DECRETO 283 2024

Síntesis:

DEROGA DECRETO 243-22 - DESIGNA - CARÁCTER AD HONOREM - PATRICIA SILVIA CORRADINI - GABRIELA RICARDES - VALENTIN DIAZ GILLIGAN - MARIA PIA MOREIRA - INTEGRAR COMISIÓN DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS CAFÉS BARES BILLARES Y CONFITERÍAS NOTABLES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

08/08/2024

Sanción:

07/08/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 35 (texto consolidado por Ley 6.588), el Decreto 243/22, el Expediente

Electrónico 27454502-GCABA-DGPMYCH/24, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 35 se creó la Comisión de Protección y Promoción de los Cafés,

Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el inciso a) del artículo 1° de la mencionada Ley, determina que los

representantes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires deben ser cuatro (4), incluyendo al titular del Ministerio de Cultura y al titular del

área de Turismo;

Que mediante el Decreto 243/22 se designó a las personas que representarían al

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la

Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías

Notables de la Ciudad de Buenos Aires;

Que atento el tiempo transcurrido y la modificación de autoridades, resulta conveniente

designar a las personas que representarán al Poder Ejecutivo en la mencionada

Comisión;

Que conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo

correspondiente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Derogar el Decreto 243/22.

Artículo 2°.- Designar con carácter "ad honorem" a partir de la fecha del presente

Decreto, a las personas detalladas en el Anexo I (IF-2024-27719291-GCABA-MCGC),

que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, para integrar la Comisión

de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la

Ciudad de Buenos Aires, creada por Ley 35, de conformidad con lo establecido en el

artículo 1° inciso a).

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Cultura, por el

señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a los interesados, y para su conocimiento y demás fines, remítase al Ministerio de

Cultura y al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. MACRI - Ricardes - García Moritán - Grindetti


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6930

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° del Decreto 283-24 deroga el Decreto 243-22.</p>