacional y de las jurisdicciones locales de proveer una educación integral,

permanente y de calidad para todos los habitantes de la Nación;

Que la Ley N° 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le

confiere dicha ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios 186/24 y 232/24, se aprobó la

estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que en ese marco, por el Decreto N° 186/24, se modificó parcialmente el Decreto N°

387/23 y estableció las responsabilidades primarias de la Dirección General Agencia

de Habilidades para el Futuro, dependiente del Ministerio de Educación;

Que esta Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias, "impulsar el

diseño, la actualización y la evaluación de la oferta de alternativas formativas de

aprendizaje permanente, en función a las necesidades productivas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires";

Que bajo la dependencia de la Dirección General, la Gerencia Operativa de Educación

para el Desarrollo y la Inclusión Laboral tiene entre sus responsabilidades,

"implementar mejoras e innovaciones educativas para elevar los estándares de calidad

de la educación no formal, desarrollando talleres y proyectos para la orientación

vocacional, educativa y laboral de jóvenes y adultos";

Que por otro lado, la Resolución N° 1602-MEDGC/24 aprobó el Plan Estratégico

"Buenos Aires Aprende", el cual propone como eje central y prioritario de los próximos

años, la mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un

ambiente que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad

educativa, por lo que se requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo

articulado de la comunidad educativa en su conjunto;

Que en esta misma línea, el mencionado Plan establece como objetivo general

garantizar que todos los niños, niñas, jóvenes y adultos logren los aprendizajes

necesarios para desarrollar su máximo potencial velando por su bienestar

socioemocional y creando experiencias significativas para su vida;

Que asimismo, dicho Plan Estratégico establece propósitos, principios y ejes

vinculados con cada uno de los objetivos específicos, creando políticas públicas

prioritarias, que conforman líneas de acción generales a ser implementadas a partir de

la colaboración y el trabajo profesional de toda la comunidad educativa;

Que el idioma inglés es clave para acceder a un mundo de oportunidades académicas,

profesionales y culturales para las personas y también una oportunidad para potenciar

el desarrollo socioeconómico de la Ciudad;

Que por esta razón y en el marco del Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", se

busca posicionar a la Ciudad de Buenos Aires como una Ciudad con capital humano

capacitado, acorde con la creciente demanda global de dominio del idioma inglés,

mejorando así la calidad de los servicios que se ofrecen;

Que mediante la política priorizada "Ciudad Bilingüe" se propone avanzar hacia una

«ciudad bilingüe», a través de la transformación continua de los dispositivos de

enseñanza del inglés en el nivel educativo tanto obligatorio como no obligatorio, como

así también ampliar la formación de inglés a más ciudadanos/as porteños/as y

empleados/as de servicios a través de plataformas en línea y centros de idiomas para

adultos;

Que en este sentido, ésta Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, en

concordancia con sus responsabilidades primarias, diseñó las pautas y lineamientos

para llevar adelante esta línea de acción;

Que por ello, la Gerencia Operativa de Educación para el Desarrollo y la Inclusión

Laboral, dependiente de esta Dirección General, propicia la aprobación de los

lineamientos para la implementación de la oferta formativa en idioma inglés para

adultos dentro del marco de Ciudad Bilingüe del Plan Estratégico "Buenos Aires

Aprende" de conformidad con lo detallado en el Anexo I (IF-2024-27755864-GCABA-

DGAHPEF);

Que esta iniciativa pone el foco en el desarrollo de las habilidades del idioma inglés

que los sectores productivos y de servicios de la Ciudad hoy requieren, promoviendo

su implementación en los ámbitos profesionales y perfeccionando su desempeño

laboral;

Que esta propuesta se aplica en sectores estratégicos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, cuya importancia es excepcional por su trascendencia en la prestación

de servicios públicos y privados de la Ciudad;

Que en función de lo expuesto, resulta necesario y oportuno el dictado del acto

administrativo por el que se aprueben los lineamientos para la implementación de la

oferta formativa en el idioma inglés para adultos, dentro del marco de Ciudad Bilingüe

del Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende" de conformidad con lo detallado en el

Anexo I (IF-2024-27755864-GCABA-DGAHPEF), el que a todos sus efectos formará

parte integrante de la presente disposición;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Coordinación Legal e

Institucional, en el marco de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO

DISPONE:

Artículo 1.- Aprobar los lineamientos para la implementación de la oferta formativa en

el idioma inglés para adultos, dentro del marco de Ciudad Bilingüe del Plan Estratégico

"Buenos Aires Aprende", de conformidad con lo detallado en el Anexo I (IF-2024-

27755864-GCABA-DGAHPEF) el que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Establecer que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto

en vigor.

Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa de Educación

para el Desarrollo y la Inclusión Laboral. Cumplido, archívese. Álvarez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6929

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 19-DGAHPEF/24 aprueba los lineamientos para la implementación de la oferta formativa en el idioma inglés para adultos, dentro del marco de Ciudad Bilingüe del Plan Estratégico “Buenos Aires Aprende”, aprobado por la Resolución N° 1602-MEDGC/24.</p>