DECRETO 1200 2005

Síntesis:

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA EN RELACIÓN A LA CONCESIÓN DE USO Y EXPLOTACIÓN DEL SISTEMA DE REGULACIÓN DEL TRÁNSITO Y ESTACIONAMIENTO EN LA VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD

Publicación:

16/08/2005

Sanción:

11/08/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los Expedientes Nros. 15.765/05, 29.053/01 e incorporado N° 62.722/02, el Decreto N° 1.584-GCABA/04, las Disposiciones Conjuntas N° 1-DGTyT-DGCyP/04, N° 2-DGCyP-DGTyT/05, N° 3-DGCyP-DGTyT/05, N° 4-DGCyP-DGTyT/05, N° 5-DGTyT-DGCyP/05 y N° 6-DGTyT-DGCyP/05 y el Expediente Judicial N° 17.132/0 caratulado Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/Amparo (art. 14 CCBA), correspondientes al llamado a licitación pública para la Concesión de Uso y Explotación del Servicio Público del Sistema de Regulación del Tránsito y Estacionamiento en la Vía Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como lo dispuesto por la Ley N° 6 (B.O.C.B.A. N° 420) y sus modificatorias y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente N° 29.053/01 e incorporado N° 62.722/02 tramita la licitación pública para la concesión de uso y explotación del Servicio Público del Sistema de Regulación de Tránsito y Estacionamiento en la Vía Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 1.584-GCABA/04 (B.O.C.B.A. N° 2023) se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas, para contratar dicho servicio;

Que por Disposición Conjunta N° 1-DGTyT-DGCyP/04 (B.O.C.B.A. N° 2059), se dispuso la convocatoria a licitación pública fijándose la apertura del Sobre N° 1 para el día 2 de febrero de 2005;

Que por Disposición Conjunta N° 2-DGCyP-DGTyT/05 (B.O.C.B.A. N° 2118), se prorrogó la fecha de apertura para el día 16 de marzo de 2005;

Que dicha medida procuró garantizar la mayor concurrencia al procedimiento licitatorio, atento a la diversidad de consultas formuladas por los adquirentes de los pliegos;

Que por Disposición Conjunta N° 3-DGCyP-DGTyT/05 (B.O.C.B.A. N° 2147) se suspendieron los plazos correspondientes a la licitación pública, en atención a la complejidad técnica y jurídica de las consultas formuladas;

Que por la Disposición Conjunta N° 4-DGCyP-DGTyT/05 (B.O.C.B.A. N° 2181), se prorrogó por el término de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de plazos establecida por la Disposición Conjunta N° 3-DGCyP-DGTyT/05, con el fin de analizar debidamente las consultas formuladas por parte de los adquirentes de los pliegos, a efectos de garantizar la mayor concurrencia de oferentes para así lograr la satisfacción del interés público comprometido;

Que a efectos de asegurar la mayor transparencia e igualdad en el proceso licitatorio se estimó conveniente el dictado de la Disposición Conjunta N° 5-DGTyT-DGCyP/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), a fin de otorgar certeza respecto de la fecha de apertura del Sobre N° 1, fijando como fecha de la misma el día 20 de julio de 2005, a las 13.15 horas;

Que por medio de la Resolución N° 7-EURSPCABA/05, el Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la convocatoria de una audiencia pública para tratar la modificación de la tarifa del Sistema de Regulación del Tránsito y Estacionamiento en la Vía Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y requirió la suspensión del proceso licitatorio a que diera lugar el Decreto N° 1.584-GCABA/04, hasta tanto se sustancie la misma;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emitió opinión mediante Dictamen N° 37.532-PG/05, afirmando: Con sustento en las consideraciones expuestas, es mi opinión que resulta obligatoria para la Administración observar las prescripciones impartidas por el Director del Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires por Resolución N° 7/05. Que, atento el carácter de la audiencia pública requerida, la misma integra el proceso de selección en curso y por tanto se aconseja prorrogar el acto de apertura de las ofertas (Sobre N° 1) hasta tanto se sustancie la Audiencia Pública a convocarse en los términos del art.13, inc. c) de la Ley N° 210...;

Que por Expediente Judicial N° 17.132/0 caratulado Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/ Amparo (art. 14 CCBA), en trámite ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 10, Secretaría N° 19, el Presidente del Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, promueve acción de amparo contra las normas que rigen el llamado a licitación pública, para la concesión de uso y explotación del servicio público del sistema de regulación del Tránsito y Estacionamiento en la Vía Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y contra la Disposición Conjunta N° 5-DGCyP-DGTyT/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), solicitando la suspensión del proceso licitatorio y la celebración de audiencia pública para tratar la modificación de la tarifa de la precitada licitación pública;

Que en los citados autos se ha resuelto hacer lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada. En consecuencia, ordeno la suspensión del proceso licitatorio convocado para la concesión de uso y explotación del Servicio Público del Sistema de Regulación del Tránsito y Estacionamiento en la Vía Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los pliegos de bases y condiciones aprobados mediante el Decreto N° 1.584 del 26 de agosto de 2004 (B.O.C.B.A. N° 2023), hasta tanto recaiga decisión definitiva en la presente acción de amparo;

Que con motivo de lo expuesto se dictó la Disposición Conjunta N° 6-DGTyT-DGCyP/05 (B.O.C.B.A. N° 2241), suspendiendo el proceso licitatorio en cumplimiento de la sentencia recaída en los autos precitados;

Que tanto la doctrina como la jurisprudencia han expuesto que la licitación pública es un procedimiento administrativo especial, por lo cual rigen a su respecto los principios cardinales de juridicidad, oficialidad y verdad jurídica material (conf. art. 22, Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad), toda vez que es la propia Administración la que lo origina y orienta, a efectos de alcanzar por su intermedio la adecuada satisfacción del interés público comprometido en la contratación;

Que ante la nueva situación acaecida y en atención a la trascendencia social que posee el Sistema de Regulación del Tránsito y Estacionamiento en la Vía Pública, resulta oportuno y conveniente someter a tratamiento la modificación de la tarifa a fin de garantizar la efectiva satisfacción del interés público comprometido;

Que de conformidad con la leyes que reglamentan el mecanismo de audiencia pública, es intención de esta Administración, canalizar la participación ciudadana mediante la consulta en forma simultánea y en un pie de igualdad de aquellas personas físicas y jurídicas que invoquen un derecho subjetivo, un interés legítimo, simple o difuso o de incidencia colectiva, relacionado con la temática de la presente audiencia, a fin de favorecer tanto la toma de decisiones como la transparencia en la gestión pública;

Que la Ley N° 210 (B.O.C.B.A. N° 752) regula en su artículo 13 inciso c) la convocatoria y realización de audiencia pública para el caso de modificación de tarifas de servicios públicos;

Que conforme lo normado en el art. 13 in fine de la Ley N° 210, ... La convocatoria y el procedimiento de la audiencia se llevarán a cabo según el trámite dispuesto por la Ley N° 6 salvo en lo referido a la presidencia de la misma que quedará a cargo del Presidente del Ente o de quien legalmente lo reemplace;

Que luego de finalizada la audiencia, es atribución del Poder Ejecutivo explicitar en los fundamentos del acto administrativo que se sancione, de que manera ha tomado en cuenta las opiniones de la ciudadanía y, en su caso, las razones por las cuales eventualmente las desestime (artículo 2° de la Ley N° 6);

Que asimismo resulta necesaria la presencia de los funcionarios del Poder Ejecutivo que resulten competentes para resolver en razón de su objeto, conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 6;

Que el Decreto N° 2.696-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836) modificó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo, disponiendo dentro de los objetivos de la Subsecretaría de Relaciones Políticas e Institucionales de la Jefatura de Gabinete, la organización de las audiencias públicas que convoque la Administración a fin de dar cumplimiento con lo establecido en la Ley N° 6;

Que el mencionado decreto establece dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, la de asistir a la Subsecretaría de Relaciones Políticas e Institucionales en la organización de la audiencia pública;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete en virtud de las facultades que le fueran acordadas por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las atribuidas por el artículo 9° de la Ley N° 6,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Convócase a audiencia pública en relación a la licitación pública para la Concesión de Uso y Explotación del Servicio Público del Sistema de Regulación del Tránsito y Estacionamiento en la Vía Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el tratamiento de la modificación de la tarifa en los términos del art. 13 inciso c) de la Ley N° 210, para el día 16 de septiembre de 2005, a las 10 horas en el Centro Cultural General San Martín Sala F, sito en la calle Sarmiento 1551 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - La presente convocatoria se dirige a toda persona física o jurídica que invoque un derecho subjetivo, interés legítimo, simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con la temática objeto de la audiencia y al público en general. Podrán asistir en carácter de participantes quienes posean domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y se inscriban previamente en el registro habilitado a tal efecto.

Articulo 3° - Establécese que el organismo de implementación encargado de organizar esta audiencia pública, es la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Políticas e Institucionales de la Jefatura de Gabinete, la que debe disponer la apertura del registro de participantes.

Articulo 4° - Dispóngase el inicio del correspondiente expediente, el que podrá ser consultado por los interesados en dicha Dirección General, sita en Avenida de Mayo 560, piso 2°, oficina 26, los días hábiles de 11 a 19 horas (tels. 4343-2620/8655 ó 4342-0707) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5° - La inscripción de participantes comienza el día 22 de agosto de 2005 a las 11 horas y finaliza el día 12 de septiembre de 2005 a las 19 horas.

Artículo 6° - La difusión de la audiencia pública será realizada en dos (2) de los diarios de mayor circulación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días diferentes, durante como mínimo un (1) día y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante dos (2) días. Asimismo, se difundirá por la emisora radial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante cinco (5) días.

Artículo 7° - Desígnase para presidir la audiencia pública al Presidente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 8° - La coordinación de la audiencia pública estará a cargo de la señora Susana Estrábaca y/o el doctor Eugenio Davide y/o el señor Gustavo Peters Castro, funcionarios de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, debiendo concurrir a la misma, funcionarios de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento y de Hacienda y Finanzas quienes aportarán la documentación técnica pertinente.

Artículo 9° - Los gastos que insuma la realización de la audiencia pública que tramita por el presente, serán afrontados con fondos provenientes de la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 10 - El presente decreto es refrendado por el señor Secretario de Infraestructura y Planeamiento, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 11 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Tránsito y Transporte y de Gestión Operativa. Notifíquese debidamente a los adquirentes de los pliegos, al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y al Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 10, Secretaría N° 19 y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dto. 1200-02 Cumple con Res. 7-EURSP-05 - Cumplimiento del requerimiento del EURSP de llamado a audiencia pública.